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Ciencia Rehen de la Corrupcion en Argentina

Eduardo R. Saguier, Domingo, Febrero 6, 2005 - 05:02

Maria Luz Martiarena

¿Es aconsejable e imprescindible el financiamiento internacional para sostener la Agencia Nacional de Promoción Científico Tecnológica?

No será tiempo de construir en serio UN SISTEMA LIBRE e INDEPENDIENTE, excelente pero libre, pertinente pero libre?

Libre e independiente de los propios enquistamientos de las formas de PODER y del MODELO de la década pasada

Seguramente muchos miembros de la lista participantes y requerientes de financiamientos de la Agencia habrán recibido en diversas oportunidades respuestas tales como: ... lo que Ud. pide no se puede, el BID no lo
permite.

No se puede comprar usado, ni poner fondos en reparaciones, ni comprar o contratar en tales o cuales condiciones, o no se pueden financiar tales
gastos o provenientes de tal país... Como de muestra basta un botón, tengo una copia de la nota que un Director Nacional de la Agencia le envía al representante del BID para preguntarle sobre la posibilidad de hacer tal o cual cosa, aun después de haber establecido Bases del
Concurso, realizado las adjudicaciones y firmado los contratos. Sin embargo muchas de las cosas "que el Bid no permite" en un lado aparecen permitidas en otros. ¿Quien es el que "no permite"?

¿No será hora de que, al igual que otras instituciones que se precian, se empiece a pensar en financiar "buena parte" de la "promocion" de la ciencia y la tecnología con dinero del tesoro nacional, especialmente dinero capaz de ser entregado con las restricciones establecidas en el
país, para los objetivos establecidos en el país, y con la continuidad requerida por nuestro país??

Las distintas "eras " nos han pasado generando concentraciones y desequilibrios. Desde la gesta de la independencia, la construcción de la nación, el desarrollo del agro, la preindustrializacion, la incorporación del inmigrante, la industrialización... cada una de estas
etapas fueron motoras de concentraciones impensadas o mejor dicho obviamente traccionadas que confluyeron al esquema de país y poder actual.

Sobre la base de los conceptos del PODER colonizador: DOMINAR sin importar los medios, alcanzar el PODER para aplacar ideas y culturas, se ha construido nuestro sistema.

Un poder que no busca el crecimiento del otro, la construcción de las habilidades del otro sino la propia expansión y apropiación de dominios individuales, de dominios vacíos de construcciones colectivas positivas.

Este tipo de poder requiere recursos, y recursos libres de miradas cercanas, libres de análisis, de porqués éticos y sociales. Este tipo de poder requiere solo fondos sustentados en las reglas del mercado, me das - te doy, números vacíos de esencia que solo demuestran en planillas de calculo lo que el burócrata de turno quiere mostrar.

Este tipo de poder necesita aliados, sin preguntas profundas, sin cuentas sociales que rendir. Aliados capaces de ser hoy blancos, mañana negros, pero ser en función del poder a construir y no en función de la
sociedad a servir.

¿No será necesario repensar si este es EL PODER que requiere la era del conocimiento para poder aportar al real crecimiento de la nación??

El poder local necesita de la frase "lo establece el otro" , "la culpa es del BiD", para sustentar sus NO TRANSPARENCIAS obviamente transparentes, su supuestas construcciones del bien común, que solo sustenta las pequeñas construcciones de NICHOS, de VACAS lecheras donde
maman los gestores del modelo.

Vacas que lamentablemente solo paren terneros atados.

¿Es necesaria la financiación de la Agencia en los términos en que se esta haciendo?

Cual ha sido el real aporte a la modernización del sistema el programa de modernización. Por favor no me contesten con números de PIDS, PICTS, ANRs... por favor no me contesten con solo números. Porque después de un PMTI de n millones de dolares desde el 97 al 99 y en PMTII de n'
millones de dolares gastados..., si gastados desde el 99 al 2003 hubo que sacar a la calle en el 2004 el PME "el programa para modernizacion de equipamiento"? y el resto donde esta??

¿Alguien pensó que pasó con los recursos de proyectos que ganaron concursos previos al 2001 para financiar equipamientos que estaban en dolares pero que no se otorgaron en dolares? No me cuenten... igualmente publicamos 1, 2 o n papers luego .. el objetivo fue cumplido ampliamente.

¿Alguien se fijo que las disposiciones permitieron actualizar montos, pero en qué? ¿Cuántos de los montos de nuevos equipos se transformaron en n consumibles, n computadoras, n... ?? Nosotros rendimos ellos rindieron,
todos pagamos. Que quedó, que constuimos??

¿A algún evaluador del proyecto inicial le enviaron los resultado del proyecto evaluado para constatar el impacto del dinero invertido?

Cambiando de nicho... ¿Cuál es el costo de la estructura tanto de la Agencia como de la Secyt que financia este fondo? ¿Cuánto se ha pagado por no uso del recurso? (ver por ejemplo año 2000... sí el mismo de los recortes salariales. ¿No fue del mismo orden el ahorro forzoso al que fuimos obligados mes tras mes que el pago que
debió realizar el país por no uso del Crédito BID PMTII?)

¿Es necesario el financiamiento internacional para sustentar un sistema de administración de la ciencia que cobra sueldos varias veces mayores que la de los actores que dan sustento a dicho financiamiento?.
¿Alguien intento buscar el historial de salarios en la SECYT?. Porque muchos de los salarios de los "pagos por el BID" salieron fuera de la órbita y la escala estatal.

La justificación es que los créditos prevén el sostenimiento de las estructuras. ¿No será como dice Yunos .. que las estructuras justifican, necesitan,
imploran por el sostenimiento de los créditos??

¿No habrá llegado la hora de pensar y llamar a esta parte del sistema, tan atada al esquema de PODER descripto, a ponerse a tono con la sociedad en la que vive??

SIN demonizar, sin destruir estructuras, sin jugar a un Boca-River de los a favor y en contra...

No seria bueno analizar si es razonable que la Agencia se financie SOLAMENTE con fondos internacionales BID PMTIII??

Será esta una condición necesaria, suficiente o ambas para garantizar su existencia?

Que modelo se sustenta con este financiamiento??

maria luz martiarena



Asunto: 
LA CIENCIA y la EDUCACIÓN CROMAÑONA en ARGENTINA
Autor: 
Eduardo R. Saguier
Fecha: 
Mié, 2005-02-09 14:59

LA CIENCIA y la EDUCACIÓN CROMAÑONA en ARGENTINA

por Eduardo R. Saguier
http://www.er-saguier.org

Teniendo en cuenta que la estructura de poder de la ciencia y la educación superior argentina está más descompuesta y gangrenada que lo imaginable, imposibilitando cualquier sano intento de modificarla desde adentro, en lugar de proponer el remanido pozo ciego del aumento presupuestario se debe demandar mayor participación, imparcialidad y transparencia en sus actos administrativos --previniendo el cada vez más degradante curso de los acontecimientos y sus escandalosas derivaciones (fraudes y fuga de cerebros)-- para enmendar así las proscripciones, las segregaciones y los abusos institucionales vigentes.

Las venales e interesadas estrategias y programas a implementar desde la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Nación (SECyT), y los mecanismos electoralistas internos del CONICET y las Universidades Nacionales nada dicen respecto a una cuantiosa serie de violaciones morales, legales e institucionales que agravian profundamente el quehacer científico y educacional argentino, y sin cuya ineludible reparación nada de lo que se proponen puede ser factible. Nada se dice respecto a la inconstitucional estructura normativa de los organismos científicos y universitarios, de la falta de transparencia y de los ocultamientos premeditados de sus actos administrativos, de los prebendarismos y clientelismos disfrazados como actos confidenciales y reservados,.del secretismo electrónico en la identidad de sus autoridades, de los absolutismos violatorios del principio de equilibrio y división de poderes, de los simulacros y montajes pre-electorales fraudulentos de Lista Completa, voto pasivo calificado y distrito múltiple (elecciones fragmentadas por Facultades y Áreas de Conocimiento), y del desigual acceso y manipulación patrimonialista de los recursos comunicacionales.

En suma, se calla absolutamente la estructura de poder patriarcal, discriminatoria, gerontocrática, patrimonialista, conspirativa, deformadamente profesionalista, corporativamente cerrada, y premeditadamente fraudulenta vigente en el aparato científico y educacional argentino. Esta decadente estructura de poder ha terminado por desintegrar a las instituciones científicas y universitarias Argentinas, privando de seguridad y confianza a sus integrantes y alterando sus centros y parámetros morales.

Finalmente, en este rosario de agravios: los mecanismos comunicacionales impenetrables y secretos; las normativas escalafonarias prebendarias; los sistemas de calificación absolutistas (son juez y parte interesada); los regímenes de representación estamental pre-moderno; los desiguales y gerontocráticos mecanismos de ingreso y promoción; los sistemas electorales fraudulentos y antidemocráticos; las manipulaciones patrimonialistas de los recursos públicos, y los abusivos cronogramas comiciales, violatorios de las garantías constitucionales, han sido la fuente originaria de un creciente faccionalismo cultural, de un electoralismo clientelar, de un permanente drenaje de inteligencias, y de un discurso oculto de prejuicios, discriminaciones, exclusiones y amedrentamientos, de los cuales la SECyT y el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) son plenamente responsables.


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Asunto: 
INTERSTICIOS del PODER JERARQUICO en la CIENCIA ARGENTINA
Autor: 
Eduardo R. Saguier
Fecha: 
Dom, 2005-02-20 08:36

INTERSTICIOS del PODER JERARQUICO en la CIENCIA ARGENTINA

¿Porqué en los debates científicos en Argentina no se abunda sobre los intersticios del poder jerárquico? ¿sobre como se manipulan para el ascenso los cargos docentes, los subsidios recibidos, la dirección de becarios y la calificación de publicaciones? ¿Por qué se desvía el eje del drama? ¿Por qué nunca se preguntan quién o quienes y porque razón los nombran en las Comisiones Asesoras del CONICET? ¿Porqué quien publica siete papers es más relevante que quien publica uno solo pero significativo?

Creo que estos interrogantes son suficientemente relevantes como para insistir en ellos, hasta sacarle chispas a las dudas de quienes se niega a pensar la ciencia como la continuación de la guerra por otros medios.

¿Por qué no se resisten al nombramiento en las Comisiones Asesoras e inquieren por los autores de la designación? ¿No provoca sospecha y perplejidad ser nombrado en una Comisión con tantos integrantes y por tan corto lapso de tiempo? ¿Acaso los nombrados no se sienten usados por vaya a saber quién? ¿A que razón se debe tanta fugacidad y tanta promiscuidad en las Comisiones Asesoras? No puedo evitar que venga a mi mente la imagen del cuadro de Goya con su pelotón de ejecución. ¿Quién elige a los miembros del pelotón y quien ordena la ejecución? Pero también vale señalar que Goya no alcanzó a pintar la única bala asesina o al único inocente cuya arma estaba descargada. ¿Quién carga entonces la munición que mata? ¿Existe el propósito de que no queden rastros de su autoría, envueltos en el silencio y la bruma del número amuchachador y homicida y de que todos queden manchados por la culpa originaria?

Y persistiendo con las analogías castrenses ¿Por qué razón quien es dado de baja en la carrera de ciencia y técnica pierde su estado científico? ¿Acaso en la carrera militar quien es dado de baja pierde su estado militar? Astuta y Kafkiana es la cadena burocrática y muy cobardes quienes ordenan su selectiva instrumentación presumiendo que podrán escapar ocultos al juicio de responsabilidad.

Eduardo R. Saguier
www.er-saguier.org


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Asunto: 
CAMBALACHE CIENTIFICO y ZONA LIBERADA en el CONICET (Argentina).
Autor: 
Eduardo R. Saguier
Fecha: 
Mar, 2005-02-22 19:28

CAMBALACHE CIENTIFICO y ZONA LIBERADA en el CONICET (Argentina).

En Diciembre de 1999 los Investigadores del CONICET Ricardo Ojeda, Alicia Seltzer y Beatriz García propusieron que ".se recreen las comisiones que existían anteriormente y que se creen todas las comisiones necesarias para atender adecuadamente al desarrollo cada vez mas creciente de nuevas áreas del conocimiento".

Esta frustrada propuesta había obedecido a la reciente fusión de las Comisiones de Bioquímica, Biología y Ciencias Médicas en una sola Área de Conocimiento. Es decir, con la nueva fusión quien resulte electo en el Área de las Ciencias Biológicas tiene actualmente la responsabilidad de designar a los Coordinadores de dichas tres Comisiones. Moraleja, si el que resulta electo es un médico tendrá --en este régimen de Lista Completa o "catch all party" o "winner gets all" donde conviven la Biblia y el Calefón-- que responsabilizarse por la suerte de las ciencias que quedaron en minoría, es decir la bioquímica y la biología.

Igualmente, en la denominada Área de las Ciencias Exactas, que fusiona las Comisiones de Ciencias Químicas, Astronomía, Física, Matemática, Computación e Informática, si el que resulta electo es un astrónomo tendrá que asumir la responsabilidad de conducir todas las otras ciencias exactas que también quedaron en minoría.

Asimismo, ya lo habíamos dicho, en el Área de las Humanidades y Ciencias Sociales, si el que resulta electo es un historiador, tendrá que asumir la responsabilidad de las ciencias minoritarias, es decir la Sociología, la Demografía, la Filosofía, la Psicología, la Antropología, la Arqueología, las Ciencias de la Educación, la Filología, la Lingüística, la Literatura, la Economía, la Arquitectura, el Derecho, la Ciencia Política, las Relaciones Internacionales y las Ciencias de la Gestión y de la Administración Pública.

Y finalmente, en el Área de las Ingenierías, si el que resulta electo es un ingeniero civil, tendrá que hacerse cargo de la ingeniería eléctrica, la ingeniería mecánica, la biotecnología, y la ingeniería de procesos.

Como se podrá observar, este régimen de Lista Completa, donde los Coordinadores de las Comisiones Asesoras no son electos, donde las minorías en las mismas no se encuentran representadas, y donde las actas de sus deliberaciones no son grabadas ni publicitadas y por ende son secretas, es profundamente antidemocrático e irracional, y propenso a engendrar una suerte de zona liberada para que unos pocos lucren con el trabajo y la creatividad de la mayoría. Es esto lo que definitivamente debemos cambiar. Y sin embargo, lamentablemente, las actuales autoridades y las mismas que se proponen para sustituirlas se resisten a hacerlo, porque en ello les va la pérdida del control del pensamiento y del progreso de la ciencia en Argentina.

Eduardo R. Saguier
http://www.er-saguier.org


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Asunto: 
Jurisprudencia en el Poder de la Ciencia-Argentina
Autor: 
Eduardo R. Saguier
Fecha: 
Jue, 2005-02-24 14:46

Causa Nº 1411/2005 “SAGUIER EDUARDO RICARDO C/ EN-CONICET RESOL. 1774/04 S/ MEDIDA CAUTELAR (Autónoma)”.

Buenos Aires, 16 de Febrero de 2005.-

Y VISTOS, CONSIDERANDO:

I.- El Señor Eduardo R. Saguier, por su propio derecho, y en su carácter de Investigador Independiente del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, solicita el dictado de una medida cautelar autónoma, a fin de que se ordene la suspensión del proceso eleccionario convocado por Resolución D.nº 1774/04 del 19 de octubre de 2004 dictada por el Directorio del CONICET para la renovación de sus miembros, por entender que sus artículos 6, 9, 10, 16 y 28, y los artículos 12 y 47 del Estatuto de la Carrera de Investigador y los artículos 5, 7 y 9 del decreto PEN nº 1661/96, de manera manifiesta conculcan derechos constitucionales adquiridos por la comunidad científica de representación de las minorías, libertad de expresión y secreto del sufragio. Ello hasta que se decrete su nulidad e inconstitucionalidad en el proceso principal que en tiempo y forma que iniciará.

Enuncia las violaciones a los derechos de la comunidad científica del CONICET: a) la proscripción de los Investigadores Asistentes y Adjuntos para ser elegidos Miembros del Directorio; b) la segregación geográfica y disciplinaria para sufragar y ser elegido; c) la imposibilidad de conocer la distribución de los subsidios recibidos por el sector indiscriminado que recae sobre las Actas del Directorio y sobre la nómina de Asesores de Múltiples Comisiones; d) la falta de independencia de los órganos evaluadores (Junta de Calificaciones).

Señala que el decreto 1661/96 lesiona y vulnera expresos derechos constitucionales como el de la representación de las minorías establecido en el art. 38 de la Constitución Nacional, el principio de igualdad ante a ley - art. 16- y la garantía del debido proceso - art. 18-.

Por su parte, dice que el art. 47 del decreto ley 20464/73 viola la independencia de la función evaluadora y calificadora, atento superpone las funciones de juez árbitro con la de parte interesada (Presidentes de las Comisiones Asesoras).

Asimismo, manifiesta que la resolución 1774/04 lesiona y vulnera expresos derechos constitucionales como el de la libertad de expresión -art. 14 CN- al coartar la libertad de ejercer proselitismo previo a los comicios, el principio de igualdad ante la ley - art. 16- y la garantía del debido proceso -art. 18-.

Funda el peligro en la demora en el hecho de que hasta el 11 de febrero de 2005 deben presentarse las candidaturas y el sufragio -de acuerdo al art. 16- se podrá emitir entre el 18 de febrero y el 17 de marzo de 2005.

Entiende que no decretarse la medida peticionaria y llevarse a cabo las elecciones, las minorías se verán impedidas de expresar su voluntad en reiterada violación al principio de representatividad.

Describe el plexo normativo que rige el CONICET y señala que:
a) Composición del Directorio: art. 45 del Estatuto de la Carrera de Investigador -decreto ley 20464/73 modif. por leyes 22140 y 24729- establece que es " … la autoridad de aplicación e interpretación de las disposiciones del presente Estatuto”.
El decreto 1661/96 estableció en sus arts. 5 y 9 que la composición de dicho Directorio es mixta. Por un lado, la. mitad del Directorio tiene una composición gubernamental y corporativa y por el otro, la segunda mitad es electa mediante un sistema electoral inequitativo y discriminatorio.
La elección de esta segunda mitad del Directorio resultaría de una representación espacial, generacional y funcional de los Investigadores de Carrera, en lugar de una representación puramente poblacional, el único y verdadero parámetro de un "demos investigador soberano".

b) Origen de la Presidencia del Directorio: el decreto 1661/96 establece que el Poder Ejecutivo Nacional se reserva la elección del Presidente del CONICET, no adoptando la oportuna recomendación del Foro de Sociedades Científicas de que su presidente surja del seno del mismo Directorio por una elección realizada entre sus miembros.

c) Falta de acceso a la Información: dice que numerosos actos administrativos fueron incorporados en las actas del Directorio del CONICET, indiscriminada y conjuntamente con las resoluciones confidenciales; de ahí resulta que de la enorme masa de ítems o minutas incorporados en las actas secretas, la mayor parte de los mismos carecen de relación directa alguna con los recaudas de privacidad y confidencialidad. Manifiesta que en oportunidad de tomar conocimiento y vista de las mismas, se le permitió tomar vista sólo del acta del 22 de septiembre de 2004 - observó más de un centenar de ítems de naturaleza heterogéneo.
Señala que otro proceder que podría considerarse fraudulento es que es ocultada la identidad de los integrantes de las Comisiones Asesoras correspondientes a la totalidad de las Areas de Conocimiento del CONICET (Ciencias Exactas, Biológicas, Agrarias y Sociales), impidiéndose de ese modo, la posibilidad de controlar e impugnar con listados de numerosas resoluciones que otorgan diferentes beneficios.

d) Cuestionable división de poderes: dice que los miembros del Directorio denominados Coordinadores de Areas, tienen un poder absoluto, que violenta el principio de división de poderes o sistema de frenos y contrapesos que debería existir en la estructura de un organismo colegiado del Estado. Señala que además de pertenecer al Directorio como autoridad de aplicación la interpretación del Estatuto, también posee la facultad de constituir las Comisiones Asesoras y de elegir a su presidente - decisiones que quedan libradas a su discrecionalidad-. Las actuaciones y la identidad de sus integrantes son secretas, y como tales, impedidas de ser conocidas, evaluadas, investigadas y comparadas por sus electores.

e) Falta de independencia de la Junta de Calificación y Promoción: La Junta de Calificación y Promoción opera sin independencia respecto de los evaluados, pues sus integrantes provienen de las Comisiones Asesoras, que a su vez son presididas simultáneamente por ellos mismos.

f) Conflicto de Intereses: Juez y parte Interesada: La Junta de Calificación y Promoción evaluara como parte interesada en las promociones, cuando teóricamente su actuación debería ser totalmente independiente y transparente, provista de una estabilidad vitalicia, fruto de concursos de oposición y antecedentes y dotados sus miembros de imparcialidad.

Respecto del decreto 1661/96 manifiesta que sus artículos 5 y 9, legalizaron una divisionista representación espacial, generacional y funcional de los investigadores, violatoria del sufragio universal, secreto y obligatorio; y un sistema electoral antidemocrático de Lista Completa, negador de la representación de la minoría.

Asimismo, manifiesta que los requisitos de localización geográfica para acceder a las condiciones de elector y de candidato a miembro del Directorio del CONICET, introduce profundas desigualdades en la capacidad jurídico administrativa y en la representación jurídico académica que atentan contra la debida universalidad de los votos activo y pasivo.

Agrega que la capacidad jurídico académica para acceder a la condición de candidato a integrante de dicho Directorio está restringida por limitaciones de status jerárquico (edad antigüedad) y otras administrativas (no adeudar informes y no haber sido sancionado). Entiende que esta restricción generacional introduce profundas desigualdades en la representación y atenta contra la debida universalidad del voto pasivo.

A los Investigadores Asistentes o Adjuntos, se les niega la capacidad de ser elegidos miembros de dicho Directorio por la simple razón de estar bajo una condición burocrática dependiente y no tener por ello, supuestamente autonomía académica propia.

Señala que la resolución 1774/04 no prevé interregno alguno para que los nuevos postulantes puedan realizar su campaña proselitista. Según el art. 9 los candidatos son consagrados y/o publicitados por el Tribunal Electoral el 18 de febrero -fecha en la que supuestamente comenzarla la campaña electoral- y en la que simultáneamente de acuerdo con el art.16 se iniciaría también la apertura del comicio. Entiende que se impide una pausa o intervalo de debate y discusión de proyectos y plataformas y vuelve abstracto el ejercicio del derecho a la libre expresión.

Señala la ausencia de veda electoral, circunstancia que no guarda proporción con la letra y el espíritu de la Ley Electoral de la Nación.

II.- La procedencia de toda medida cautelar está subordinada a una estricta apreciación de los requisitos de admisión: 1) la apariencia o verosimilitud del derecho invocado por quien las solicita; 2) el peligro en la demora, que exige la probabilidad de que la tutela jurídica definitiva que la actora aguarda de la sentencia a pronunciarse en el proceso principal no pueda, en los hechos, realizarse, es decir que, a raíz del transcurso del tiempo, los efectos fallo final resulten prácticamente inoperantes (conf. Palacio Lino “Derecho Procesal Civil", Tº IV-B, pág. 34 y ss.; CNCont.Adm. Fed., Sala IV in re “Azucarera Argentina SA -Ingenio Corona- c/Gobierno Nacional -Ministerio de Economía", 1º/11/84; CNCiv. Y Com.Fed., Sala I, in re "Remolcadores Unidos Argentinos SA c/Flota Fluvial del Estado Argentino", 2/3/84; CNCiv., Sala E, in re "Tervasi Carlos A. y otros c/ Municipalidad de la Capital", 5/12/84; Sala C, in re "Consorcio de Propietarios Fray Justo Santa María de Oro c/Vilas Díaz Colodrero” 18/6/92). Es decir, que requieren que se acredite el peligro de un perjuicio irreparable (CNCont. Adm. Fed., Sala III, in re "Decege SA c/Estado Nacional s/ordinario", del 16 de agosto de 1990).

III.- De las constancias agregadas a la causa, surge que luego de emitida la resolución nº 1774, el actor efectuó una presentación con fecha 1 de diciembre de 2004 ante el Presidente del CONICET, mediante la cual, pidió la declaración de inconstitucionalidad del decreto 1661/96 y la suspensión del acto electoral (fs. 34/35).

El 20 de diciembre de 2004 efectuó sendas presentaciones, también al Presidente del CONICET. En una de ellas, alegó acerca de - a su entender- la existencia de actas camufladas y secretas y de abusos de poder y de fraude administrativo; y en la otra, -ante la inexistencia de formación de expediente administrativo referido a su presentación del 1/12/04- solicito la formación de expediente, vista del mismo (vide fs. 30/32 y 29).

Por su parte, el 22 de diciembre de 2004, presentó un escrito peticionando su derecho de habeas data a fin de conocer con pronto despacho el listado de todas las Comisiones Asesoras correspondientes a las cuatro áreas del conocimiento en que está organizado el CONICET así como el contenido de las Actas del Directorio correspondientes a los años 2002, 2003 y 2004 (fs. 27).

IV.- En tal contexto, en el caso, prima facie, se encuentra reunido el requisito atinente al peligro de un perjuicio irreparable, de conformidad a lo manifestado por la parte actora, las constancias de autos y el hecho de no haberse expedido la autoridad respecto de las presentaciones formuladas por el Señor Saguier.

Estas circunstancias ameritan la posibilidad de acceder a la medida cautelar peticionada, dado que aparece como razonable admitir la suspensión de la ejecutividad del acto cuestionado, hasta el momento en que se decidan las presentaciones efectuadas por el actor.

Recuérdese que “los requisitos para el otorgamiento de medidas cautelares, establecidos en el art. 230 del Código Procesal, se hallan relacionados de modo tal que, a mayor concurrencia de uno, no resulta procedente -en forma correlativa- ser tan exigentes con la verificación del restante, y -de tal modo- a mayor verosimilitud del derecho, cabe no ser tan exigentes con la demostración del peligro en la demora, y viceversa.

Adviértase que la permanencia de la medida cautelar que se concede, depende del propio accionar y diligencia del organismo demandado.

Por las razones expuestas

RESUELVO

Hacer lugar a la medida cautelar solicitada por el Señor Eduardo Saguier y en consecuencia, ordenar al CONICET suspenda el proceso eleccionario convocado por la resolución D. nº 1774/04 del 19 de octubre de 2004, hasta el momento en que se decidan las presentaciones efectuadas. Fíjese caución juratoria, la que se entiende suficiente en atención al modo en que se decide ( 199 CPCivil).

Regístrese, notifíquese a la parte actora, y luego de prestada la caución juratoria, líbrese oficio al CONICET haciéndole saber lo aquí resuelto. Firmado: EMILIA MARTHA GARCIA. JUEZ FEDERAL. REGISTRADO AL FOLIO 936/37/38/939 DEL LIBRO DE INTERLOCUTORIOS DEL JUZGADO AÑO 2005.- CONSTE.-


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Asunto: 
CRISIS DE LEGITIMIDAD EN LA CIENCIA ARGENTINA
Autor: 
Eduardo R. Saguier
Fecha: 
Dom, 2005-02-27 07:04

CRISIS DE LEGITIMIDAD EN LA CIENCIA ARGENTINA

A propósito de mi escrito reciente acerca de la crisis de representatividad en la ciencia argentina, un colega de mi amistad pero que ha preferido mantener su identidad reservada me ha manifestado con preocupación que mi diagnóstico de la ciencia argentina está profundamente equivocado, por cuanto ésta en realidad padece de lo que debería denominarse una crisis de legitimidad.

Ampliar el número de los cargos electivos en el CONICET no hace al meollo de la cuestión, que para mi colega se resumiría en:

1) “como atacar el/los pactos mafiosos no solo entre los que ahora están en la conducción sino en la comunidad científica en su conjunto: no sirve un número mayor de investigadores si son corruptos (al contrario, sería aun peor), lo que urge es implementar medidas para que ser corrupto o mafioso no sea mas un excelente negocio.

2) “como modificar el patrón de comportamiento que dice "para los amigos todo, para los otros nada": discutamos acerca del pensamiento y comportamiento hegemónico al cual hay que adherir para subsistir en nuestro sistema científico-tecnológico-universitario.

3) “Poner sobre el tapete el sinsentido de ciertas discusiones a las cuales intentan (y lo logran) permanentemente llevarnos: que la pertinencia, que la producción, etc. Planteemos que los CV de los investigadores deben ser ante todo y sobre todo "bien habidos" y no producto de pactos, transas, amiguismo o de serle útil a la mafia de turno, tanto en lo que respecta a la obtención de fondos como de ascensos. De que vale un CV mal habido? Que tal si hablamos del lazo indisoluble entre ciencia y ética?

4) “Ellos insisten en que debemos formar recursos humanos; pues bien: nosotros hablemos de la deformación de los recursos humanos, verdadera estafa a los jóvenes, ya que lo que aprenden es la conducta corrupta y/o mafiosa de sus directores, co-directores, tri-directores... (ahora los becarios/tesistas tienen siempre dos padrinos que los dirigen, de manera tal que con un jóven comen dos investigadores? por que será?)”.

Esto es todo por el momento. Solicito reflexiones al respecto

Eduardo R. Saguier


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Asunto: 
Nulidad-Falsedad-Charreau-CONICET
Autor: 
Eduardo R. Saguier
Fecha: 
Mar, 2005-03-01 12:51

Buenos Aires, Martes 1 de marzo de 2005

Sr. Presidente del CONICET
Dr. Eduardo H. Charreau

Ref.: Recurso de Nulidad. Falsedad Ideológica Agravada

Eduardo R. Saguier, Investigador Independiente del CONICET, DNI no. 4.394.928, con domicilio real en Juan Francisco Seguí 3955, 2º piso, Dpto. E, Capital, constituyendo domicilio legal conjuntamente con mi letrado patrocinante Dr. Luis Alberto Rodríguez Fontán en Viamonte 1646, tercer cuerpo, piso 1, of. 69, de esta Capital, al Sr. Presidente del CONICET digo:

I.- OBJETO

Atento a que mi solicitud de inconstitucionalidad y de suspensión del acto eleccionario fue rechazada por el Presidente del CONICET Dr. Eduardo H. Charreau con fecha posterior a que esta parte iniciara la Medida Cautelar y que la Juez Dra. Emilia Martha García dictara dicha Medida, solicito se declare nula la Resolución No. 0094.

Sin perjuicio de dicha extemporaneidad, como el Sr. Presidente concluye que de la solicitud de inconstitucionalidad y suspensión del acto eleccionario y de mi postulación como candidato al Directorio “…se vislumbra una conducta contradictoria…[que] no ha hecho otra cosa que actuar contra sus propios actos”, me permito señalar los siguientes hechos:

II.- HECHOS.

a) Legitimidad de la Postulación al Directorio
b) Extralimitación de responsabilidades y abuso de autoridad
c) Renuncia indeclinable a la candidatura
d) Omisión de mención de Renuncia constitutiva de Falsedad Ideológica Agravada
e) Omisión de referir Cuestionamiento de Actas Camufladas y Secretas del Directorio
f) Interposición de Medida Cautelar
g) Suspensión del proceso eleccionario
h) Intimación de la Jefa de Despacho del CONICET Dra. Liliana Pérez Risso

a) Legitimidad de la Postulación al Directorio

Ante lo incierto del eventual y futuro accionar judicial y frente a lo irremediable o inevitable del acto electoral que presagiaba la falta de respuesta a mi solicitud, a los solos efectos de intentar combatir desde adentro la normativa vigente, y sin que ello significara contradicción alguna en mi conducta ni abdicar de mis principios, el 22 de diciembre decidí probar suerte postulándome como candidato al Directorio, postulación a la cual tengo todo el derecho que me otorga la condición de Investigador Independiente del CONICET. Por otro lado, el Presidente del CONICET carece de facultad alguna para objetar y mucho menos para calificar la conducta de un Investigador como contradictoria. Esgrimir dichos juicios de valor son totalmente ajenos a la función objetiva e imparcial que debe presentar en todo momento un funcionario público de su jerarquía.

b) Extralimitación de responsabilidades y abuso de autoridad

En el transcurso del mismo mes de enero de 2005 y sacrificando mi receso vacacional pude verificar personal y fehacientemente la inocultable crisis moral e institucional que rige desde hace tiempo el accionar administrativo del CONICET, confirmando mis anteriores sospechas y evidencias de ocultamientos y encubrimientos, dado en este caso la manifiesta extralimitación de responsabilidades y abuso de autoridad de los funcionarios electorales, en especial de la Secretaria Adjunta del Tribunal Electoral y actual Jefa de Despacho del CONICET Dra. Liliana Pérez Risso, todo lo cual me convenció de la infructuosidad, desgaste e impotencia de dicha lucha interna o la de pretender combatir desde adentro.

c) Renuncia indeclinable a la candidatura

Con ese justo motivo el 13 de enero de 2005 renuncié indeclinablemente a mi candidatura elevándole al Presidente del CONICET otra Carta Documento No 53172421 5AR donde textualmente le manifesté lo siguiente: “Tengo el agrado de dirigirme a Ud. a los efectos de comunicarle mi renuncia indeclinable a la candidatura como miembro del Directorio del CONICET, a la que me había presentado el 22 de diciembre de 2004; y solicitarle la intervención del Tribunal Electoral; y la instrucción de un sumario a la Secretaria Adjunta de dicho Tribunal, por manifiesta extralimitación de responsabilidades, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público. En efecto, dicho Tribunal Electoral y su Secretaria Adjunta Dra. Liliana Pérez Risso, vienen arrogándose ilegal, arbitraria e impunemente la facultad de administrar y distribuir los recursos comunicacionales del CONICET (Listas de direcciones de Correo Electrónico) en forma manifiestamente desigual e ilegal, al extremo de haber provocado con su actitud parcial la eventual nulidad del acto electoral y mi consiguiente renuncia a la candidatura de miembro del Directorio del CONICET. Estos recursos comunicacionales –en una votación que está estipulado debe ser por correspondencia postal—son el único instrumento para contactar y propagandizar un electorado geográficamente disperso a lo largo y ancho de todo el país y residente incluso en el extranjero, y por tanto deben ser objeto de libre acceso, por pertenecer al patrimonio público; y en última instancia, en caso de imponerse una restricción, debieron recibir un tratamiento equitativo e imparcial y no una manipulación diferenciada en el tiempo. Dicha elección está fundada en una Resolución del Directorio del CONICET y un Decreto-Ley que fueron cuestionados por inconstitucionales en notas elevadas a Vd. el 1, 20 y 22 de Diciembre de 2004. Sin que exista Resolución administrativa del Tribunal Electoral ni de ningún otro organismo del CONICET, la Dra. Pérez Risso, atribuyéndose la representación de dicho Tribunal, ha venido distribuyendo a aquellos candidatos que tempranamente cumplimentaron los veinte (20) avales requeridos por la Resolución No 1774/04 del Directorio, la correspondiente Lista de las direcciones de correo electrónico, con antelación a la proclamación oficial de los candidatos y/o apertura de la campaña electoral, fijada por Resolución No 1774/04 recién para el 18 de febrero; y con mucha anterioridad también a la fecha de cierre de presentación de candidatos, establecido para el 11 de febrero del corriente. Como entiendo que esta extralimitación de funciones y este abuso de autoridad de la Secretaria Adjunta Dra. Pérez Risso supone un flagrante y extemporánea violación del principio de igualdad ante la ley, pues afecta a aquellos candidatos que hayan sido los últimos en obtener los veinte avales, agregando nuevos elementos que invalidan el proceso electoral en ciernes, e implicando una arbitrariedad administrativa susceptible de ser incriminada por los fiscales electorales y ser tipificada penalmente como incumplimiento de los deberes de funcionario público, le ruego a Vd. tenga por presentada mi renuncia, intervenga el Tribunal Electoral y/o suspenda el acto electoral en ciernes, instrumente los recaudos necesarios para substanciar el Sumario Administrativo, y tome conocimiento que hago reserva de iniciar las acciones penales correspondientes”.

d) Omisión de mención de Renuncia constitutiva de Falsedad Ideológica Agravada

Contrariamente, en su última Resolución No 0094, el Presidente del CONICET omite flagrantemente mencionar esta detallada Carta Documento de mi autoría, constitutiva de una Renuncia Indeclinable, que aquí acabo de transcribir, donde tampoco se ocultan mis pedidos de inconstitucionalidad del régimen electoral vigente, y que evidentemente el Presidente del CONICET y el propio CONICET han recepcionado en tiempo y forma, por cuanto en mi archivo personal se encuentra el recibí conforme del Correo Argentino de fecha 14 de enero de 2005, documento cuya recepción Vd. también ha ratificado indirectamente, pues mi nombre no figura entre los candidatos oficializados por el propio organismo y difundidos en su Página Web. Esta palmaria omisión de su parte de mencionar en su Resolución No 0094 un documento público relevante y revelador –que eventualmente podría ser incriminada en sede penal como una falsedad ideológica agravada-- está aparentemente destinada al reiterado objetivo de descalificar mi conducta;

e) Omisión de referir Cuestionamiento de Actas Camufladas y Secretas del Directorio

También el Presidente del CONICET omite mencionar en su última Resolución No 0094, los escritos que le elevara los días 20 y 22 de diciembre de 2004, referentes a las Actas Camufladas y Secretas del Directorio del CONICET y el de Habeas Data y Red de Corrupción existente en el CONICET, donde le solicitaba consultar las Actas de dicho Directorio correspondientes a los años 2002, 2003 y 2004;

f) Interposición de Medida Cautelar

En consecuencia, ante la forzosa e ineludible necesidad de combatir las injusticias y anacronismos desde afuera del organismo, abdicando así de una innocua lucha interna, el 6 de febrero del cte. judicialicé por vez primera en veinte (20) años de vida en el CONICET la disputa institucional interponiendo conjuntamente con mi abogada patrocinante Dra. Liliana Fontán una Medida Cautelar --consistente en la suspensión del acto eleccionario—la que recayó por sorteo en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal No 9 a cargo de la Dra. Emilia Martha García;

g) Suspensión del proceso eleccionario

Diez (10) días después, el 16 de febrero del cte. dicha Juez Emilia M. García hizo lugar a lo por mi solicitado suspendiendo el proceso eleccionario convocado por la Resolución D. No 1774/04 del 19 de Octubre de 2004, medida que se sostendrá “…hasta el momento en que se decidan las presentaciones efectuadas”.

h) Intimación de la Jefa de Despacho del CONICET Dra. Liliana Pérez Risso

Finalmente, el 28 de febrero de 2005, doce días después de dictada la Medida Cautelar, recibo de la Dra. Liliana Pérez Risso, Secretaria Adjunta del Tribunal Electoral y Jefa de Despacho del CONICET una intimación para que ratifique o rectifique mis dichos contenidos en la Carta Documento No 53172421 5AR, reproducidos ut supra, donde textualmente manifiesté: “…solicitarle la intervención del Tribunal Electoral; y la instrucción de un sumario a la Secretaria Adjunta de dicho Tribunal, por manifiesta extralimitación de responsabilidades, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público. En efecto, dicho Tribunal Electoral y su Secretaria Adjunta Dra. Liliana Pérez Risso, vienen arrogándose ilegal, arbitraria e impunemente la facultad de administrar y distribuir los recursos comunicacionales del CONICET (Listas de direcciones de Correo Electrónico) en forma manifiestamente desigual e ilegal, al extremo de haber provocado con su actitud parcial la eventual nulidad del acto electoral y mi consiguiente renuncia a la candidatura de miembro del Directorio del CONICET”. Por cierto, me ratifico totalmente de mis dichos.

III.- PRUEBA DOCUMENTAL

a) copia Carta Documento No 53172421 5AR, de fecha 13 de enero de 2005 dirigida al Presidente del CONICET Dr. Eduardo H. Charreau.
b) copia Recibí conforme del Correo Argentino de fecha 14 de enero de 2005.
c) copia de la Carta Documento No. 31.472.830 0AR, de fecha 28 de febrero de 2005, expedida por la Jefa de Despacho del CONICET Dra. Liliana Pérez Risso.

IV.- PETITORIO

En razón de lo expuesto, al Sr. Presidente del CONICET solicito:

A) Comprobada la extemporaneidad de la Resolución No.0094/05 y la existencia del delito de falsedad ideológica agravada se declare de oficio la nulidad y revocatoria de dicha Resolución haciendo reserva de la acción penal y del Caso Federal;

B) Por debidamente fundados los hechos en que se basa y el derecho que me asiste, e interpuesto subsidiariamente el recurso de alzada;

Conceder este Recurso de Nulidad, SERÁ JUSTICIA

Eduardo R. Saguier
Investigador Independiente del CONICET


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Asunto: 
La Red Mafiosa en la Ciencia y la Universidad Argentina
Autor: 
Eduardo R. Saguier
Fecha: 
Dom, 2006-12-24 13:05

La Red Mafiosa en la Ciencia y la Universidad Argentina

por Eduardo R. Saguier
Investigador Independiente del CONICET
http://www.er-saguier.org
Email: sagu...@ssdnet.com.ar

Indice

I.- Introducción
II.- La Agencia y la complicidad de sus Coordinadores de Area
III.- El Conicet y la complicidad de sus Comisiones Asesoras
IV.- Las Universidades Nacionales y la complicidad de sus Consejos Directivos y Secretarías de Ciencia y Técnica
V.- Conclusiones

I.- Introducción

El origen de la Agencia Nacional para la Promoción Científico-Tecnológica, dependiente de la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Nación, supuestamente obedeció a la necesidad de crear un sistema de financiamiento de la ciencia independiente de la institución del beneficiado y de paso despojar al CONICET de los fondos con que subsidiaba a sus propios Investigadores de Carrera, so pretexto de que no podía ser Juez y Parte Interesada en la distribución de dichos subsidios.

Pero con el correr de una sola década, lo que comenzó como un objetivo de independencia y equilibrio académico terminó paradójicamente en una violencia simbólica generalizada, que ha atentado contra las libertades de pensamiento y de cátedra, y ha contaminado los cargos político-académicos (Consejeros) induciendo a sus candidatos a postularse al sólo efecto de promoverse en la carrera científica (ascensos en el CONICET) y de hacer caja con los presupuestos científicos extra-universitarios (Agencia, CIC, etc.). En los hechos la Agencia, el CONICET, las Secretarías de Ciencia y Técnica y los Consejos Directivos de las Universidades Nacionales, la CONEAU y la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación han tergiversado sus principios originarios fusionando íntima e ilegalmente sus mutuos intereses.

Los Coordinadores de Area de la Agencia, cuya responsabilidad arbitral es indirecta, por consistir en asignar los evaluadores de cada proyecto de investigación (de identidad confidencial), son designados por el Directorio de la Agencia. Estos Coordinadores de Area, preceden, acompañan o sobrevienen a los subsidios otorgados a sí mismos, lo que configura claramente el ilícito de colusión de intereses. Más aún, la Agencia subsidia a ciertos y determinados Investigadores del CONICET y en reciprocidad el Directorio del CONICET los designa en sus múltiples Comisiones y mediante su propia Junta de Calificaciones los asciende en la carrera científica. Estas reciprocidades, que son violencia simbólica, tampoco hubiera sido posible sin el maridaje de numerosas autoridades, entre las cuales se encuentran todo el staff de la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Nación así como todos los funcionarios de las Secretarías de Ciencia y Técnica y los Consejos Directivos de las diferentes Universidades Nacionales, las cuales han tenido mediante las categorizaciones de los denominados Incentivos parte intrínseca en dicha violencia simbólica. A su vez, estas reciprocidades han sido el producto de códigos, privilegios y prerrogativas no escritas, mediante las cuales se ha incluido a los eventuales aliados, se ha utilizado a los auténticamente prestigiosos para infiltrar a los inescrupulosos y mediocres, y se ha excluido con medidas punitivas (rechazo de Informes y Proyectos, congelamiento de ascensos, etc.) a los desafectos o a aquellos elementos considerados como peligrosos, porque pueden haber llegado a socavar el plan mafioso. Con estos códigos no hay forma de arrepentirse, ni de denunciar nunca a sus colegas. La denuncia como la delación equivalen al ninguneo y el castigo.

En los números, en un principio (1997), el presupuesto de la ANPCYT fue de 53 millones de pesos, y llegó en 2006 a la suma de 211 millones, totalizando en todo dicha década la suma de 876 millones de pesos, o la friolera de 300 millones de dólares, a razón de 30 millones de dólares por año, a distribuir entre 500 investigadores promedio, o U$S 60.000 cada uno. Más específicamente, entre el 2002 y el 2005 la suma alcanzó los 600 millones de pesos o 200 millones de dólares, que fueron distribuidos entre unos dos mil investigadores, a razón promedio de U$S100.000 cada uno. El monto individual de los subsidios comenzó en 1997 con cifras de cinco dígitos, y más luego alcanzaron los seis dígitos. Por otro lado, en un comienzo el número de Areas temáticas fue razonable pero con el correr del tiempo se fueron multiplicando vertiginosamente. La fusión de estos organismos de ciencia y técnica y la gestación de numerosos nichos de poder académico alcanzó entonces su éxtasis y su fruto ha concluido por fragmentar las filas de los científicos e inducir una suerte de paz de los sepulcros. Toda esta descomposición moral comenzó escalonadamente primero en la década del 80 con los concursos de cátedra, siguió luego en la década del 90 y merced al Pacto de Olivos (1994) con los denominados Incentivos a la investigación, y culminó más luego con los subsidios y la creación de la Agencia (1997). El propio mecanismo de los incentivos se inició en forma amplia, y progresivamente se fue restringiendo primero a los docentes que contaban con dedicación exclusiva, luego a los que fueren profesores titulares regulares, y así sucesivamente hasta reducir el número de los beneficiarios a un cenáculo cada vez más reducido. Pero lo más grave de todo no es la nómina de los que se beneficiaron, sino el tipo de saber que han legitimado como conocimiento de excelencia.

Entre estos funcionarios integrantes de una suerte de “red o cadena de la felicidad” se encontrarían medio centenar de Coordinadores de Areas de la Agencia Científico-Técnica (ANPCYT), setenta (70) miembros de las Comisiones Asesoras del CONICET y medio centenar de Secretarios de Ciencia y Técnica de las Facultades y Universidades Nacionales, por cuanto se habrían otorgado subsidios a sí mismos o a terceros que son afines por amistad o parentesco incurriendo en negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública; en el usufructo patrimonial del cargo; en enriquecimiento ilícito; y/o en partícipes de una asociación ilícita o red ilegal de cooptación o apoderamiento fraudulento de las estructuras de decisión de las universidades (Rectorados, Decanatos y Secretarías de Investigación), y de las instituciones académicas (CIN, CONEAU, CONICET, ANPCYT).

Estas imputaciones alcanzarían a los mismos socios del silencio, que son los que medran compartiendo subsidios y proyectos (conductas tipificadas en los artículos 248, 256, 260, 261 y 210 del Código Penal), por cuanto la obligación del funcionario académico es otorgar subsidios a los que lo peticionan y no incurrir en incompatibilidades manifiestas otorgándoselo a sí mismo o a sus socios o amigos. Por cierto, para que la indagación de la existencia de una asociación ilícita fuera más plenamente acreditada se debería requerir la información relativa a los parentescos carnales y políticos, que como cualquier fiscal federal conoce son en el interior del país -por razones demográficas-una realidad más intensa y palpable que en la capital de la república.

Debemos señalar que esta investigación pudo ser hecha merced a la insistencia en la Lista de Discusión Pol-Cien para que se exhibiera la información oculta en el sitio electrónico de la SECyT, que es falto de total transparencia y cuyo ocultamiento pareciera ser hecho adrede. Los cruces entre los diferentes listados fueron practicados a mano, sin software alguno y utilizando sólo la memoria humana, por lo que es muy factible que se hayan escapado muchas otras correlaciones, especialmente la de aquellos que portan apellidos patronímicos (Pérez, Rodríguez, González, Fernández, etc.)

II.- La Agencia y la complicidad de sus Coordinadores de Area

En la Agencia Nacional para la Promoción Científico-Tecnológica, dependiente de la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Nación (SECYT), presidida por el Dr. Lino Barañao, los Coordinadores de Area Jorge Jorrat, Marcelo Cabada, Eduardo Arzt, y Jaime Cerda, se habrían adjudicado a sí mismos sendos subsidios.

En efecto, en la Convocatoria-2004, el Coordinador del Área de Ciencias Humanas y Sociales Dr. Jorge Jorrat recibió la suma de $209.000; y en la Convocatoria-2003, el Coordinador del Área de Ciencias Médicas Dr. Eduardo Arzt recibió la suma de $210.000; el Coordinador del Área de Ciencias Biológicas Dr. Marcelo Cabada recibió la suma de $210.000, y el Coordinador del Área de Tecnología Química Dr. Jaime Cerda también la suma de $210.000. Y en la Convocatoria-2002, en una sospechosa operación les fue adjudicada igual suma a los que al año siguiente fueron los Coordinadores de las Areas de Tecnología Informática Dr. Marcelo Frías, de Tecnología de Alimentos María Cristina Añón, y de Economía y Derecho Dr. Luis Beccaria.

Asimismo, a los miembros del Directorio del CONICET Faustino Siñeriz, Carlos Rapela y Dra. Noemí Girbal de Blacha les fue asignada a cada uno en la Convocatoria-2002 la suma de $210.000; y a la Dra. Girbal en la Convocatoria-2005 le habría sido otorgada una suma indeterminada bajo el Código 32.396. Y al Asesor de la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Nación y Director del Observatorio Científico-Tecnológico Dr. Mario Albornoz le fue adjudicada en la Convocatoria-2003 la suma de $128.000, y en la Convocatoria-2005 una suma indeterminada bajo el Código 33.851.

A los Coordinadores de Area, que han sido denunciados al comienzo de este escrito, debemos agregar los Coordinadores siguientes:

1) En la Convocatoria-2005 les habría sido adjudicado subsidios por diferentes montos a los Coordinadores de Area Marcelo Cabada, Juan José Cazzulo, Eduardo Arzt, Alcira Batlle, Juan José Poderoso, Horacio Corti, Alberto Vargas, Luis Gugliotta, y Ana María Antón.

2) En la Convocatoria-2004 les fue adjudicado subsidios por diferentes montos a los Coordinadores de Area Eduardo Cánepa, Mirta Quattrochio, Juan Pablo Paz, Rodolfo Sánchez, Damián Zanetti, Juan Jose Poderoso, Amelia Rubiolo y Verónica Bucala.

3) En la Convocatoria-2003 les fue adjudicado subsidios por diferentes montos a los Coordinadores de Area Carlos A. Balseiro, Juan José Cazzulo, Horacio Corti, Roberto Rossi, Carlos Lanusse, Isidoro Schalamuk, y Ricardo Carelli

4) En la Convocatoria-2002 les fue adjudicado subsidios por diferentes montos a los Coordinadores de Area Gustavo Politis, Luis Alberto Beaugé, Roberto Salvarezza, Ricardo Astini, Beatriz Coira, Hermenegildo Ceccatto, Carlos Gigolo, Luis Mroginski, Maria Cristina Anón, Luis Beccaria y Marcelo Frías.

5) En la Convocatoria-2000/2001 les fue adjudicado diferentes subsidios por diferentes montos a los Coordinadores de Area Eduardo Cánepa, Juan José Cazzulo, Marcelo Cabada, Rodolfo Sánchez, Damián Ravetta, Gustavo Corach, Juan Pablo Paz, Juan José Poderoso, Alcira Batlle, Beatriz Coira, Walter Helbling, Ana María Parma, Alberto Escande, Amelia Rubiolo, Alberto Vargas, Francisco Felipe Garcés, y el actual Presidente de la Agencia Lino Barañao.

En efecto, en la Convocatoria-2005, les habría sido adjudicado a los Coordinadores del Area de Ciencias Biológicas Marcelo Cabada la suma de $280.000 y a Juan José Cazzulo un monto de $279.000; a los de Ciencias Médicas Eduardo Arzt $280.000, y Juan José Poderoso $277.000 y a Alcira Batlle una cifra indeterminada bajo el código 32.642; al de Ciencias Químicas Horacio Corti un monto de $279.000; al de Tecnología Energética Alberto Vargas una cifra indeterminada bajo el código 32.438; al de Tecnología Química Luis Gugliotta una cifra indeterminada bajo el código 38.158; y al de Ciencias Biológicas de Organismos Ana María Antón un monto indefinido bajo el código 34.901.

En la Convocatoria-2004, le fue adjudicado al Coordinador del Area de Ciencias Biológicas Dr. Eduardo Cánepa un subsidio por $280.000; al de Ciencia de la Tierra Mirta Quattrochio $223.000; a los de Ciencias Fisico-Matemáticas Juan Pablo Paz $271.000, Rodolfo Sánchez $200.000; y Damián Zanetti $202.000; al de Ciencias Médicas Juan José Poderoso $279.000; al de Ciencia de la Tierra Rodolfo Sánchez $78.802; al de Tecnología de Alimentos Amelia Rubiolo $280.000; y al de Tecnología Química Verónica Bucala $248.000.

En la Convocatoria-2003, le fue adjudicado al Coordinador del Area de Ciencias Matemáticas Carlos A. Balseiro $210.000; al de Ciencias Biológicas Juan José Cazzulo $210.000; a los de Ciencias Químicas Horacio Corti $209.000 y Roberto Rossi $210.000; al de Tecnología Pecuaria Carlos Lanusse $210.000; al de Tecnología Energética Isidoro Schalamuk $206.000; y al de Tecnología Informática Ricardo Carelli $256.000. A propósito, el Coordinador Roberto Rossi, aquí mencionado, sería el mismo que figura en La Nación del viernes 1º de diciembre como habiendo recibido el Premio Sadoski-Bernardo Houssay.

En la Convocatoria-2002, le fue adjudicada al Coordinador de Ciencias Humanas Gustavo Politis $200.000; al de Ciencias Médicas Luis Alberto Beaugé $210.000; al de Ciencias Químicas Roberto Salvarezza $193.000; a los de Ciencias de la Tierra Ricardo Astini $210.000 y Beatriz Coira $204.000; al de Ciencias Físico-Matemáticas Hermenegildo Ceccatto $200.000; al de Tecnología Química Carlos Gigoló $85.000; al de Tecnología Agraria Luis Mroginski $163.000; a la de Tecnología de Alimentos María Cristina Anón $209.000; al de Economía y Derecho Luis Beccaria $121.000; y al de Tecnología Informática Marcelo Frías $206.000.

En la Convocatoria-2000/2001, le fue adjudicada a los Coordinadores del Area de Ciencias Biológicas Eduardo Cánepa $130.000; Juan José Cazzulo $140.000; y Marcelo Cabada $90.000; a los de Tecnología Agraria Rodolfo Sánchez $84.000 y Damián Ravetta $140.000 (este último colaborador del Ing. Víctor Kopp, Director del Área Técnica de Gestión de Subsidios); a los de Ciencias Físico-Matemáticas Gustavo Corach $105.000 y Juan Pablo Paz $90.000; al de Ciencias Médicas Juan José Poderoso $105.000; a la de Ciencias Químicas Alcira Batlle $150.000; al de Ciencias de la Tierra Beatriz Coira $120.000; al de Ciencias Biológicas de Organismos Walter Helbling $130.000; al de Tecnología Pecuaria Ana María Parma $100.000; al de Tecnología Agraria Alberto Escande $105.000; al de Tecnología de Alimentos Amelia Rubiolo $150.000; y a los de Tecnología Energética Alberto Vargas $84.000 y Francisco Felipe Garcés $72.000. En esta última Convocatoria 2000/2001 le fue adjudicada al Prof. Lino Barañao la suma de $140.000; al ex Presidente del CONICET y actual Director General del FONCYT Armando Bertranou $75.000; el Decanos Alberto Boveris $140.000 y $280.000 en 2005; y el Decano Héctor Trinchero $170.000. En la Convocatoria-2005 registra su aparición el ex Secretario de Ciencia y Técnica del Menemismo Juan Carlos del Bello la suma de $138.000, y la Secretaria de Educación de la Provincia de Buenos Aires Adriana Puiggrós un monto de $204.000. También registra un subsidio el recientemente ascendido a la máxima categoría de Investigador Superior del CONICET Martín Isturiz con una suma de $279.000

III.- El Conicet y la complicidad de sus Comisiones Asesoras

La presencia de los miembros del Directorio del CONICET Faustino Siñeriz, Carlos Rapela y Noemí Girbal de Blacha entre los integrantes de la Cadena de la Felicidad de la Ciencia Argentina ha confirmado la sospecha de la existencia de una íntima reciprocidad entre la Agencia y el CONICET. Cruzando la actual lista de integrantes de las Comisiones Asesoras del CONICET, correspondiente al año 2006, con las Listas de los beneficiados por la Agencia-SEPCyT durante el último quinquenio ha dado como resultado casi un centenar de correlaciones, las que eventualmente revelarían la identidad de los integrantes de ese falso Parnaso en que se ha convertido la Cadena de la Felicidad aquí denunciada.

Entre los integrantes de la Comisión Asesora de Ciencias Médicas, los que recibieron subsidios en el año 2000/2001 fueron Aldo Mottino con la suma de $105.000; Carlos José Pirola con la suma de $120.000; Oscar Bottasso con un total de $92.000; y Héctor Targovink con el monto de $105.000; en el año 2002 fueron Patricia Elizalde con la suma de $210.000; Ana María Franchi con la suma de $210.000, y la Alicia Belgorosky con la suma de $210.000; en el año 2003, Hugo Daniel Luján recibió la suma de $210.000, y Osvaldo Uchitel la suma de $200.000; en el año 2004 los que recibieron fueron Rodolfo Campos la suma de $279.000; Jorge Geffner la suma de $174.000; María Ángela Lazzari la suma de $280.000; Alicia Mattiazzi la suma de $251.000; Héctor Targovnik volvió a recibir otro monto de $252.000; y Mario G. Murer la suma de $195.000. En este último caso, habría que aclarar que el Dr. Murer había ya recibido en el año 2002 la suma de $110.334. Y en el año 2005, los que recibieron fueron Claudia Capurro una suma de $279.000; Osvaldo Podhajcer un monto de $278.000; y otra vez Osvaldo Uchitel la suma de $244.000.

Entre los integrantes de la Comisión de Biología Alfredo Juan Castro Vázquez recibió en 2002 la suma de $147.000; y en el año 2005 Miguel Angel Sosa Escudero habría recibido una suma indefinida bajo el código 33.383; y Marta Dolores Mudry un monto desconocido bajo el código 38.001.

Entre los miembros de la Comisión de Química, en el año 2000/2001 María Rita Micaela Hoyos de Rossi recibió un total de $140.000; Manuel López Teijelo la suma de $94.000; y Carlos Previtali un total de $105.000; en el año 2002 el Coordinador Gerardo Burton recibió la suma de $202.000; en el año 2004 los que recibieron fueron Edgardo Durantini la suma de $203.000; Luis Dante Martínez el monto de $160.000; y José Carmelo Pedregosa la suma de $267.000. Y en el año 2005, Carlos M. Previtali volvió a recibir $257.000 y Hoyos de Rossi $280.000. Entre los integrantes de la Comisión de Bioquímica, en el año 2004, la Coordinadora Beatriz Caputto recibió la suma de $280.000; José Luis Bocco recibió $279.000; Horacio Garda recibió la suma de $270.000; Fernando Goldbaum el monto de $280.000; y María Isabel Colombo recibió la suma de $276.000. En este último caso, habría que aclarar que la Dra. Colombo había ya recibido en el año 2002 un monto de $196.771.

Entre los miembros de la Comisión de Matemáticas y Computación Juan Santos recibió en 2002 la suma de $205.000; y Graciela Boente Boente recibió en 2004 la suma de $177.000. Entre los miembros de la Comisión de Física, Ricardo Piegaia recibió en 2002 la suma de $171.249; y en el 2005 habrían recibido Jorge Fernández Niello una suma indefinida bajo el código 32.757; y Patricia Levstein otro monto de $279.000. Entre los integrantes de la Comisión de Astronomía, su Coordinador Pablo J. Mauas recibió en 2005 una suma de $269.000. Entre los integrantes de la Comisión de Ciencias Exactas y Naturales Gerardo Perillo quien desempeña a su vez el cargo de Coordinador de la Comisión de Ciencias de la Tierra, recibió en 2004 la suma de $272.000.

Entre los miembros de la Comisión de Ciencias Agrarias, en el año 2002 Roberto Lecuona recibió la suma de $175.000; y en el año 2003 Sofía Chulze recibió un total de $210.000. Entre los integrantes de la Comisión de Veterinaria, en 2000/2001 Osvaldo Rossetti recibió la suma de $75.000; y en 2002 Enrique Portianski recibió un total de $197.000. Entre los miembros de la Comisión de Ciencias de la Tierra, el Agua y la Atmósfera, en 2000/2001 Analía Artabe recibió $75.000; Sergio Matheos la suma de $85.000; y Alejandro Tosselli la suma de $150.000; en 2002 Carlos Cingolani recibió la suma de $188.167; en 2004 Susana Bischoff recibió un total de $220.000; y en el 2005 los que habrían recibido fueron nuevamente Analía Artabe una suma bajo el código 32.323; y Alicia Ronco un monto bajo el código 38.350.

Entre los integrantes de la Comisión Asesora de Ingeniería Civil, Mecánica y Eléctrica, el Ing. Guillermo Kaufman habría recibido en 2005 una suma bajo el código 38.168. Entre los miembros de la Comisión Asesora de Ingeniería y Procesos Industriales y Biotecnológicos en 2000/2001 José Bandoni recibió la suma de $120.000.

Entre los integrantes de la Comisión de Ciencias Humanas, María Isabel Santa Cruz recibió en 2005 la suma de $182.000. Entre los miembros de la Comisión de Arquitectura en 2000/2001 Beatriz Cuenya recibió la suma de $60.000. Entre los integrantes de la Comisión de Historia y Antropología en 2000/2001 Cristina Bellelli recibió la suma de $92.000.

También han sido beneficiados con subsidios los integrantes de las Comisiones Asesoras Pablo Penchaszadeh, Alfredo Bolsi y Guillermo Mengoni Goñalons. También se registra este fenómeno: en la Universidad de Córdoba con los Investigadores Dora Celton y César Tcach; en la Universidad de Cuyo con el biólogo Alfredo Castro Vázquez; y en la Universidad Nacional del Sur con el tecnólogo químico José Alberto Bandoni, quien integra la Comisión Asesora de Ingeniería de Procesos Industriales y Biotecnología.

Entre los miembros de la Comisión Asesora Interdisciplinaria Especial Ad-Hoc de la Gran Área de Ciencias Agrarias, Noemí Walsoe de Reca recibió en el año 2005 la suma de $279.000; y en la de Ciencias Biológicas Stella González Cappa recibió un monto de $203.000, Ricardo Farías $210.000 en 2003, y Rodolfo Ugalde que a su vez desempeña el cargo de Coordinador de la Comisión de Veterinaria y fue Director del Consejo de Investigaciones Científicas (CIC) de la Provincia de Buenos Aires recibió consecutivamente $210.000 en 2003 y $275.000 en 2004.

Entre los integrantes del Comité Asesor del Núcleo Básico de Revistas Científicas les fue adjudicado a Alfredo Bolsi $30.000 en 2000/01, a Dora Barrancos $208.000 en 2004, a Alejandro Rofman $135.000 en 2004, a Marcelo Cavarozzi $204.000 en 2004 y una cifra indeterminada a Stella González Cappa.

Entre los integrantes de la Comisión Ad-Hoc-Recursos correspondiente a las Ciencias Sociales le fue adjudicada a Ana María Lorandi en 2003 la suma de $72.969 y a Víctor Tau Anzoátegui $50.000 en 2000/2001 y un total de $95.000 en 2003. Entre los integrantes de la Comisión Ad-Hoc de Materiales, Roberto Salvarezza recibió en 2002 la suma de $193.000.

Y finalmente, entre los miembros del Comité Nacional de Ética en Ciencia y Tecnología de la SECYT Stella M. González Cappa, Alberto R. Kornblihtt, Armando Parodi y Otilia Vainstok recibieron jugosos subsidios. La Dra. González Cappa lleva acumulados desde 1998 tres diferentes subsidios de seis dígitos cada uno. ¿Sus otros miembros Roberto Fernánez Prini, Samuel Finkielman, Noé Jitrik, Ernesto E. Maqueda, Fernando O. Ulloa y Aída Kemelmajer de Carlucci tendrán algo para opinar respecto a la Cadena de la Felicidad recientemente descubierta bajo sus narices? ¿Ninguno de estos científicos expertos en temas de ética sospechó ninguna anormalidad?

IV.- Las Universidades Nacionales y la complicidad de sus Consejos Directivos y Secretarías de Ciencia y Técnica

Habíamos descubierto que los Coordinadores de la Agencia -elegidos por el Directorio para seleccionar los evaluadores de cada Proyecto-- también fueron simultánea o en forma diferida beneficiarios de subsidios. Más luego hallamos que la Agencia subsidia a ciertos y determinados Investigadores del CONICET y en reciprocidad el Directorio del CONICET los designa en sus múltiples Comisiones y mediante su propia Junta de Calificaciones los asciende en la carrera científica. Y hoy venimos a descubrir que esta suerte de asociación ilícita no habría sido tampoco posible sin la sociedad de las Secretarías de Ciencia y Técnica y los Consejos Directivos de las diferentes Facultades y/o Universidades Nacionales, las cuales han tenido merced a los Bancos de Evaluadores de la Secretaría de Políticas Universitarias y de la CONEAU --que establecen cual si fueran juntas de calificación categorizaciones y puntajes a nivel individual e institucional-- parte intrínseca en la violencia simbólica y eventual asociación ilícita así como en sus derivaciones penales, en cuanto a apoderamiento fraudulento, usufructo patrimonial del cargo y enriquecimiento ilícito.

Entre las funciones y responsabilidades de los Secretarios de Ciencia y Técnica de las Facultades y/o Universidades Nacionales, la tercera pata del trípode burocrático sobre el cual estaría montada la red que domina la producción del conocimiento científico en Argentina, está la de hacer el seguimiento de los Proyectos de Investigación financiados por organismos nacionales, provinciales y/o universitarios, así como la de administrar las Rendiciones de Cuentas de los gastos practicados por los Responsables de los Proyectos financiados.

En cuanto al contralor de esta gestión administrativa, tenemos que las Universidades Nacionales practican distintos criterios para ejecutar la función de auditoria, con muy diversos grados de rigor y transparencia, pues que se sepa no han descubierto hasta hoy ningún caso de apoderamiento fraudulento y/o enriquecimiento ilícito. Algunas Universidades han unificado esta responsabilidad en una Secretaría u organismo centralizado y otras lo han diversificado en tantas Secretarías como Facultades existen en sus organigramas. Para el caso, tenemos que la Universidad Nacional de Tucumán tiene desde hace un tiempo al frente de su Secretaría de Ciencia y Técnica al historiador Daniel Campi, el mismo a quien la Agencia financió en el 2002 con un subsidio de $135.938. En la Universidad Nacional de Córdoba, la Secretaría de Ciencia y Técnica estuvo cubierta por Alberto Edel León quien recibió sendos subsidios en 2003 y 2005 la suma de $275.000, y en la actualidad figura a la cabeza el químico Héctor Rubinstein, el mismo que fue financiado en el período de 2005 con un subsidio de $277.000. En la misma universidad, la Secretaria Académica de Exactas Sonia Colantonio en 2002 recibió $97.821; y el Director del Programa de Doctorado en Ingeniería Oscar A. Anunziata recibió un PICT en 2003. En la Universidad Nacional de Rosario, el Secretario de Ciencia y Técnica de la Facultad de Ciencias Exactas Roberto Aquilano se benefició en 2005 con un subsidio de monto indeterminado. En la misma universidad, el Secretario de Ciencia y Técnica de la Facultad de Medicina Oscar Bottasso se benefició en 2004 con un subsidio de $213.125. En la Universidad Nacional de Córdoba, el Decano de Ciencias Químicas Gerardo Fidelio recibió en el 2001 la suma de $134.000 y en 2005 un monto de $273.000. Y en la Universidad Nacional del Litoral, la Vice-Decana de la Facultad de Farmacia Yolanda Bolzón de Lombardo se habría beneficiado en 2005 con otro subsidio de suma indefinida bajo el código 38.157.

En la provincia de Buenos Aires, los actos cuestionados tampoco escasearon. En la Universidad Nacional del Sur, el actual Secretario de Ciencia y Técnica Osvaldo Agamennoni recibió en 2003 la suma de $147.727. En la Universidad Nacional de Mar del Plata, el Decano de Ciencias Exactas Gustavo Daleo y la Secretaria de Investigaciones Virginia Manzini habrían recibido en 2005 sendas sumas de monto indeterminado bajo los códigos 34.878 y 32.345. En la Universidad Nacional de San Martín, el Director de la Escuela de Política Marcelo Cavarozzi se benefició en 2004 con un subsidio de $204.529; y el Secretario de Investigación Diego Hurtado de Mendoza fue financiado en 2004 con un subsidio de $71.279. Y en la Universidad Nacional de Quilmes tenemos el caso de un Consejero Departamental el biólogo Pablo Ghiringhelli, quien obtuvo en el 2005 un subsidio de la Agencia por un monto indefinido de pesos desempeñándose actualmente como Coordinador de Area; y el de un biólogo Mario R. Ermácora, que fue subsidiado reiteradamente en dos períodos consecutivos, el del 2004 y el del 2005 con $280.000.

En el caso de la UBA, tenemos que algunos de los integrantes de la media docena de Comisiones Técnicas Asesoras (CTA) --que tienen como función prestar asesoramiento en las tareas de evaluación de las distintas actividades de la Secretaría de Ciencia y Técnica de la UBA-- serían también hipotéticamente parte necesaria de la red denunciada. Entre los beneficiarios de los subsidios por cifras aún no divulgadas, repartidos por la Agencia en el 2005, se encuentran los siguientes Investigadores: el miembro de la CTA No.1, de las Ciencias de la Salud Humana Rodolfo Rothlin; el integrante de la CTA No.3 de Ingeniería, Ciencias Ambientales y Habitat Juan Manuel Borthagaray (quien a su vez suma otro subsidio del 2002 de $210.000); los miembros de la CTA No.4, de Ciencias Básicas y Biológicas Alicia Godeas (PICT-2003 de $208.980) y Juan Pablo Rossi (quien a su vez suma otro subsidio del 2002 de $206.250); los miembros de la CTA No.5, de Ingeniería, Ciencias del Ambiente y Habitat Guillermo Artana habría recibido en 2005 la suma de $279.000; y Jorge Alberto Sarquis una suma indeterminada bajo el código 38.291; y los integrantes de la CTA No.6 de Ciencias Agropecuarias y Salud Animal: Ana Pilosof, Jorge Casal, Alejandro Mentaberry, Angel Chiesa (suma otro subsidio del 2002 de $203.708) y Alicia Fernández Cirelli, ex Secretaria de Ciencia y Técnica del Rectorado durante el Shuberofismo. Por último, faltaría contrastar las listas de beneficiarios de subsidios con los anteriores integrantes de estas mismas Comisiones Técnicas Asesoras, que por cierto no están exhibidos en la web, seguramente dados de baja para no dejar rastros de sus reiterados ilícitos.

En cuanto a las Secretarías de Ciencia y Técnica de cada Facultad de la UBA, tenemos que en la Facultad de Odontología, el Secretario de Ciencia y Técnica Enri Santiago Borda -integrante del CTA No.1-- ganó en el 2005 otro PICT de monto desconocido. En la de Farmacia y Bioquímica el Secretario de CyT Daniel Turyn ganó en 2004 un subsidio por $212.925 y en 2005 la suma de $279.000. Y en la de Medicina, en la actual Comisión de Investigación de dicha Facultad el Dr. Daniel Sordelli ganó en el 2002 un subsidio por $210.000. Asimismo, en la UBA hemos encontrado entre los beneficiados por la Agencia al Decano de Filosofía y Letras Héctor Trinchero con $170.000, al Decano de Farmacia Alberto Boveris con $140.000, a la Vice-Decana de Farmacia Graciela Ferraro con una suma indeterminada, al Vice-Decano de Medicina Ricardo Gelpi con un subsidio de $161.812 en 2002; y a un ex Decano de Sociales Fortunato Mallimacci con el record de $362.186 en 2004. Entre el staff de la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Nación nos tropezamos con el nunca tan bien recordado Hugo Levato, el mismo que aseguraba durante el Proceso y desde USA lo bien exonerados que estaban los Investigadores que más luego "desaparecieron". En efecto, en el 2004 Hugo Levato levantó en la Agencia un subsidio por la suma de $231.422. Y en el caso de la CONEAU, dos miembros de su Directorio, el sociólogo y ex funcionario de la Universidad Nacional de Quilmes Ernesto Villanueva, y el sociólogo Carlos Pedro Krotsch recibieron de la Agencia respectivamente en 2002 y 2005 la suma de $155.354 y $119.000.

Y en cuanto a los integrantes de los Consejos Directivos, tenemos que un número indeterminado de Consejeros habrían sido inducidos a candidatearse con el sebo de poder alcanzar “efectividades conducentes”. En la Facultad de Ciencias Exactas fueron subsidiados los Consejeros Gerardo Burton en 2002 con $201.000, Graciela Boente Boente en 2004 con $177.000, Juan Pablo Paz en 2004 con $271.000, Marta Dolores Mudry con un monto indefinido bajo el código 38.001, y Lía Gerschenson en 2005 con una cifra desconocida bajo el código 38.239. En Ciencias Sociales, el Consejero Francisco Naishtat en 2004 con $167.708. En Ingeniería, el Consejero Hugo Sirkin fue subsidiado en 2003 con $210.000. En Ciencias Veterinarias fue subsidiada Alicia Fernández Cirelli con un monto desconocido. Y en Medicina, los Consejeros Ricardo Gelpi en 2002 con $161.812 y Daniel Sordelli en 2002 con $210.000 y en 2005 la suma de $280.000. Faltaría cruzar la Lista de Beneficiarios de la Agencia con la de los integrantes de los Consejos Directivos correspondientes a períodos anteriores así como con la de los miembros del Consejo Superior. Pero este cruce resulta imposible por cuanto los listados de miembros anteriores no quedan registrados en los sitios electrónicos de cada Facultad.

También contamos con los extraños casos de aquellos Investigadores que aparecen financiados duplicadamente, es decir con subsidios otorgados a la misma persona y/o su homónima, en dos proyectos correspondientes a unidades académicas distintas. Este ha sido el caso en la Universidad Nacional del Centro del Investigador Alberto Parma, quien aparece con un subsidio otorgado en el 2005 en el Área de las Ciencias Médicas, y otro tanto en el mismo período en el Área de la Tecnología Pecuaria. El del Investigador Jorge Calvo, de la Universidad La Patagonia, y simultáneamente miembro de la Junta de Calificaciones del CONICET, quien aparece subsidiado en el mismo período del 2005 en dos Proyectos distintos, uno en el Área de las Ciencias de la Tierra y el otro en el Área de las Ciencias Biológicas de Organismos. Y el del Investigador Emilio Malchiodi de la UBA, quien figura subsidiado en el Área de las Ciencias Biológicas y también en el Área de las Ciencias Médicas..

Para el caso de la Universidad Nacional de Rosario contamos con el muy particular ejemplo de un matrimonio cuyos integrantes tuvieron ambos la felicidad de que la ANPCYT les financiara sendos proyectos, tanto el del marido, el bioquímico Ricardo Duffard, en el 2005; como el de su esposa la bioquímica y especialista en tecnología del medio ambiente Ana María Evangelista de Duffard, con un monto de $258.333 devengado en el 2004, que sumados ambos darían en la unidad familiar más de medio millón de pesos en un par de años.

Por último, la cuarta pata de la mesa sobre la cual está mal servida la ciencia argentina sería la Secretaría de Políticas Universitarias y la CONEAU, ambas dependientes del Ministerio de Educación de la Nación, instituciones destinadas a categorizar a los denominados docentes investigadores y a certificar los programas de las instituciones de docencia superior. Ambas instituciones se han prestado hasta el presente, a través de las supuestas categorizaciones y puntajes, a toda suerte de manipulaciones y conspiraciones, de la cual están privilegiadamente exentos quienes son docentes de universidades o investigadores correspondientes al ámbito privado. Es decir, los miembros de instituciones o universidades privadas están excepcionalmente dispensados de tener que pasar por las horcas caudinas y kafkianas de una inmensa burocracia estatal.

V.- Conclusiones

Para completar esta investigación faltaría conseguir la Lista de Subsidios del corriente año 2006 y cruzar la Lista de Subsidios de la Agencia con las Listas de las Comisiones Asesoras del CONICET y la de los Consejos Directivos de las Facultades correspondientes a los años 2000/2001, 2002, 2003 y 2004, y así poder comprender el cuadro de gerenciamiento de la red denunciada. Asimismo, quedaría por cruzar esta información con las Listas de Ascensos practicados por la Junta de Calificaciones del CONICET, y con las Listas de los categorizados para los Incentivos producidas por las diferentes Universidades Nacionales. Cabe agregar que la metodología es la misma que se inauguró en los Premios Bernardo Houssay, que se repartieron en 1987, y que se denunciaron en su oportunidad con nombres y apellidos, y donde uno de sus organizadores integra la actual Junta de Calificaciones del CONICET.

En todos estos Listados llaman la atención más de una veintena de repeticiones, como ser las de Eduardo Cánepa, Sofía Chulze, Rodolfo Sánchez, Daniel Sordelli, Juan José Poderoso, Héctor Targovnik, Mario G. Murer, Osvaldo Uchitel, Mario Albornoz, Víctor Tau Anzoátegui, Carlos M. Previtali, Analía Artabe, María Isabel Colombo, María Rita Micaela Hoyos de Rossi, Beatriz Coira, Mario R. Ermácora, Daniel Turyn, Gerardo Fidelio, Alberto Boveris, y Amelia Rubiolo, quienes aparecen como beneficiarios en repetidas Convocatorias. El de Poderoso parece ser el más llamativo pues también registra un tercer subsidio en el 2005 de $277.000.

Contrastando los montos finalmente otorgados en la Convocatoria-2005, se encuentra que hay más de una quincena de Investigadores-Funcionarios, cuya presencia en la Convocatoria-2005 habría violado un principio de incompatibilidad insoslayable, son los siguientes: a) la integrante del Directorio del CONICET Noemi Girbal (32.396), quien ya había recibido en 2002 la suma de $210.000; b) el Secretario de CyT de Exactas de la UNR Roberto Aquilano (32.441); c) el Decano de Exactas de la UNMdP Gustavo Daleo (34.878); d) la Secretaria de Investigaciones de la UNMdP Virginia Manzini (32.345); e) la Vice-Decana de Filosofía y Letras de la UBA Graciela Ferraro (38.219); f) el Asesor de la SECYT Mario Albornoz (33851), cuyo proyecto fue declarado incompatible por suma de proyectos de un integrante del GR; g) la Consejera de Exactas Lia Gerschenson (38.239); h) la Vice-Decana de Farmacia de la UNL Yolanda Bolzón de Lombardo (38.157); i) el integrante de la Comisión Técnica Asesora No5 de la UBA Jorge A. Sarquis (38.291); j) los integrantes de la Comisión de Ciencias de la Tierra, el Agua y la Atmósfera del CONICET Ana Lia Artabe (32.323) y Alicia Ronco (38.350); y k) los Coordinadores de Area del ANPCYT Luis Gugliotta (38.158), Miguel Angel Sosa Escudero (33.383), Marta Mudry (38.001), Alberto Vargas (32.438) y Alcira Batlle (32.642), estos dos últimos reincidentes pues en el 2001 habían recibido la suma de $84.000 y $150.000 respectivamente. También fue excluido de la Convocatoria el bioquímico Ricardo Duffard (código 32.221), marido de la bioquímica Ana María Evangelista, agraciada con un subsidio en el 2004.

Las preguntas que caben formularse son de orden jurídico y ético: ¿los actos académicos administrados por estos Coordinadores cuentan con validez moral y legal? ¿se está o no frente a un caso de maridaje criminal, y en tal eventualidad corresponde o no efectuar una denuncia judicial? ¿de tratarse de un delito los actos de los imputados deberían ser reconsiderados y en ese caso deberían o no restituir los dineros recibidos? ¿qué pasa con los numerosos proyectos que fueron rechazados y cuyos evaluadores fueron designados por los Coordinadores aquí denunciados? y ¿que responsabilidad les cabría en este entuerto a los Presidentes del ANPCYT y del CONICET Lino Barañao y Eduardo Charreau y a sus directos superiores Tulio Del Bono y Daniel Filmus?.

Toda esta investigación lleva al viejo enigma socrático sobre si es acaso posible democratizar una mafia, que impida los abusos de poder y las repeticiones dolosas de las prebendas racionadas, o por el contrario ello es una tarea imposible. Por lo pronto, se debería considerar las ventajas y menores riesgos de error de premiar obras consumadas sobre la de subsidiar obras proyectadas, cuyos eventuales beneficiados deben ser previamente categorizados por una burocracia estatal contaminada.

Finalmente, debemos concluir que la lucha contra la corrupción y la violencia simbólica en el campo de la investigación científica sólo puede tener éxito desde la instancia política, y que ninguna esperanza puede cifrarse en la judicialización de la misma. Es entonces la política la que --en el marco de los derechos y garantías democráticos- debe producir el saneamiento moral y el cambio estructural.

Fuente Documental
Presupuesto Nacional en AC&T
2. Evolución del Presupuesto Nacional en AC&T de los años 1997 al 2005
www.secyt.gov.ar/presupuesto_2006/documentos/0%20T%20Web%20Cap%202%20(97-06).xls

Convocatoria-2000-2004
http://www.agencia.gov.ar/convocatorias/foncyt_convocatorias_anteriores_...

Convocatoria-2005
http://www.agencia.gov.ar/convocatorias/documentosconvocatorias/TIPO_A_Y...

La lista de proyectos PICT 2005 financiados con sus montos respectivos
http://www.agencia.secyt.gov.ar/convocatorias/convocatorias_foncyt_pict2...

Proyectos No Admitidos en 2004
http://www.agencia.gov.ar/convocatorias/documentosconvocatorias/pict2004...

Proyectos No Admitidos en 2003
http://www.agencia.gov.ar/convocatorias/documentosconvocatorias/pict2003...


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