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Exigen un avance hacia la laicidad efectiva del Estado

Anonyme, Sábado, Mayo 31, 2008 - 15:18

El derecho de los no creyentes
Albert Villanova y Sergi Campillo
Diagonal

Ante el anuncio de modificación de la Ley de Libertad Religiosa, las organizaciones de personas no creyentes exigen que se avance hacia la laicidad efectiva del Estado.

Las personas ateas y no creyentes (más del 20% de la población española, según datos del CIS del mes de marzo de 2008) estamos discriminadas por la actual Ley de Libertad Religiosa. Por eso, ante el anuncio realizado por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero de reformar esta norma pensamos que es el momento para que se avance hacia la laicidad del Estado y esta Ley se adecue a lo establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos (art. 18) y a la Carta Europea de Derechos Fundamentales (art. 10), donde se declaran las libertades de pensamiento, conciencia y religión, situando en pie de igualdad las convicciones y creencias de las personas, tanto religiosas como las no religiosas. Exigimos por tanto, una ley que garantice la libertad de conciencia de todas las personas (la cual incluye, como caso particular, la libertad religiosa), esto es, un derecho universal y no sólo privilegios para las personas con creencias religiosas.

El Gobierno debería regular también, de una vez por todas, el ejercicio del derecho al abandono efectivo de una confesión religiosa, derecho reconocido en la actual Ley de Libertad Religiosa, pero que nunca ha sido reglamentado. Somos miles de personas en todo el Estado Español las que hemos iniciado los trámites para abandonar la confesión católica, la única no obligada por el Estado a hacer efectivo este abandono. A modo de apunte, la oficina de Rivas- Vaciamadrid, que asesora para realizar los trámites de apostasía, recibió en su primer mes de funcionamiento más de 1.100 consultas y más de 90.000 personas han visitado la web apostasia.es en dos años, lo cual demuestra el enorme interés de una parte importante de la población para informarse sobre el procedimiento para abandonar la confesión católica. Ante la ausencia de una reglamentación clara del derecho a abandonar efectivamente una confesión religiosa, numerosas personas hemos tenido que recurrir a la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal para poder ejercer este derecho. Es más, algunas personas hemos tenido que recurrir a los tribunales, en un proceso costoso en tiempo y dinero. Hemos conseguido varias sentencias de la Audiencia Nacional mediante las cuales se ha reconocido que la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales es plenamente aplicable a los libros de bautismos y otros libros de la Iglesia Católica, si bien aún no se ha reconocido el derecho a borrar los datos personales por completo.

¿Por qué se da este trato de favor a la Iglesia Católica y se le exime de cumplir la Ley de Protección de Datos, a diferencia de todas las demás religiones ? Exigimos, por tanto, que esta regulación del abandono efectivo de una confesión religiosa contemple el borrado de los datos de los libros de bautismo y de cualquier otro archivo que tenga la Iglesia Católica, en tanto que estos registros suponen al menos apariencia de pertenencia a dicha confesión. En la actualidad, estamos a la espera de una sentencia del Tribunal Supremo, lo cual seguramente demorará años en producirse. ¿Es esto razonable ? Sólo exigimos poder ejercer nuestros derechos fundamentales, es decir, poder abandonar de manera efectiva la confesión católica, si así lo hemos decidido.

Albert Villanova y Sergi Campillo, del portal www.apostasia.es


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