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Arbitrariedad Antidigital en el CONICET (Argentina)

Eduardo R. Saguier, Martes, Octubre 19, 2004 - 14:47

Dear Colleagues:

I am in the midst of a sort of digital conflict. My work as a scholar has been rejected, and I am fighting back. Herein I accompany the text I sent to the President of CONICET (Argentina). I am sorry, but I do not have a translation in English. Any idea about how to deal internationally with this particular kind of conflict where the democratic advance of a technological improvement such as Internet has been dismissed will be welcome.

Sincerely,

Eduardo R. Saguier
http://www.er-saguier.org

INTERPONE RECURSO DE RECONSIDERACIÓN. SUBSIDIARIAMENTE RECURSO DE ALZADA

Sr. Presidente del CONICET
Dr. Eduardo H. Charreau

Ref.: Recurso de Reconsideración contra Resolución n.1672 del 24/9/04; y subsidiariamente recurso de alzada.

Eduardo R. Saguier, Investigador Independiente del CONICET, DNI no. 4.394.928, con domicilio real en Juan Francisco Seguí 3955, 2º piso, Dpto. E, Capital, constituyendo domicilio legal en Av. Alicia Moreau de Justo 846, 3º piso, oficina 18, de esta Capital, al Sr. Presidente del CONICET digo:

I.- OBJETO

Vengo por la presente a impetrar el recurso de reconsideración y subsidiariamente el de alzada contra la Resolución del Directorio del CONICET n.1672/04, de fecha 29 de septiembre del corriente año, por la cual se rechaza el Informe Reglamentario correspondiente al período 2002/2003 declarándolo “NO ACEPTABLE”, solicitando que en virtud del presente y por los fundamentos que expongo se haga lugar a la Reconsideración impetrada, se deje sin efecto la Resolución atacada, y se ordene la constitución de una nueva Comisión Alterna integrada por investigadores de las categorías principal y superior del CONICET para que evalúen mi Informe de modo imparcial y emitan un nuevo Dictamen .

II.- HECHOS

En el relato de los hechos de este caso hemos identificado una quincena de cuestiones decisivas relacionadas con la Resolución n.1672/04 y la calificación tramitada en el Expediente no. 3987/04 y explicitada en el dictamen de la Comisión Asesora de Historia y Antropología (6-VIII-2004), que agrupadas en seis (6) diferentes y consecutivas secciones son:

II-A) Indiferencia Comunicacional;
II-A-1) Desproporcionalidad en las Notificaciones del Directorio;
II-A-2) Desconocimiento de la Existencia de la Página Web;
II-A-3) Incomprensión de la Construcción de una Obra Electrónica;
II-A-4) Falta de Reconocimiento del Acceso Libre a mi Página Web;
II-A-5) Insensibilidad hacia las Obras en forma Electrónica;
II-B) Menoscabo de la Existencia de la Obra en sí;
II-B-1) Insuficiente Seguimiento de la Obra de los Investigadores. Detallada Explicación del Contenido de la Obra;
II-B-2) Desacuerdo con la Estimación del Grado de Avance de la Investigación;
II-B-3) Anacronismo en la Objeción del Futuro Plan de Tareas;
II-B-4) Inexacta Opinión sobre Objetivos, Hipótesis y Metodologías;
II-C) Irracional Cuestionamiento del Vínculo entre Artículo y Obra;
II-C-1) Omisión del CONICET de pedir Información Adicional (artículo 33, inc. C, del Estatuto del CONICET)
II-C-2) Restricciones en los Planes de Investigación Propuestos;
II-D) Formación de Recursos Humanos;
II-D-1) Irrazonable Incriminación sobre la Formación de Recursos Humanos;
II-E) Concordancia entre Labor y Categoría
II-E-1) Falta de Concordancia entre Labor y Categoría;
II-F) Transparencia y Opinión;
II-F-1) Falta de Transparencia Administrativa y Opinión Pública.

II-A) Indiferencia Comunicacional;

II-A-1) Desproporcionalidad en las Notificaciones del Directorio

El día viernes 1 de Octubre de 2004 recibí la notificación de la Resolución del Directorio del CONICET n.975/04, de fecha 24 de septiembre del corriente año, por la cual se califica el Informe del período 2001/2002 como “ACEPTABLE”, por mi presentado en abril de 2002; y sorprendentemente apenas una semana después, el miércoles 6 de Octubre, recibí otra notificación de otra Resolución del Directorio del CONICET n.1672/04, de fecha 29 de septiembre del corriente año, por la cual se califica como “No Aceptable” el Informe reglamentario correspondiente al siguiente periodo 2002/2003, por mi presentado el 27 de abril del corriente año 2004. Es decir, en el breve plazo de cinco (5) días el Directorio del CONICET despachó dos Informes consecutivos, el primero calificado como “ACEPTABLE” y el segundo como “NO ACEPTABLE”.

En esta última notificación (correspondiente al Informe 2002/2003, que por lo general se comunican un año después de entregado el Informe), se incluyen la Resolución del Directorio, firmado el 29 de septiembre, y el Dictamen de la Comisión Asesora de Historia y Antropología, firmado el 6 de agosto del corriente año donde aparte de no habérseme dado participación alguna ni derecho a la defensa se pretende desconocer la existencia electrónica de la obra de historia titulada “Un Debate Histórico Inconcluso en la América Latina, 1600-2000” (http://www.er-saguier.org), de ahora en mas mencionada como La Obra.

La extrema brevedad del mencionado dictamen (texto de apenas tres párrafos y media carilla), y la consiguiente exigüidad de fundamentos legales y académicos, no se corresponden con la trascendencia de una medida que lesiona libertades y derechos susceptibles de amparo constitucional. Por otro lado, pareciera ser que para la Comisión Asesora, en el CONICET rige la aplicación por analogía del viejo adagio judicial latino "Quod non est in acta, non est in mundo" (“lo que no está en las actas, no existe, no está en el mundo”), que según el procesalista argentino Alberto M. Binder, es propio de la cultura inquisitiva del Estado-Nación moderno. Es decir, para la Comisión Asesora, el mundo académico y científico está constituido por los expedientes administrativos existentes en el CONICET y las actas interiores que lo integran, mientras que todo lo que está fuera de los mismos –incluidos los libros, las revistas, las bibliotecas, las hemerotecas y los propios sitios electrónicos en Internet-- es como si no existieran, esquema que rompe con el principio de legalidad, que prohíbe hacer interpretaciones analógicas, en este caso extrapoladas del mundo judicial, cuando ello agravia libertades y derechos académicos acreedores de protección constitucional.

Los integrantes de la Comisión Asesora --que firma el Dictamen del 6 de agosto-- fueron seleccionados por el Directorio del CONICET entre la nómina de científicos sociales (arqueólogos, geógrafos, antropólogos e historiadores) de las universidades públicas que revisten en el CONICET. Dicha Comisión la preside el arqueólogo Dr. Eduardo E. Berberian; y su Vicepresidente es la historiadora Dra. María Silvia Hospital; y está constituida por diecinueve (19) Miembros Presentes y cinco (5) Miembros Alternos. La lista de miembros presentes está formada por: cuatro (4) arqueólogos: Dr. Eduardo E. Berberian, Dr. Joaquín Roberto Bárcena, Dra. Marta Graciela Méndez y Dr. Hugo Yacobaccio; un (1) geógrafo Dr. Gerardo De Jong; una (1) etnohistoriadora Dra. Lidia Nacuzzi; y seis (6) antropólogos: Lic. Cristina Belleli, Dr. Francisco Raúl Carnese, Dr. Edgardo Cordeu, Dra. María Rosa Cozzani de Palmada, Dra. Mónica Salemme, Dra. Alejandra Siffredi; estando en ella presentes sólo siete (7) historiadores: Dra. María Silvia Ospital, Dr. Daniel Campi, Dra. Mabel Cernadas de Bulnes, Dra. Ana Inés Ferreyra, Dr. Ariel Omar Guiance, Dr. Darío Macor, y Dra. Nidia S. Tadeo. Y la lista de miembros alternos está constituida por: un historiador Dra. Silvia B. Lázaro; y cuatro (4) antropólogos Dr. José A. Braunstein, Dra. Mabel A. Grimberg, Dr. Héctor B. Líate, y *Dr. Héctor Trinchero (este último no estuvo presente durante el tratamiento del asunto). Es decir, sobre un total de veinticuatro (24) miembros, la Comisión Asesora cuenta sólo con ocho (8) historiadores, o el 33% de los mismos; habiendo entre ellos solo dos pertenecientes a las categorías principal o superior; y otros que pertenecen a una jerarquía inferior a la del suscripto, la de investigador adjunto; y en un solo caso se trata de una Investigadora que carece de doctorado. No se entiende entonces como un porcentaje tan escaso de historiadores, muchos de ellos de categoría inferior, pueden haber evaluado equilibradamente el trabajo.

II-A-2) Desconocimiento de la Existencia de la Página Web.

Dicha Obra fue electrónicamente comunicada a numerosas instituciones a lo largo de los meses de mayo y de junio del corriente año por el suscripto, logrando en esa empresa un éxito notorio pues gran número de las mismas se dieron por aludidas y notificaron o informaron a su vez a sus propios usuarios y al público en general incluyendo el link de mi Obra en su propia página web. Notificaron la existencia de mi Página y la siguen aún hoy notificando diversos sitios virtuales, tales como: el World Wide Virtual Library, Voice of the Shuttle, ant-arq del Equipo NAyA, Fundación Descartes, Espacios Políticos, LACYORK archives, Historical Text Archive, Universidad Nacional de Cuyo, Pueblo Continente Links, Annuaire Amérique Latine, Biblioteca Nacional del Maestro, Red Científica Peruana, Historia a Debate (HaD), Asociación de Antropólogos Iberoamericanos en Red (AIBR), Boletín Electrónico de la Fundación Andreu Nin, Pol-Cien, etc. Asimismo, mi Página fue comunicada por el diseñador gráfico Federico Fernández Burzaco a los principales buscadores electrónicos, tales como Google, Altavista y Yahoo, con eximia destreza pues su empresa Papyros Digitales se especializa justamente en ser una de las más expertas en lo que se denomina Posicionamiento en la Web.

Específicamente, dicha Obra fue divulgada a mediados del mes de Mayo por la Lista de Discusión de Política Científica, titulada Pol-Cien; por el Equipo NAyA (Noticias de Antropología y Arqueología, galardonada por Yahoo con un Premio Internacional) a todos los arqueólogos y antropólogos dos meses después de aparecida y más de un mes previo a la fecha del Dictamen denegatorio, el sábado 26 de Junio a las 15.40 horas. También fue divulgada por H-LATAM (Foro internacional para la discusión académica de la historia latinoamericana, administrado por Hnet, una organización internacional interdisciplinaria de académicos y profesores dedicada al desarrollo del potencial educativo de Internet) tres meses después y dos semanas antes del Dictamen, el 22 de Julio; y a todos los historiadores vernáculos por el Foro de Noticias del Instituto de Historia “Emilio Ravignani” denominado Clío, el 23 de Julio, días en los cuales de acuerdo al contador del servidor se produjeron los records de visitas en mi sitio electrónico (105 visitas el 22 de Julio). Cuando el 6 de agosto los miembros de la Comisión Asesora evaluaron mi Informe, la Obra anunciada en el Informe ya estaba en la web desde hacia más de tres (3) meses, y estaba siendo notificada por diversas instituciones.

Seguramente, los diferentes organismos y las mismas comisiones del propio CONICET (entre ellos la Sra. Rosa Losito, Gerente de Evaluación y Acreditación), también están suscriptos a estos Foros y Listas de Discusión, pues mi persona comunicó en el mes de Junio por correo electrónico la existencia de mi Página web al Consejo Argentino de Información Científica y Técnica (CAICYT), que depende del CONICET, con la frustrada aspiración de que fuera incluida como link. Las informaciones o reportes de estos Foros y Listas de Discusión electrónica puede que hayan sido recogidas y archivadas por dicho CAICYT o en su defecto por las Comisiones, las cuales deben operar como una suerte de Boletín Oficial con todo el poder comunicacional y el patrón legitimador que ello debe significar, muy superior a la impronta que pudiera ofrecer una notificación personal fuera de término, presentada en Mesa de Entradas, procedimiento por otro lado inhibido por los artículos 30, inciso f) y 33 inciso c) del Estatuto de la Carrera de Investigador del CONICET, o Ley No. 20.464, pues el Estatuto reserva dicha potestad sólo al requerimiento discrecional del CONICET.

Dichas notificaciones no pudieron haber escapado al conocimiento de la totalidad de los veintitrés (23) miembros de la Comisión Asesora y a la propia Gerente de Evaluación Sra. Rosa Losito. Más específicamente, la notificación producida por el Equipo NAyA no le pudo pasar inadvertida al Presidente de la Comisión Dr. Eduardo E. Berberian ni al Dr. Francisco Raúl Carnese, pues ambos figuran como Asesores Científicos de dicho Equipo NAyA; y tampoco a sus miembros Cristina Bellelli, Lidia R. Nacuzzi y Roberto Bárcena, pues los tres son antiguos miembros de dicho Equipo. En cuanto a los otros miembros de la Comisión firmantes del despacho cuestionado, tales como los historiadores María Silvia Ospital, Daniel Campi, Mabel Cernadas de Bulnes, Ana Inés Ferreyra, Ariel Omar Guiance, Darío Macor, Nidia S. Tadeo, y Silvia B. Lázzaro, tampoco pueden alegar desconocimiento, pues están suscriptos a los foros Clío y H-LATAM.

Es decir, para cuando los miembros de la Comisión Asesora se reunieron para firmar el despacho aquí cuestionado, que ocurrió el 6 de agosto del corriente año, la Gerente de Evaluación Rosa Losito debió haber recibido la información de dichos Foros y Listas de Discusión; y los trece (13) miembros mencionados, o el 60% de un total de veintitrés (24) miembros, necesaria y personalmente debían conocer o tenido referencia desde hacía más de un mes de la existencia de la Página web del suscripto, y pese a ello con una indiferencia y una celeridad sin precedentes (pues suelen tomarse casi un año para evaluarlos) declararon dicho Informe “No Aceptable”. Pues bien, la falta de conocimiento que tuvo la Comisión Asesora del CONICET es seguramente un error que puede ahora ser fácilmente subsanado.

II-A-3) Incomprensión de la Construcción de una Obra Electrónica.

A diferencia del mundo pre-digital de los monjes amanuenses o copistas y el de la imprenta (Gutenberg) donde uno entregaba los manuscritos y se desentendía de las labores caligráficas y tipográficas; en la nueva era digital, dicha tarea implica una interactiva y prolongada construcción en la cual se genera una tensión muy aguda y angustiante entre el autor y el diseñador gráfico (que en mi caso la debí compartir con la simultánea redacción del Informe al CONICET), que implica un esfuerzo económico, intelectual y comunicacional desproporcionado. Este esfuerzo es muy poco alentado y muy difícil de entender para quienes aún se resisten a incursionar en el mismo, que requeriría para su implantación de una verdadera reforma científica. Sus ventajas, no viene al caso que las desarrolle en este Recurso de Reconsideración porque han sido universalmente reconocidas por las editoriales y las instituciones académicas más prestigiosas del planeta. Y su alcance y difusión en lo que hace a mi Obra en particular no tienen parangón y son inconmensurables.

II-A-4) Falta de Reconocimiento del Acceso Libre a mi Página Web.

Fiel al precepto del Estatuto de la Carrera del Investigador, en cuyo art. 2, inc. d) se establece que la carrera tiene por objeto “…fomentar la transferencia de los resultados de la tarea técnico-científica a la sociedad”, mi Página web no posee derechos de autor o Copyright, sistema propio de la era de la imprenta, que me permita obtener de la misma una renta o beneficio económico personal, sino el más moderno y progresista Copyleft, o Free Documentation License (GFDL), sistema ideado por Richard Stallman para liberar el software, pues cualquiera puede sin tener que registrarse ni pagar arancel alguno, consultar, bajar o transferir e imprimir, permitiendo la reproducción siempre que se cite al autor y se incluya un enlace al artículo original o al dominio del sitio web. A juicio del contador electrónico respectivo la Página se encuentra en la Web desde el 29 de abril del corriente año. Dejo sentado que el diseño de la Pagina Web lo he pagado de mi peculio personal, así como el hosting, sin subsidio alguno, pues ninguna institución científica del país pareciera querer promover ni mucho menos financiar este tipo de emprendimiento intelectual. Cuesta creer que las instituciones culturales en Argentina le temen al efecto democratizador que significa un acceso irrestricto a un capital social calificado que es vehiculizado por la circulación global de la información.

II-A-5) Insensibilidad hacia las Obras en forma Electrónica.

La Gerencia de Evaluación y Acreditación del CONICET, en sus formularios, premia los convenios, asesorías o servicios a terceros y las actas u otras presentaciones en congresos, pero no le otorga ninguna ponderación, ni ninguna mención positiva o negativa, a la presentación de sitios o páginas electrónicas. En el caso de mi Página web, construida por el diseñador gráfico Federico Fernández Burzaco y su empresa Papyros Digitales, que lleva ya en el curso de sólo cinco (5) meses más de tres mil visitas, la mitad procedentes del extranjero; ha sido elogiada en múltiples mensajes personales por diferentes colegas; y también ha sido linkeada (con referencia a nuestro sitio) por numerosas instituciones (World Wide Virtual Library, Voice of the Shuttle, Fundación Descartes, Ant-Arq del Equipo NAyA, Espacios Políticos, LACYORK archives, Historical Text Archive, Universidad Nacional de Cuyo, Pueblo Continente Links, Annuaire Amérique Latine, Biblioteca Nacional del Maestro, Red Científica Peruana, Historia a Debate (HaD), Asociación de Antropólogos Iberoamericanos en Red (AIBR), Boletín Electrónico de la Fundación Andreu Nin, etc.).

Para conocer e informar el rating de mi Página, ésta cuenta con una Estadística del Servidor del sitio web correspondiente solo al mes de septiembre del corriente año, que aquí la adjunto como anexo en nueve (9) fojas, donde se describe con lujo de detalles las páginas más frecuentemente solicitadas, los archivos más frecuentemente transferidos, y las máquinas y frases de búsqueda más usadas. En solo el mes de septiembre de 2004, el Tomo I fue transferido 459 veces, o el 15% del total de las transferencias, el Tomo IX unas 132 veces, o el 4% del total: y la versión zipeada (consolidada) de la totalidad de los tomos unas 61 veces. Leyendo dichas estadísticas se observará que las organizaciones y los usuarios que están bajando e imprimiendo mi obra son tantos, y es tanta la actividad desplegada medida en gigas, que ya el servidor me ha anunciado que deberé incrementar la cuota anual a abonar por el hosting respectivo. Canon este que debe salir de mi magro salario, tal como salió el pago del diseño de la Página.

II-B). Menoscabo de la existencia de la Obra en sí;

II-B-1) Insuficiente Seguimiento de la Obra de los Investigadores. Detallada Explicación del Contenido de la Obra.

La Obra de historia mencionada en mi Informe 2002/2003, titulada Un Debate Histórico Inconcluso en la América Latina (1600-2000), es pionera por su extensión y contenido, no sólo en el concierto nacional sino incluso en el ámbito internacional, pues cubre cuatro (4) siglos de historia (1600-2000) correspondientes al espacio colonial Peruano y Rioplatense y a la Argentina moderna y contemporánea, y se refiere a aspectos culturales, políticos, sociales y económicos. Su inminente aparición fue anunciada en el Informe el 27 de abril de 2004, y fue efectivamente publicada en la Web el 29 de abril del corriente año, es decir apenas dos (2) días o 48 horas después de haber elevado dicho Informe.

Como al momento de anunciar --en el Informe (2002-2003)-- la aparición de la Obra no pude adelantar con precisión la fecha exacta en que se iba a producir la misma, agregué como prueba de mi anuncio su Índice General. Pero la Comisión alega que con sólo el Índice de la Obra de historia “…resulta imposible identificar las hipótesis que guían tal estudio, sus objetivos y metodología de análisis”. Si bien es muy comprensible que es imposible identificar hipótesis, objetivos y metodología, a partir sólo de un Índice, entendí que una rápida lectura de un previo Informe mío, el correspondiente al período (1999-2000), donde anunciaba y explicaba dicha futura Obra; así como la lectura de los títulos y subtítulos de los catorce tomos; mas el artículo publicado en Archivos Analíticos de Políticas Educativas (Arizona State University, v.12, n.6); y la inminente aparición de mi Página web, era material de sobra suficiente para que se aprobara el Informe y se me promoviera en la carrera.

El Índice aludido corresponde a una Obra de historia que comprende mas de un millar de apartados, un centenar de capítulos, unas tres mil páginas, e innumerables tablas, gráficos, apéndices, cuadros, listados e imágenes, distribuidos en catorce (14) tomos, gran parte de ellos fundados en documentación original extraída de archivos y bibliotecas nacionales y extranjeras, en realidad un centro virtual de información historiográfica con todo el efecto multiplicador y el valor agregado que la divulgación a escala global significa.

Sus catorce tomos comprenden: en el tomo I analizamos la cultura como espacio de lucha o las fracturas simbólicas, literarias, pedagógicas, comunicacionales y científicas, y su incidencia en la estructura de los estados colonial y nacional (Siglos XVIII, XIX y XX) (compuesto de once [11] capítulos); en el tomo II estudiamos la política estamental, corporativa y fraudulenta como ámbito de disputas o las crisis políticas en los orígenes de la revolución de independencia y del colapso del aristocratismo republicano (compuesto de ocho [8] capítulos); en el tomo III investigamos las hegemonías en el Río de la Plata colonial y moderno o los siglos de conflictos, guerras y acuerdos políticos (1580-1880) (compuesto de ocho [8] capítulos); en el tomo IV indagamos la crisis política en la Argentina moderna o una década de lucha republicana (1880-1890) (compuesto de seis [6] capítulos); en el tomo V examinamos la política acuerdista como campo de disputa o dos décadas de combate republicano en la Argentina pos-revolucionaria (1890-1912) (compuesto de cinco [5] capítulos); en el tomo VI consideramos el apogeo y crisis de la Argentina contemporánea o el siglo de lucha democrática (1912-1999) (compuesto de cinco [5] capítulos); en el tomo VII exploramos la burocracia civil como espacio de combate faccioso (Cabildos y Justicia).(compuesto de catorce [14] capítulos); en el tomo VIII analizamos la Iglesia como lugar de contienda en los mundos colonial y nacional (compuesto de siete [7] capítulos); en el tomo IX estudiamos la milicia como campo de lucha en las estructuras políticas colonial y nacional (compuesto de ocho [8] capítulos); en el tomo X investigamos la esfera social y las fracturas étnicas, estamentales y sanguíneas (compuesto de diez [10] capítulos); en el tomo XI indagamos el comercio y la banca como ámbitos de conflicto de los mundos colonial y nacional o la inmigración y el capital comercial (Siglos XVII, XVIII y XIX) (compuesto de diez [10] capítulos); en el tomo XII analizamos la economía minera como rubro conflictivo del mundo colonial (Siglos XVII y XVIII) (compuesto de seis [6] capítulos); en el tomo XIII analizo la economía agraria como sede conflictiva de los mundos colonial y nacional (Siglos XVII, XVIII y XIX) (compuesto de seis [6] capítulos); y en el tomo XIV incorporamos una Conclusión General y una Bibliografía General.

Del centenar de capítulos, la mitad corresponden a trabajos que fueron publicados en forma de artículos, en lengua española e inglesa, y uno en forma de libro (publicado por el Centro Editor de América Latina), a lo largo de dos (2) décadas, en diferentes revistas y editoriales del país y del mundo, y que oportunamente fueron parte de ocho (8) diferentes y sucesivos Informes que fueron elevados al CONICET en esos años. Las diferentes revistas donde mis artículos se hallan publicados, fueron sucesivamente, y en algunos casos en dos diferentes contribuciones, las siguientes: Hispanic American Historical Review (Albuquerque, Nueva Mexico); Revista de Historia de América (México: Instituto Panamericano de Geografía e Historia); Journal of Church and State (Waco, Texas), Jahrbuch für Geschichte von Staat Wirtschafts und Gesellschaft Lateinamerikas (Colonia, Alemania Federal); Revista de Historia de América (México: Instituto Panamericano de Geografía e Historia); Historiografía y Bibliografía Americanistas (Sevilla: Escuela de Estudios Hispanoamericanos); Anuario de Estudios Americanos (Sevilla: Escuela de Estudios Hispanoamericanos); HISLA, Revista Latinoamericana de Historia Económica y Social (Lima, Perú); History of Agriculture (West Bengal, India); Historia (Santiago de Chile: Pontificia Universidad Católica de Chile); Revista Paraguaya de Sociología (Asunción del Paraguay: Centro Paraguayo de Estudios Sociológicos); Estudos Ibero-Americanos (Porto Alegre: Universidade Catolica); ANDES, Antropología e Historia (Salta: CEPIHA y Facultad de Humanidades, Universidad Nacional de Salta); Revista de Historia Económica (Madrid: Centro de Estudios Constitucionales); Ibero-Americana, Nordic Journal of Latin American Studies (Stockholm: Nordic Association for Research on Latin America); Colonial Latin American Historical Review (Albuquerque, New Mexico: Spanish Colonial Research Center); Historia y Cultura (La Paz: Edit Don Bosco); Estudios de Historia Social y Económica de América (Alcalá de Henares, Madrid: Departamento de Historia de América de la Universidad de Alcalá de Henares); Revista Complutense de Historia de América (Madrid: Universidad Complutense de Madrid); Folia Histórica del Nordeste (Resistencia, Chaco); Boletín de Historia y Geografía (Santiago de Chile: Universidad Católica Blas Cañas); Cuadernos de Historia (Santiago de Chile: Universidad de Chile); Revista Europea de Estudios Latinoamericanos y del Caribe/ European Review of Latin American and Caribbean Studies (Amsterdam: Centro de Estudios y Documentación Latinoamericanos); Estudios Sociales. Revista Universitaria Semestral (Santa Fé, Argentina); The Americas. A Quarterly Review of Inter American Cultural History (West Bethesda, Maryland); Revista de Historia del Derecho "Ricardo Levene" ((Buenos Aires: Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales "Ambrosio L. Gioja"); Dimensión Histórica de Chile (Santiago de Chile: Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación); Boletín de Historia y Geografía (Santiago de Chile: Instituto Profesional de Estudios Superiores Blas Cañas); DATA. Revista de Estudios Andinos y Amazónicos (La Paz: Revista del Instituto de Estudios Andinos y Amazónicos); Anuario de Historia de la Educación (San Juan, Argentina: Sociedad Argentina de Historia de la Educación, Universidad Nacional de San Juan, Departamento de Educación), Historia y Cultura (La Paz: Universidad Mayor de San Andrés); Anuario del Archivo Nacional de Bolivia (Sucre, Bolivia); e Investigaciones y Ensayos (Buenos Aires: Academia Nacional de la Historia). Asimismo, publiqué una Guía Electrónica sobre Historia Mundial, titulada A Unitary Process of Big-World History. A Transcendental and Constructivist Perspective in History, publicada en inglés en el World History Center (WHC) de la Northeastern University, http://www.whc.neu.edu/whc/research/workingpapers/cover.htm.

Por todo ello, entendía que seguramente se iba a dar crédito a mi palabra acerca de mi obra en curso, y de su publicación en un nuevo y original soporte como es la Web (lo que aconteció tres meses antes del Dictamen del CONICET), pues el libro y el medio centenar de artículos originales publicados en revistas del país y del extranjero, fueron reseñados en numerosas revistas y en el Historical Abstracts, y fueron registrados en una veintena de casos en el Handbook of Latin American Studies, que depende del Congreso de USA. La otra mitad del centenar de capítulos de la Obra está constituida por trabajos que nunca fueron publicados ni presentados en Informe alguno, y de los cuales cinco (5) capítulos correspondientes al primer tomo (el quinto, el séptimo, el octavo, el noveno y el décimo), los tres primeros detallados al final del acápite C-2, fueron redactados en el último bienio, siendo el noveno el capítulo que fue publicado el 4 de febrero de 2004 por la revista Archivos Analíticos de Políticas Educativas (Arizona State University, v.12, n.6).

Suponía entonces en mi último Informe reglamentario que los pares que iban a evaluar mi trabajo conocían dichos ocho (8) Informes previos, en especial el Informe correspondiente al período (1999-2000), donde se alude a mi próxima obra con objetivos, hipótesis y métodos; así como conocían la existencia de ese medio centenar de publicaciones, o que en su defecto la Sra. Rosa Losito, Gerente de Evaluación del CONICET, llevaba un seguimiento permanente de la obra de cada investigador, y de la producción de los mismos en la web, que en mi caso particular venía bosquejando y preanunciando una unidad que finalmente se concretó sólo dos (2) días o 48 horas después de haber presentado el Informe 2002/2003. La Obra en cuestión comprende gran parte de mi vida académica, desde que la inicié relevando documentación colonial en los archivos del país en los huérfanos y aciagos años de la Dictadura de los Bastones Largos (1966), combinando la investigación con la defensa militante de la democracia y la universidad pública, accionar que me provocó expulsiones, persecuciones, cárceles y simulacro de secuestro, hasta que la culminé hace pocos meses, y que aún hoy sigo mejorando, ampliando y traduciendo, totalizando casi cuarenta (40) años de trabajo; desempeñados con una dedicación absolutamente exclusiva, con apenas un corto subsidio de UBACYT, y sin licencias, sabático, contratos de asesoría-consultoría ni convenio de transferencia tecnológica alguno.

II-B-2) Desacuerdo con la Estimación del Grado de Avance de la Investigación.

La Comisión Asesora considera que “…se torna imposible determinar qué grado de avance tiene la labor desarrollada en el último bienio [2002-2003]”. Sin embargo, dicho grado de avance no es imposible verificarlo y por el contrario se comprueba fehacientemente si se revisa el artículo publicado en febrero de 2004 en la revista Archivos Analíticos de Políticas Educativas (Arizona State University, v.12, n.6), y se confirma el esfuerzo que significó integrarlo con otros trabajos inéditos en el seno del tomo I de la Obra (capítulos 5, 7, 8 y 10 que detallo en el último párrafo del acápite II-C-2). Esta última construcción cibernética, identificada como la Obra, también implicó en dicho período (2002-2003) un supremo esfuerzo, pues durante el transcurso del mismo y simultáneamente con la selección del diseñador gráfico, tuve que organizar los índices y la bibliografía de cada tomo y el índice general así como la bibliografía general de la obra, que integra el tomo catorce; redactar las introducciones y las conclusiones de cada uno de los trece tomos y sus respectivos abstracts; las palabras claves y los abstracts correspondientes a cada uno de los ciento quince capítulos; identificar y seleccionar las imágenes para la portada de cada uno de dichos tomos; organizar y localizar un numeroso conjunto de enlaces o links; y escribir una introducción, un prólogo, una presentación y una conclusión que articulara los catorce tomos.

II-B-3) Anacronismo en la Objeción del Futuro Plan de Tareas.

La Comisión Asesora objeta “…que la obra en cuestión es la misma que enuncia en el título de su [futuro] plan de tareas”. Esta objeción es plenamente razonable dentro del contexto de una aproximación pre-digital. Pero en la nueva dimensión digital, esta crítica es anacrónica, pues toda obra puesta en la web es perfectible a un grado inimaginable, pudiendo agregar, eliminar y modificar títulos, capítulos, índices, bibliografías y en general todo el contenido de una obra. Quiero explicar con este réplica que esta obra no es el producto de un par de años de trabajo ni algo que recién se iniciaba para ser rendido en un Informe periódico, sino el trabajo de toda una vida, que fue anunciado en el Informe precedente del período (1999-2000) pero que se interrumpió en ocasión de la redacción de la Guía de Historia Mundial; ni tampoco algo que estaba terminado y no era susceptible de seguir siendo mejorado, tal como lo anuncié explícitamente en mi futuro Plan de Tareas.

II-B-4) Inexacta Opinión sobre Objetivos, Hipótesis y Metodologías.

La Obra de historia, existente en la web, cuenta con los capítulos introductorios correspondientes, donde me explayo abundantemente sobre estados de la cuestión, objetivos, hipótesis y metodologías. Y cada tomo y cada capítulo cuenta a su vez con los respectivos objetivos, hipótesis y metodologías. En la introducción general sostengo que para la articulación de los diferentes niveles desarrollados en la Obra (cultural, político, social y económico), debí incursionar en numerosas lecturas de orden filosófico y epistemológico, y terminar conjeturando con Francis Fukuyama y otros autores que los cambios en el primer nivel, el de la ideología o la política (tomos 2, 3, 4, 5, y 6), precipitan cambios en el segundo nivel, el de las instituciones civiles, sociales y económicas (tomos 7, 8 y 9, 10, 11, 12, y 13), y los cambios en el tercer nivel --el de la sociedad civil o tercer espacio existente entre el mercado y el estado (tomo 10)-- han dependido por su lentitud en un grado aún desconocido de las intensidades y características peculiares del último nivel desarrollado por mi investigación, el cuarto nivel o nivel de la cultura (tomo 1). Son estos cambios e influencias recíprocas los que han de merecer de ahora en mas mis intereses científicos y académicos.

II-C) Irracional Cuestionamiento del Vínculo entre Artículo y Obra;

II-C-1) Omisión del CONICET de pedir Información Adicional (art.33, inc. C, del Estatuto)

En cuanto al extenso artículo que escribí en el bienio 2002/2003, y que publiqué el 4 de febrero de 2004, en el volumen 12, n.6, de la revista electrónica y bilingüe Archivos Analíticos de Políticas Educativas (AAPE) [una revista con referato publicada por la Arizona State University (EEUU)], en 90 páginas y con 207 notas --titulado “Prebendarismo y faccionalismo en la institucionalización del conocimiento: el caso de la investigación y la docencia argentinas (1989-2003)” http://epaa.asu.edu/epaa/v12n6/-- la Comisión Asesora alega con cierto reconocimiento que se trata de un “…cuestionador acercamiento a la realidad educativa y científica del país con variados comentarios en torno a personajes e instituciones que formularon la estructura institucional argentina”. Más luego, con una mezcla de elogio y vacilación la Comisión aclara que “…se acepten o no tales comentarios”, y sin perjuicio de tratarse de una “inserción valiosa”, dicha contribución está “…aparentemente alejada del plan de investigación previsto”.

La Comisión Asesora confirma esta vacilación y agrega con un sesgo de recelo y desestimación que la “…ausencia de referencias impide afirmar si el artículo antes analizado forma parte de esta obra o es resultado de un interés adicional”. Si tanta era entonces la duda acerca de la “ausencia de referencias”, me pregunto ¿porqué la Comisión Asesora no hizo uso de las atribuciones que le confiere el art. 33 inciso c) del Estatuto de la Carrera del Investigador, el cual le otorga a las autoridades “…el derecho de solicitar un informe fuera de los plazos estipulados cuando razones justificadas así lo hicieren necesario”? ¿No consideraba la Comisión Asesora una “razón justificada” las dudas que existían acerca de si dicho artículo pertenecía o no a la Obra mencionada en el Informe principal y se hiciera así necesario recabar un Informe suplementario que aclarara aquellas dudas previo al acto calificatorio de NO ACEPTABLE? Es decir, el Directorio del CONICET consumó el acto administrativo de calificar como NO ACEPTABLE mi Informe sin haber agotado previamente las instancias que le confieren sus propios Estatutos ni haber recabado todos los antecedentes que le exige la Ley de Procedimientos Administrativos, lo cual envuelve a la motivación de la Resolución de una connotación de irracionalidad y de esterilidad. La omisión de pedido de un Informe Adicional dejó sin posibilidad de defensa mi trabajo. Ese sólo hecho implica la ausencia del debido procedimiento (art.18 de la CN).

Con respecto al interrogante de la Comisión Asesora que inquisitivamente indaga si mi artículo “…es resultado de un interés adicional”, cabría repreguntar a la Comisión ¿qué debe entenderse por “adicional”? ¿Se trata de algo meramente supletorio o complementario, un añadido meramente fortuito producto del azar? ¿Acaso el conocimiento científico y la dinámica de sus instituciones transcurridos en Argentina en el período neo-liberal (1989-2001) no es susceptible de ser investigado por un historiador? En ese caso, debo señalar a la Comisión que al incursionar mi artículo en una aproximación crítica a la investigación y la docencia, que es una dimensión fundamental de la cultura donde se dirime el campo del poder y el campo intelectual en su esfera de la representación; se convirtió en la clave de bóveda de mi Obra y el verdadero disparador del primer tomo. Describir minuciosamente la estructura de poder del medio científico y universitario argentino, actual y contemporáneo, me dio la clave para analizar retrospectivamente el drama histórico nacional, que no debe tener sólo una explicación económica, social o política, sino que debe poseer necesariamente una interpretación cultural, pues son la crisis y el colapso cultural los que nos habrían desmoronado y anarquizado y llevado a la situación de decadencia moral y material que al presente padecemos.

En conclusión, no cabe duda alguna que mi artículo integra definitivamente la Obra mencionada, y más específicamente, corresponde exactamente al capítulo noveno del primer tomo, y es a su vez el producto empírico de una larga lucha reivindicativa contra la corrupción académica, que inicié en la década del 80, epistolar y públicamente debatida en la Lista de Discusión Pol-Cien, y divulgada en numerosos foros electrónicos tales como Cambio Cultural, Correo de la Diáspora, Foro del Manifiesto, Argentina Indymedia, etc, que cualquiera puede encontrar digitando mi nombre y apellido en el buscador Google. Cabe agregar finalmente que en sólo ocho (8) meses de circulación en la web, dicho artículo lleva casi dos millares de visitas, y ha sido linkeado por diversas instituciones, entre ellas la Biblioteca Virtual Cervantes, la Biblioteca Digital de la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI); e indexado por el Current Index to Journals in Education, por la Social Science Research Network Electronic Library (SSRN), por el Instituto Internacional para la Educación Superior en América Latina (IESALC), y por el Instituto Internacional de Gobernabilidad (IIG).

II-C-2) Desconocimiento de la Íntima Vinculación entre Artículo y Obra.

En cuanto a la vinculación entre este artículo y la Obra puesta en la Web, el Directorio y los miembros de la Comisión Asesora deben recordar que en el Índice de dicha Obra el título del primer tomo reza: “La cultura como espacio de lucha. Las fracturas simbólicas, religiosas, literarias, pedagógicas, comunicacionales y científicas, y su incidencia en la estructura de los estados colonial y nacional (Siglos XVIII, XIX y XX)”, lo cual al mencionar las prácticas científicas y al aludir al siglo XX refiere directamente al contenido del artículo de marras.

En ese sentido, dicho artículo está íntimamente referido a una temática que les concierne a los organismos de ciencia, pues trata la estructura de poder de las instituciones científicas públicas; la red espúrea de trafico de influencias; y más específicamente desarrolla sub-tópicos tales como: 1) la subordinación a la que están sujetas las instituciones de ciencia por parte de la denominada Agencia Nacional de Promoción Científico Tecnológica (ANPCYT), dependiente de la SECYT; 2) la colonización en la que se hallan sumidas por la recíproca connivencia con la estructura de poder clientelar, corporativa, patriarcal, escalafonaria y prebendaria de las universidades públicas (Juntas Departamentales, Consejos Directivos y Consejos Superiores); y 3) la anárquica urdimbre de densas redes de certificación o evaluación y acreditación educativa, pública y privada; de subsidios de investigación, contratos de asesoría-consultoría, y de convenios de transferencia tecnológica, todo lo cual revela la total ausencia de una verdadera política científica de estado, transparente, independiente y democrática.

Este extenso artículo, en realidad casi un libro, también está referido a otros capítulos del citado Tomo I, de la Obra existente desde hace seis meses en la web, para cuya redacción me fue necesario deconstruir hacia el pasado más remoto los orígenes y las raíces de esta estructura de poder, y volver nuevamente hacia el presente, en un doble viaje de ida y de vuelta, que desnuda los orígenes históricos de la triple disociación entre el poder y el saber, entre la ciencia y la investigación, y entre la investigación y la docencia, que diferentes escuelas de pensamiento concuerdan en atribuir a previas estructuras culturales, tales como: 1) la sumisión en la estratificación geopolítica y socio-tecnológica del conocimiento; 2) el conocimiento institucionalizado excluyente; 3) el fraccionamiento de los poderes educativos y académicos; 4) la crónica conversión del conocimiento en ocupaciones rentables y en profesiones liberales; 5) el imperialismo cultural; y 6) otras patologías convergentes como la endogamia, el prebendarismo, el faccionalismo, el patrimonialismo, y el elitismo.

Específicamente, dicho artículo remite a cinco diferentes capítulos del citado tomo I, que salvo el del capítulo 6 los desarrollé dentro del bienio 2003-2004: al capítulo 5, titulado “Organización de la Cultura Nacional (1800-1930). Un Siglo de Lucha y Modernización”; al capítulo 6, titulado “La Educación como espacio de lucha política. Los Rectorados y las cátedras de los Colegios Nacionales en las provincias Argentinas” (publicado en el Anuario de Historia de la Educación [San Juan, Argentina: Sociedad Argentina de Historia de la Educación, Universidad Nacional de San Juan, Departamento de Educación], n.1, 1996-97,); al capítulo 7, titulado “Las comunicaciones como campo de competencia conflictiva. El caso del periodismo en las provincias de la Argentina decimonónica”; al capítulo 8, titulado “Persistencias, sumisiones y rupturas en la estratificación geopolítica del conocimiento. El caso de la cultura, la investigación y la docencia Rioplatenses (1930-1989)”; y al capítulo 10, titulado “Tragedia, deshonra y profilaxis moral en la cultura Argentina”, cuatro de los cuales fueron redactados en este último bienio.

II-C-3) Restricciones en los Planes de Investigación Propuestos.

La Comisión Asesora sostiene en sus Comentarios, que para que un trabajo presentado en un Informe pueda ser calificado como “aceptable” debe estar previa y necesariamente enunciado en un conciso y detallado plan de investigación”. Sin embargo, la Comisión Asesora acordará conmigo que el curso de una investigación científica está lleno de incertidumbres e incógnitas pues permanentemente surgen nuevas vetas temáticas a explotar, y nuevas formas de interpretar los comportamientos humanos, dado que la investigación científica no es un camino lineal, sino que tiene la mayor parte de las veces numerosos meandros, marchas y contramarchas; y en algunos pocos casos se producen rupturas epistemológicas, que se logran merced al pleno ejercicio de la libertad de investigación, pero que es muy difícil vaticinar con antelación cual huella uno va a ir rastreando en el curso de la misma. Es pues justamente, en el transcurso del 2001, cuando estuve inmerso en la producción de la Guía Electrónica sobre Historia Mundial, titulada A Unitary Process of Big-World History. A Transcendental and Constructivist Perspective in History, que se creó en mi pensamiento una suerte de ruptura epistemológica, identificando a la cultura como una nueva y crucial dimensión a desarrollar en forma independiente, pero como una esfera paralela a las otras esferas, política, social y económica.

II-D) Formación de Recursos Humanos;

II-D-1) Irrazonable Incriminación sobre la Formación de Recursos Humanos.

Los Comentarios que fundamentan la Resolución del Directorio alegan que en el Informe “…no se menciona formación de recursos humanos en ninguna categoría, ni otra actividad académica a las ya enunciadas”. Este juicio –falto de toda razonabilidad-- evidencia primero animosidad hacia mi persona, pues pretende descalificarme; y luego persecución, pues alimenta el estereotipo de la culpabilidad de la víctima, al ignorar o presumir ignorar que mi persona se encuentra involuntaria e injustamente marginada de la docencia superior y de la conducción de los órganos científicos desde hace casi dos décadas, más precisamente desde que en 1986 fui arbitraria e injustamente desplazado de la Dirección del Instituto de Historia Argentina y Americana “Dr. Emilio Ravignani”, por una Comisión Evaluadora de Institutos de la Facultad de Filosofía y Letras de la UBA, integrada por los Dres. Enrique N. Tandeter e Hilda Sábato.

Esta marginación obedece también a que mis impugnaciones a un Jurado de concurso fueron postergadas por mas de un año, para finalmente renunciar sus integrantes, y desde entonces cajonear la convocatoria del mismo; y a que con motivo de la inauguración del Ciclo Básico Común (CBC), en 1986, se eliminó la cátedra de Introducción a la Historia, que mi persona venía detentando interinamente desde 1984. Cabe aclarar, que en mis Informes anteriores, todos ellos aceptados, nunca se me objetó carecer de becarios o tesistas bajo mi dirección. Recurrir judicialmente, como lo hice en una oportunidad con relación a un subsidio de UBACYT, es totalmente inconducente y gravoso, pues en una oportunidad un juez denegó la demanda y debí pagar las costas y los honorarios del abogado de la UBA.

Al haberme marginado injustamente de la docencia y de la dirección de un instituto en la UBA, las autoridades universitarias de entonces me impidieron tener discípulos y la posibilidad de dirigir tesistas --condición a la que siempre estuve y estoy dispuesto-- convirtiéndome en una suerte de paria académico, condición que se propagó incluso al ámbito de las universidades privadas y de las públicas del conurbano. Más aún, habría que añadir que como en la sociedad toda se ha instalado una cultura del poder donde “lo que no está en la pantalla no existe” y donde no tiene cabida aquel que inocentemente revela que “El Rey está desnudo”, no sólo son pocos o más bien ninguno los estudiantes o graduados que se arriesgan a elegir como director de beca o de tesis a un investigador o docente que no integra la mediática pléyade de bestsellers o que saben que no pertenece a los círculos dominantes, sino que también los propios colegas toman distancia y evitan invitarlo a las Mesas de Trabajo de los Congresos o evaluarle sus manuscritos en las revistas que editan. Debo asimismo señalar que dicha marginación se extiende también a escala internacional, pues para la publicación de mi último artículo en Archivos Analíticos de Políticas Educativas (AAPE, v.12, n.6) tuve que recusar al evaluador asignado debido a su activa sociedad con un académico local.

Lo llamativo del caso es que la Comisión Asesora que tan negativamente califica mi contribución a la formación de recursos humanos no haya requerido informes a la Facultad donde presuntamente el suscripto revistó como docente, investigador y director de instituto, ni tampoco demandó aquellos antecedentes vinculados con la previa actuación de la propia Comisión en litigios o sumarios análogos (ver caso Enrique Noé Tandeter en oportunidad de la publicación de su libro sobre “LA MINERIA DE LA PLATA EN EL POTOSI COLONIAL”), que la Gerente Rosa Losito necesariamente debería haber consultado e investigado, y mediante el cual podría haber llegado a otras conclusiones. Pero lo increíble del caso fue que esta marginación se extendió al propio CONICET, pues éste tampoco me requirió colaboración alguna en materia de asesoramientos o dictámenes en relación con sus becarios, a pesar de revistar en la categoría de Investigador Independiente. La marginación también se propagó a otras instituciones públicas, tales como la CONEAU y la Agencia o ANPCYT, que nunca me invitaron a integrar sus respectivos bancos de expertos evaluadores.

Como constancia de mi involuntaria marginación, recientemente el Consejo Superior de la UBA, ocho (8) años después de haberme presentado formalmente a un concurso en la Facultad de Ciencias Sociales, para una cátedra de Historia Latinoamericana del Departamento de Sociología (1996), se dignó formarme un Jurado, pues dicha cátedra venía siendo ilegítimamente detentada. Como se supondrá, pedí explicaciones por la inaudita y ultrajante demora, por Carta Documento y en Mesa de Entradas, tanto al actual Decano de Ciencias Sociales como al actual Rector de la UBA, sin haber logrado hasta el presente llamado telefónico ni respuesta alguna. Consultar: http://boards2.melodysoft.com/app?ID=manifiestto&msg=1457

II-E) Concordancia entre Labor y Categoría.

II-E-1) Falta de Concordancia entre la Labor y la Categoría.

En cuanto a la afirmación de la Comisión Asesora de que “…la labor desarrollada no aparece acorde con su categoría dentro de la carrera de investigación”, sin querer pecar de falsa modestia, entiendo que he sido postergado en mi carrera, y que desde hace tiempo merezco con creces el ascenso a la categoría de Investigador Principal.

II-F) Transparencia y Opinión

II-F-1) Falta de Transparencia Administrativa y Opinión Pública.

Dada la gravedad del caso, y el precedente que sienta, y considerando que el Directorio del CONICET comunicó su Resolución sólo a las Gerencias de Desarrollo Científico y Tecnológico, de Gestión Operativa, y de Evaluación y Acreditación, a la Asesoría Legal, y a la Unidad de Auditoria Interna, se acordará conmigo que por la exigencia de transparencia y controlabilidad, el respeto que se merece la opinión pública científica y universitaria, y la necesidad de fortalecer la escala de valores y la justicia en nuestros medios académicos, la Resolución, el Dictamen y el presente recurso deben darse a conocer a todos los colegas a través de la prensa y los foros correspondientes, e incorporarse en la propia Página Web ignorada.

III.- DERECHO

III-A.- Derecho. Agotamiento de las Instancias.

Al momento de una evaluación y previo a una Resolución administrativa que lesione derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional, la doctrina jurídica y la jurisprudencia han acordado que debe actuarse bajo la vigencia de los valores de independencia, objetividad, equidad o buena fe, e imparcialidad o neutralidad (Dworkin, 1997).

Dentro del imperio de estos valores, se supone que previo a cualquier Resolución las autoridades administrativas --fundadas en el debido proceso garantizado por el art.18 de la Constitución Nacional y por la Ley 19.549 del Régimen de Procedimientos Administrativos— deben en forma razonable:

a) recabar todos los elementos existentes referidos al caso en cuestión (antecedentes, datos, documentos e informes);

b) requerir todos los testimonios a las instituciones involucradas donde el evaluado revistó como docente y funcionario científico o aspiró a la docencia (ver sección II-D-1);

c) agotar todas las instancias y no prescindir de los procedimientos que sus propios Estatutos establecen y brindan (art.33, inc. c, del Estatuto de la Carrera del Investigador);

d) escuchar --previo a cualquier Resolución-- los descargos del Investigador en uso de su derecho a la defensa;

y e) solicitar –para pagar tributo a la necesaria coherencia interna-- aquellas referencias vinculadas con la previa actuación de la propia Comisión Asesora en sumarios o litigios análogos (ver caso Enrique N. Tandeter en oportunidad de la publicación de su libro sobre “LA MINERIA DE LA PLATA EN EL POTOSI COLONIAL”, ver sección II-D-1).

De lo contrario, las potestades discrecionales del poder administrador –donde no pueden ni deben existir zonas de inmunidad jurídica ni espacios o áreas “liberadas” o desprovistas de criterios de racionalidad, razonabilidad y proporcionalidad-- se vuelven necesariamente arbitrarias. (ver acápite II.C-1).

III-B. Derecho. Precariedad Argumental

La extrema brevedad del Dictamen en que se funda la Resolución atacada (texto de apenas tres párrafos y media carilla), y la lamentable escasez o precariedad de argumentos y fundamentos legales, jurisprudenciales y académicos, no se corresponden tampoco con la trascendencia de una medida que lesiona libertades y derechos susceptibles de amparo constitucional, y que ataca con absoluta indiferencia la legitimidad de una producción intelectual publicada en un innovador y revolucionario soporte, que honra el mandato del Estatuto de la Carrera del Investigador, en cuyo art. 2, inc. d) establece como objetivo de la Carrera “…fomentar la transferencia de los resultados de la tarea técnico-científica a la sociedad” (ver acápite II-A-1).

III-C. Derecho. Vicios Administrativos.

La particular Resolución denegatoria, fundada en los comentarios de la Comisión Asesora, comprende diferentes vicios de irracionalidad, irrazonabilidad y desproporcionalidad o desigualdad. Al irracional cuestionamiento del artículo por mi publicado el 4 febrero de 2004 e incorporado en dicho Informe (ver sección II-C-2); al desproporcionado y desigual procedimiento administrativo con que fue producida la Resolución --a sólo cinco (5) días de haber despachado favorablemente el Informe correspondiente al período anterior (2001-2002) (ver sección II-A-1)-- donde se precipitaron los plazos y no se tomaron los recaudos acostumbrados en estos casos, debemos sumar los vicios procesales con que la Comisión Asesora desechó con indiferencia la necesaria y obligada consulta del sitio electrónico en que se encuentra mi Página web (ver sección II-B-1), que al no agotar los recursos técnicos (electrónicos) y humanos disponibles en el propio CONICET han atentado también contra los criterios de eficiencia o eficacia administrativa, que supone el hecho de publicar obras académicas mediante pioneros e innovadores soportes electrónicos.

III-D. Derecho. Libertad de Investigación.

El Dictamen de la Comisión de Historia y Antropología –sobre el cual se funda la Resolución del Directorio-- insinúa que para que un artículo impreso pueda ser calificado como “aceptable” debe estar previa y necesariamente enunciado en un conciso y detallado plan de investigación, y no puede alejarse del mismo ni ser el resultado de un “interés adicional”. Esta dudosa insinuación del Dictamen atenta contra el libre pensamiento de un investigador científico, violando las garantías protegidas por el artículo 14 de la Constitución Nacional, que reza que todos los habitantes de la Nación gozan del derecho de enseñar y aprender, y de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; e igualmente vulnera el art. 27, inciso b) del Estatuto de la Carrera de Investigador, o Ley 20.464, que garantiza el derecho de los investigadores a “…desarrollar sus investigaciones en el clima de libertad académica creativa”, y vuelve también a dicha Resolución administrativa susceptible de ser caracterizada como arbitraria o ilegítima, y como tal declarada nula de nulidad insanable. (ver acápite II-C-3).

IV.- PETITORIO.

En razón de lo expuesto, al Sr. Presidente del CONICET solicito:

A) Tenga por interpuesto el recurso de reconsideración contra la Resolución No. 1672 del 24/9/04, en legal tiempo y forma; y en subsidio el de Alzada por ante el superior.

B) Por debidamente fundados los hechos en que se basa y el derecho que me asiste; y dar a este recurso el carácter de Informe complementario, de acuerdo al art.33, inc. c) del Estatuto de la Carrera del Investigador.

C) Oportunamente haga lugar a la Reconsideración impetrada, deje sin efecto la Resolución atacada, y ordene la constitución de una nueva Comisión Alterna integrada por investigadores de las categorías principal y superior del CONICET para que evalúe mi Informe de modo imparcial y emita un nuevo Dictamen.

Para el caso que no se dé lugar a mi solicitud pido se eleven estas actuaciones por alzada al Sr. Ministro de Educación de la Nación; dejo reservado el Caso Federal (Ley 48); e informo que apelaré a todos aquellos Foros internacionales que estén centrados en la defensa de los derechos humanos y el progreso de la ciencia. Se adjunta a la presente las Estadísticas proporcionadas por el Servidor de la Página web referida.

Conceder este recurso, SERÁ JUSTICIA

Eduardo R. Saguier
http://www.er-saguier.org

Alejo Basualdo Moine
Abogado C.S.J.N To. 11 Fo.724

Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología
Secretaria de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva
CONICET

Buenos Aires, 24 de septiembre de 2004-10-14

Visto el Expediente No. 3987/04 del registro de este Consejo Nacional, y

Considerando:

Que en él se tramita la calificación del informe reglamentario período 2002/2003 presentado por el Dr. Saguier, Eduardo Ricardo clase Independiente de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico.

Que la calificación de la labor desarrollada por el Dr. Saguier en ese período es considerada por la Comisión Asesora de Historia, Antropología y Geografía NO ACEPTABLE.

Que la presente decisión fue acordada en la reunión de Directorio del 21 y 22 de septiembre de 2004.

Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos No. 1661/96, 879/01, 1256/03, 563/04 y Res. D. No. 346/02 y 671/04.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS RESUELVE:

ARTICULO 1º. Declarase “NO ACEPTABLE” el informe de la labor cumplida en el periodo 2002/2003 por el Dr. Saguier, Eduardo Ricardo (LE 4.394.928).

ARTICULO 2º. Regístrese, comuníquese a las Gerencias de Desarrollo Científico y Tecnológico, de Gestión Operativa, de Evaluación y Acreditación, a la Asesoría Legal, a la Unidad de Auditoria Interna y al interesado cumplido archívese.

Dr. Eduardo H. Charreau
Presidente

RESOLUCION D.N.o. 1672

CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS

GERENCIA DE EVALUACION Y ACREDITACION

Comentarios en relación al Informe: El investigador informa que, a lo largo del período, ha desarrollado sus tareas en el marco del proyecto “Continuación en el perfeccionamiento de la página web con dominio propio que incluye una obra completa compuesta por catorce tomos y mas de un centenar de capítulos”. Presenta como producción, un artículo, publicado en la revista electrónica Archivos analíticos de Políticas Educativas, referido a “Prebendarismo y faccionalismo en la institucionalización del conocimiento: el caso de la investigación y la docencia argentinas (1989-2003)”. En dicho artículo, analiza los mecanismos de concentración del poder académico en el país y la formulación de redes clientelares. Asimismo, estudia –entre otros temas—la “triple disociación del poder y el saber, de la ciencia y la investigación y de la investigación y la docencia”. Tal estudio tiene el objetivo de realizar un “balance de las sumisiones y rupturas del sistema cultural y científico educativo argentino reciente”. En términos generales, este artículo parece plantearse como un cuestionador acercamiento a la realidad educativa y científica del país, con variados comentarios en torno a personajes e instituciones que formularon la estructura institucional argentina en los años en cuestión. Se acepten o no tales comentarios, no cabe duda que el Dr. Saguier tuvo la intención de insertarse en la polémica acerca del pael de los organismos y personalidades que formularon la política nacional sobre educación, ciencia y tecnología en la última década, inserción valiosa aunque aparentemente alejada del plan de investigación previsto.

El investigador presenta, como plan de trabajo para el próximo período, el índice de una obra que aparecerá en un sitio electrónico con dominio propio” y a la que titulará Un Debate Histórico Inconcluso en la América Latina (1600-2000). Cuatro siglos de lucha en el espacio colonial rioplatense y en la Argentina moderna y contemporánea. Tal obra –según se indica—estará compuesta por “catorce volúmenes, un centenar de capítulos y un millar de apartados”. Cabe advertir que dicho índice es la única referencia que contiene el plan de trabajo, razón por la cual resulta imposible identificar las hipótesis que guían tal estudio, sus objetivos y metodologías de análisis. De igual manera, se torna imposible determinar que grado de avance tiene la labor desarrollada en el último bienio, entendiendo que la obra en cuestión es la misma que enuncia en el título de su plan de tareas, idéntica ausencia de referencias impide afirmar si el artículo antes analizado forma parte de esta obra o es resultado de un interés adicional.

En el informe no se menciona formación de recursos humanos en ninguna categoría, ni otra actividad académica adicional a las ya enunciadas.

Esta Comisión Asesora considera, en definitiva, que la labor desarrollada por el investigador independiente Dr. Eduardo Saguier durante el período 2002-2003 no parece acorde a su categoría dentro de la carrera de investigador del CONICET, razón por la cual aconseja calificar su informe como NO ACEPTABLE.

Observaciones para transmitir: Se recomienda el dictamen al investigador.

Miembros presentes: Presidente Dr. Eduardo E. Berberian

Vicepresidente: Dra. María Silvia Ospital

Dr. Joaquín Roberto Bárcena
Lic. Crsitina Bellelli
Dr. Daniel E. Campi
Dr. Francisco Carnese
Dra. Mabel N. Cernadas
Dr. Edgardo Cordeu
Dra. María Rosa Cozzani
Dr. Gerardo Mario De Jong
Dra. Ana Inés Ferreira
Dr. Ariel Omar Guiance
Dr. Darñio Macor
Dra. María Graciela Méndez
Dra. Lidia Nacuzzi
Dra. Mónica Salemme
Dra. Alejandra Siffredi
Dra. Nidia S. Tadeo
Dr. Hugo Yacobaccio
Dra. Mabel A. Grimberg
Dr. Héctor B. Líate
Dra. Silvia B. Lázaro
*Dr. Héctor H. Trinchero

Fecha de la Reunión: 06/08/2004

Frima del Presidente Dr. Eduardo E. Berberian



Asunto: 
Aparente Evaluacion Arbitraria del CONICET
Autor: 
Eduardo R. Saguier
Fecha: 
Mar, 2004-10-26 07:34

-----Original Message-----
From: ajsolari [mailto:ajsolari@mail.retina.ar]
Sent: Domingo, 24 de Octubre de 2004 05:47 p.m.
To: Dr. Luis A. Quesada-Allue
Subject: Aparente evaluacion arbitraria del CONICET

Estimado Luis Quesada:

Te adjunto un archivo sobre el rechazo de informe de Saguier en el Conicet, en el cual la comision asesora dice que escribió un paper que se desvió del tema de investigacion propuesto. Da la casualidad que yo tuve la oportunidad de leer ese capítulo ("Prebendarismo..etc" ) y me pareció un buen aporte de mucha documentación sobre aspectos poco transparentes de politica cientifica durante las ultimas decadas. Si bien puede estarse o no de acuerdo con algunas afirmaciones y con el tono polémico, a mi juicio no puede desecharse el valor de compilación documental y juicio crítico de ese paper. Mas todavía, personalmente me gustaría ver muchas más revisiones críticas de este tema, sobre el cual lo unico que hay son las farragosas propagandas de los oficialismos de turno, Planes Anuales, Trienales o Quinquenales (?) de C&T desde 1989 en adelante.

En razón de que personalmente, sin ser especialista, creo que la evaluación está mal hecha, te pido si puedes poner esta opinión mía en POL-CIEN.

Saludos

Profesor Dr Alberto J. Solari
CIR- Biologia Celular II, F. Medicina,
Paraguay 2155. (1121) Buenos Aires, ARGENTINA
ajso...@mail.retina.ar

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Asunto: 
Discriminación, Prevaricato y Falsedad Ideologica en el CONICET
Autor: 
Eduardo R. Saguier
Fecha: 
Mié, 2004-11-10 12:44

Sr. Presidente del Instituto Nacional contra la Discriminación (INADI)
Ing. Enrique Oteiza
25 de Mayo 145, piso 8º.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
CP (C1002ABC)

Ref.: Discriminación, Enemistad, Colaboracionismo, Prevaricato y Falsedad Ideológica en el CONICET.

De mi consideración:

Eduardo R. Saguier, Investigador Independiente del CONICET, DNI no. 4.394.928, con domicilio real en Juan Francisco Seguí 3955, 2º piso, Dpto. E, Capital, al Sr. Presidente del INADI digo:

I.- OBJETO.

El 6 de Octubre del corriente año fui notificado de la Resolución del CONICET No.1672/04, y del Dictamen de su Comisión Asesora de Historia y Antropología (Área de Humanidades y Ciencias Sociales) del 6 de agosto ppdo., por el cual se declara mi Informe Reglamentario bianual 2002/03 como “NO ACEPTABLE”. Para tomar conciencia de qué significa un Informe rechazado, es preciso saber que en el CONICET la existencia de dos Informes consecutivos rechazados son motivo suficiente para la automática exclusión de la institución.

Analizando dichos documentos he tomado también conciencia de la existencia en dicho Dictamen de una voluntad discriminadora --por opiniones vertidas en materia de política científica-- y de los presuntos delitos de prevaricato y falsedad ideológica. La voluntad discriminadora se evidencia por ser el único o casi el único Investigador de Carrera cuyo Informe fue rechazado en el curso de este año por dicha Comisión de Historia y Antropología. El prevaricato se comprueba por la previa existencia de un sumario instruido a partir de la denuncia sobre las asesorías y consultorías del CONICET (Exp. No.003361/02), donde se me citó a declarar y tuve oportunidad de ratificar mis dichos y hacer mías las acusaciones del ex Presidente del CONICET Dr. Enrico Stefani (en su renuncia pública al cargo) acerca de la existencia de un tráfico de influencias entre los Directores de Institutos del CONICET y las Comisiones Asesoras de Becas e Ingreso a Carrera y la Junta de Calificaciones. Asimismo, comprobé que los integrantes del Directorio Investigadores Superiores Ing. Mario Domingo Barletta y Dra. Noemí Girbal de Blacha, están jurídicamente inhabilitados para intervenir en cualquier conflicto donde el suscripto estuviere involucrado.

En virtud de estos graves hechos, me dirijo a Vd. a los efectos de revelar la presunta existencia del delito de falsedad ideológica y de un discurso oculto de represalias y discriminaciones por opiniones vertidas en materia de política científica (Pol-Cien, 24-VII-2002), o más específicamente de un complot de funcionarios conjurados, ex colaboracionistas del Proceso y del Menemato, presumiblemente destinado a ocultar irregularidades e ilícitos, a amedrentar y escarmentar las opiniones críticas, y a disciplinar o domesticar la planta de investigadores del CONICET, una verdadera secuela autoritaria heredada de dicho Proceso y potenciada por los Regímenes Neoliberales, todo lo cual configuraría por analogía el delito de prevaricato. Estas circunstancias delictivas han engendrado en el ambiente científico un clima de miedo generalizado abonado con oportunismos, colaboracionismos, corporativismos y prebendarismos de toda laya, que deberíamos combatir de raiz si habremos de construir un sistema científico moderno, progresista y democrático.

Amén de la voluntad discriminadora para con opiniones vertidas en materia de política científica y de los presuntos delitos de prevaricato y falsedad ideológica, la presencia en el Directorio del ex Rector de la Universidad Nacional del Litoral Ing. Mario Domingo Barletta y de la Dra. Noemí Girbal de Blacha, que decidió declarar No Aceptable mi Informe 2002/03, vuelve la Resolución No.1672/04 nula de nulidad absoluta. Dicho Directorio, por estar integrado por el Ing. Barletta y la Dra. Girbal, se hallaba jurídicamente inhabilitado para suscribir una Resolución donde el suscripto se halla involucrado, en virtud de existir animosidad o enemistad manifiesta, que se corrobora por la existencia de una denuncia ante la Oficina Anti-Corrupción contra la Universidad Nacional del Litoral (UNL), de un sumario administrativo instruido a propósito de una denuncia contra el CONICET sobre Asesorías y Consultorías (Exp. No.003361/02), y de una controversia periodística y electrónica públicamente conocida, donde se ventiló un presunto colaboracionismo académico con la Dictadura Procesista.

Dicha controversia aconteció en la Lista de Discusión Electrónico Pol-Cien del mes de Julio de 2002, en la sección de Carta de Lectores del diario Página 12, de igual fecha; y en la revista electrónica Archivos Analíticos de Políticas Educativas (Arizona State University, v.12, n.6), de febrero de 2004. Esta controversia se confirma mas luego por el recuerdo de eventos ocurridos en fechas muy anteriores (fueron públicamente notorios a través de las prensa diaria) que deben haber engendrado en el caso de la Dra. Girbal dicho resentimiento, y que ratifican la inhabilitación o excusación alegada (se acompaña como Prueba Instrumental diversos recortes de periódicos), para lo cual vengo a denunciar en el INADI la existencia de una discriminación a raiz de opiniones críticas emitidas públicamente en materia de política científica.

II.- HECHOS.

II-A.- MENOSCABO de la EXISTENCIA de la OBRA ELECTRÓNICA.
II-B.- IRRACIONAL CUESTIONAMIENTO del VÍNCULO entre ARTÍCULO y OBRA.
II-C.- IRRAZONABLE INCRIMINACION sobre la FORMACIÓN de RECURSOS HUMANOS.
II-D.- FALSEDAD IDEOLÓGICA del DICTAMEN.
II-E.- COLABORACIONISMO ACADÉMICO con INSTITUCIONES vinculadas a las DICTADURAS.
II-F.- OPORTUNISMO TRANSGRESOR con INSTITUCIONES que MALVERSARON CAUDALES PÚBLICOS durante el PROCESO GENOCIDA.
II-G.- OPORTUNISMO CORPORATIVO con la DICTADURA PROCESISTA.
II-H.- CORPORATIVISMO ENDÓGENO y REFERATOS PRIVILEGIADOS.
II-I.- PROSELITISMO ACADÉMICO IMPOSTOR.
II-J.- PREBENDARISMO ENCUBIERTO durante la DEMOCRACIA.
II-K.- FACCIONALISMO CULTURAL y DISCURSO OCULTO de REPRESALIAS.
II-L.- CORPORATIVISMO CLIENTELAR y ASCENSOS VERTIGINOSOS de parte de la JUNTA de CALIFICACIONES.

II-A. MENOSCABO de la EXISTENCIA de la OBRA ELECTRÓNICA;

II-A-1. Detallada Explicación del Contenido de la Obra.

La Obra de historia mencionada en mi Informe 2002/2003, titulada Un Debate Histórico Inconcluso en la América Latina (1600-2000), es pionera por su extensión y contenido, no sólo en el concierto nacional sino incluso en el ámbito internacional, pues cubre cuatro (4) siglos de historia (1600-2000) correspondientes al espacio colonial Peruano y Rioplatense y a la Argentina moderna y contemporánea, y se refiere a aspectos culturales, políticos, sociales y económicos. Su inminente aparición fue anunciada en el Informe el 27 de abril de 2004, y fue efectivamente publicada en la Web el 29 de abril del corriente año, es decir apenas dos (2) días o 48 horas después de haber elevado dicho Informe.

Como al momento de anunciar --en el Informe (2002-2003)-- la aparición de la Obra no pude adelantar con precisión la fecha exacta en que se iba a producir la misma, agregué como prueba de mi anuncio su Índice General. Pero la Comisión alega que con sólo el Índice de la Obra de historia “…resulta imposible identificar las hipótesis que guían tal estudio, sus objetivos y metodología de análisis”. Entendí entonces que una rápida lectura de un previo Informe mío, el correspondiente al período (1999-2000), donde anunciaba y explicaba dicha futura Obra; así como la lectura de los títulos y subtítulos de los catorce tomos; mas el artículo publicado en Archivos Analíticos de Políticas Educativas (Arizona State University, v.12, n.6, de Febrero de 2004); y la inminente aparición de mi Página web, donde podrían fácilmente identificar las hipótesis, los objetivos y la metodología de análisis de dicha Obra era material de sobra suficiente para que se aprobara el Informe y se me promoviera en la carrera.

El Índice aludido corresponde a una Obra de historia que comprende mas de un millar de apartados, un centenar de capítulos, unas tres mil páginas, e innumerables tablas, gráficos, apéndices, cuadros, listados e imágenes, distribuidos en catorce (14) tomos, gran parte de ellos fundados en documentación original extraída de archivos y bibliotecas nacionales y extranjeras, en realidad un centro virtual de información historiográfica con todo el efecto multiplicador y el valor agregado que la divulgación a escala global significa.

Sus catorce tomos comprenden: en el tomo I analizo la cultura como espacio de lucha o las fracturas simbólicas, literarias, pedagógicas, comunicacionales y científicas, y su incidencia en la estructura de los estados colonial y nacional (Siglos XVIII, XIX y XX) (compuesto de once [11] capítulos); en el tomo II estudio la política estamental, corporativa y fraudulenta como ámbito de disputas o las crisis políticas en los orígenes de la revolución de independencia y del colapso del aristocratismo republicano (compuesto de ocho [8] capítulos); en el tomo III investigo las hegemonías en el Río de la Plata colonial y moderno o los siglos de conflictos, guerras y acuerdos políticos (1580-1880) (compuesto de ocho [8] capítulos); en el tomo IV indago la crisis política en la Argentina moderna o una década de lucha republicana (1880-1890) (compuesto de seis [6] capítulos); en el tomo V examino la política acuerdista como campo de disputa o dos décadas de combate republicano en la Argentina pos-revolucionaria (1890-1912) (compuesto de cinco [5] capítulos); en el tomo VI considero el apogeo y crisis de la Argentina contemporánea o el siglo de lucha democrática (1912-1999) (compuesto de cinco [5] capítulos); en el tomo VII exploro la burocracia civil como espacio de combate faccioso (Cabildos y Justicia).(compuesto de catorce [14] capítulos); en el tomo VIII analizo la Iglesia como lugar de contienda en los mundos colonial y nacional (compuesto de siete [7] capítulos); en el tomo IX estudio la milicia como campo de lucha en las estructuras políticas colonial y nacional (compuesto de ocho [8] capítulos); en el tomo X investigo la esfera social y las fracturas étnicas, estamentales y sanguíneas (compuesto de diez [10] capítulos); en el tomo XI indago el comercio y la banca como ámbitos de conflicto de los mundos colonial y nacional o la inmigración y el capital comercial (Siglos XVII, XVIII y XIX) (compuesto de diez [10] capítulos); en el tomo XII analizo la economía minera como rubro conflictivo del mundo colonial (Siglos XVII y XVIII) (compuesto de seis [6] capítulos); en el tomo XIII imdago la economía agraria como sede conflictiva de los mundos colonial y nacional (Siglos XVII, XVIII y XIX) (compuesto de seis [6] capítulos); y en el tomo XIV incorporo una Conclusión General y una Bibliografía General.

Del centenar de capítulos, la mitad corresponden a trabajos que fueron publicados en forma de artículos, en lengua española e inglesa, y uno en forma de libro (publicado por el Centro Editor de América Latina), a lo largo de dos (2) décadas, en diferentes revistas y editoriales del país y del mundo, y que oportunamente fueron parte de ocho (8) diferentes y sucesivos Informes que fueron elevados al CONICET en esos años. Las diferentes revistas donde mis artículos se hallan publicados, fueron sucesivamente, y en algunos casos en dos diferentes contribuciones, las siguientes: Hispanic American Historical Review (Albuquerque, Nueva Mexico); Revista de Historia de América (México: Instituto Panamericano de Geografía e Historia); Journal of Church and State (Waco, Texas), Jahrbuch für Geschichte von Staat Wirtschafts und Gesellschaft Lateinamerikas (Colonia, Alemania Federal); Revista de Historia de América (México: Instituto Panamericano de Geografía e Historia); Historiografía y Bibliografía Americanistas (Sevilla: Escuela de Estudios Hispanoamericanos); Anuario de Estudios Americanos (Sevilla: Escuela de Estudios Hispanoamericanos); HISLA, Revista Latinoamericana de Historia Económica y Social (Lima, Perú); History of Agriculture (West Bengal, India); Historia (Santiago de Chile: Pontificia Universidad Católica de Chile); Revista Paraguaya de Sociología (Asunción del Paraguay: Centro Paraguayo de Estudios Sociológicos); Estudos Ibero-Americanos (Porto Alegre: Universidade Catolica); ANDES, Antropología e Historia (Salta: CEPIHA y Facultad de Humanidades, Universidad Nacional de Salta); Revista de Historia Económica (Madrid: Centro de Estudios Constitucionales); Ibero-Americana, Nordic Journal of Latin American Studies (Stockholm: Nordic Association for Research on Latin America); Colonial Latin American Historical Review (Albuquerque, New Mexico: Spanish Colonial Research Center); Historia y Cultura (La Paz: Edit Don Bosco); Estudios de Historia Social y Económica de América (Alcalá de Henares, Madrid: Departamento de Historia de América de la Universidad de Alcalá de Henares); Revista Complutense de Historia de América (Madrid: Universidad Complutense de Madrid); Folia Histórica del Nordeste (Resistencia, Chaco); Boletín de Historia y Geografía (Santiago de Chile: Universidad Católica Blas Cañas); Cuadernos de Historia (Santiago de Chile: Universidad de Chile); Revista Europea de Estudios Latinoamericanos y del Caribe/ European Review of Latin American and Caribbean Studies (Amsterdam: Centro de Estudios y Documentación Latinoamericanos); Estudios Sociales. Revista Universitaria Semestral (Santa Fé, Argentina); The Americas. A Quarterly Review of Inter American Cultural History (West Bethesda, Maryland); Revista de Historia del Derecho "Ricardo Levene" ((Buenos Aires: Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales "Ambrosio L. Gioja"); Dimensión Histórica de Chile (Santiago de Chile: Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación); Boletín de Historia y Geografía (Santiago de Chile: Instituto Profesional de Estudios Superiores Blas Cañas); DATA. Revista de Estudios Andinos y Amazónicos (La Paz: Revista del Instituto de Estudios Andinos y Amazónicos); Anuario de Historia de la Educación (San Juan, Argentina: Sociedad Argentina de Historia de la Educación, Universidad Nacional de San Juan, Departamento de Educación), Historia y Cultura (La Paz: Universidad Mayor de San Andrés); Anuario del Archivo Nacional de Bolivia (Sucre, Bolivia); e Investigaciones y Ensayos (Buenos Aires: Academia Nacional de la Historia). Asimismo, publiqué una Guía Electrónica sobre Historia Mundial, titulada A Unitary Process of Big-World History. A Transcendental and Constructivist Perspective in History, publicada en inglés en el World History Center (WHC) de la Northeastern University, http://www.whc.neu.edu/whc/research/workingpapers/cover.htm.

Por todo ello, entendía que seguramente se iba a dar crédito a mi palabra acerca de mi obra en curso, y de su publicación en un nuevo y original soporte como es la Web (lo que aconteció tres meses antes del Dictamen del CONICET), pues el libro y el medio centenar de artículos originales publicados en revistas del país y del extranjero, fueron reseñados en numerosas revistas y en el Historical Abstracts, y fueron registrados en una veintena de casos en el Handbook of Latin American Studies, que depende del Congreso de USA. La otra mitad del centenar de capítulos de la Obra está constituida por trabajos que nunca fueron publicados ni presentados en Informe alguno, y de los cuales cinco (5) capítulos correspondientes al primer tomo (el quinto, el séptimo, el octavo, el noveno y el décimo), los tres primeros detallados al final del acápite II-B-2, fueron redactados en el último bienio, siendo el noveno el capítulo que fue publicado el 4 de febrero de 2004 por la revista Archivos Analíticos de Políticas Educativas (Arizona State University, v.12, n.6).

Suponía entonces en mi último Informe reglamentario que los pares que iban a evaluar mi trabajo conocían dichos ocho (8) Informes previos, en especial el Informe correspondiente al período (1999-2000), donde se alude a mi próxima obra con sus objetivos, hipótesis y métodos incluidos; así como conocían la existencia de ese medio centenar de publicaciones, o que en su defecto la Sra. Rosa Losito, Directora de Evaluación del CONICET (dependiente de la Gerente Cynthia Jeppesen) llevaba un seguimiento permanente de la obra de cada investigador, y de la producción de los mismos en la web, que en mi caso particular venía bosquejando y preanunciando una unidad que finalmente se concretó sólo dos (2) días o 48 horas después de haber presentado el Informe 2002/2003. La Obra en cuestión comprende gran parte de mi vida académica, desde que la inicié relevando documentación colonial en los archivos del país en los huérfanos y aciagos años de la Dictadura de los Bastones Largos (1966), combinando la investigación con la defensa militante de la democracia y la universidad pública, accionar que me provocó expulsiones, persecuciones, exilios, cárceles y simulacro de secuestro, hasta que la culminé hace pocos meses, y que aún hoy sigo mejorando, ampliando y traduciendo, totalizando casi cuarenta (40) años de trabajo; desempeñados con una dedicación absolutamente exclusiva, con apenas un corto subsidio de UBACYT, y sin licencias, sabático, contratos de asesoría-consultoría ni participación en convenio de transferencia tecnológica alguno.

II-B. IRRACIONAL CUESTIONAMIENTO del VÍNCULO entre ARTÍCULO y OBRA;

II-B-1. Omisión del CONICET de pedir Información Adicional (art.33, inc. C, del Estatuto)

En cuanto al extenso artículo que escribí en el bienio 2002/2003, y que publiqué el 4 de febrero de 2004, en el volumen 12, n.6, de la revista electrónica y bilingüe Archivos Analíticos de Políticas Educativas (AAPE) [una revista con referato publicada por la Arizona State University (EEUU)], en 90 páginas y con 207 notas --titulado “Prebendarismo y faccionalismo en la institucionalización del conocimiento: el caso de la investigación y la docencia argentinas (1989-2003)” http://epaa.asu.edu/epaa/v12n6/-- la Comisión Asesora alega con cierto reconocimiento que se trata de un “…cuestionador acercamiento a la realidad educativa y científica del país con variados comentarios en torno a personajes e instituciones que formularon la estructura institucional argentina”. Más luego, con una mezcla de elogio y vacilación la Comisión aclara que “…se acepten o no tales comentarios”, y sin perjuicio de tratarse de una “inserción valiosa”, dicha contribución está “…aparentemente alejada del plan de investigación previsto”.

La Comisión Asesora confirma esta vacilación y agrega con un sesgo de recelo y desestimación que la “…ausencia de referencias impide afirmar si el artículo antes analizado forma parte de esta obra o es resultado de un interés adicional”. Si tanta era entonces la duda acerca de la “ausencia de referencias”, me pregunto ¿porqué la Comisión Asesora no hizo uso de las atribuciones que le confiere el art. 33 inciso c) del Estatuto de la Carrera del Investigador, el cual le otorga a las autoridades “…el derecho de solicitar un informe fuera de los plazos estipulados cuando razones justificadas así lo hicieren necesario”? ¿No consideraba la Comisión Asesora una “razón justificada” las dudas que existían acerca de si dicho artículo pertenecía o no a la Obra mencionada en el Informe principal y se hiciera así necesario recabar un Informe suplementario que aclarara aquellas dudas previo al acto calificatorio de NO ACEPTABLE? Es decir, el Directorio del CONICET consumó el acto administrativo de calificar como NO ACEPTABLE mi Informe sin haber agotado previamente las instancias que le confieren sus propios Estatutos ni haber recabado todos los antecedentes que le exige la Ley de Procedimientos Administrativos, lo cual envuelve a la motivación de la Resolución de una connotación de irracionalidad y de esterilidad. La omisión de pedido de un Informe Adicional dejó sin posibilidad de defensa mi trabajo. Ese sólo hecho implica la ausencia del debido procedimiento (art.18 de la CN).

Con respecto al interrogante de la Comisión Asesora que inquisitivamente indaga si mi artículo “…es resultado de un interés adicional”, cabría repreguntar a dicha Comisión ¿qué debe entenderse por “adicional”? ¿Se trata de algo meramente supletorio o complementario, un añadido meramente fortuito producto del azar? ¿Acaso el conocimiento científico y la dinámica de sus instituciones transcurridos en Argentina en el período neo-liberal (1989-2001) no es susceptible de ser investigado por un historiador? En ese caso, debo señalar que al incursionar mi artículo en una aproximación crítica a la investigación y la docencia --que es una dimensión fundamental de la cultura donde se dirime el campo del poder y el campo intelectual en su esfera de la representación-- se convirtió en la clave de bóveda de mi Obra y el verdadero disparador del primer tomo. Describir minuciosamente la estructura de poder del medio científico y universitario argentino, actual y contemporáneo, me dio la clave para analizar retrospectivamente el drama histórico nacional, que no debe tener sólo una explicación económica, social o política, sino que debe poseer necesariamente una interpretación cultural, pues son la crisis y el colapso cultural los que nos habrían desmoronado y anarquizado y llevado a la situación de decadencia moral y material que al presente padecemos.

En conclusión, no cabe duda alguna que mi artículo de Arizona integra definitivamente la Obra mencionada, y más específicamente, corresponde exactamente al capítulo noveno del primer tomo, y es a su vez el producto empírico de una larga lucha reivindicativa contra la corrupción académica, que inicié en la década del 80, epistolar y públicamente debatida en la Lista de Discusión Pol-Cien, y divulgada en numerosos foros electrónicos tales como Cambio Cultural, Correo de la Diáspora, Foro del Manifiesto, Argentina Indymedia, etc, que cualquiera puede encontrar digitando mi nombre y apellido en el buscador Google. Cabe agregar finalmente que en sólo ocho (8) meses de circulación en la web, dicho artículo lleva casi tres millares de visitas, y ha sido linkeado por diversas instituciones, entre ellas la Biblioteca Virtual Cervantes y la Biblioteca Digital de la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI); e indexado por el Current Index to Journals in Education, por la Social Science Research Network Electronic Library (SSRN), por el Instituto Internacional para la Educación Superior en América Latina (IESALC), y por el Instituto Internacional de Gobernabilidad (IIG).

II-B-2. Desconocimiento de la Íntima Vinculación entre Artículo y Obra.

En cuanto a la vinculación entre este artículo y la Obra puesta en la Web, se debe tener en cuenta que en el Índice de dicha Obra el título del primer tomo reza: “La cultura como espacio de lucha. Las fracturas simbólicas, religiosas, literarias, pedagógicas, comunicacionales y científicas, y su incidencia en la estructura de los estados colonial y nacional (Siglos XVIII, XIX y XX)”, lo cual al mencionar las prácticas científicas y al aludir al siglo XX refiere directamente al contenido del artículo de marras.

En ese sentido, dicho artículo está íntimamente referido a una temática que les concierne a los organismos de ciencia, pues trata la estructura de poder de las instituciones científicas públicas; de su deformación en una red espúrea de tráfico de influencias; y más específicamente desarrolla sub-tópicos tales como: 1) la subordinación a la que están sujetas las instituciones de ciencia por parte de la denominada Agencia Nacional de Promoción Científico Tecnológica (ANPCYT), dependiente de la SECYT; 2) la colonización en la que se hallan sumidas por la recíproca connivencia con la estructura de poder clientelar, corporativa, patriarcal, escalafonaria y prebendaria de las universidades públicas (Juntas Departamentales, Consejos Directivos y Consejos Superiores); y 3) la anárquica urdimbre de densas redes de certificación o evaluación y acreditación educativa, pública y privada; de subsidios de investigación, contratos de asesoría-consultoría, y de convenios de transferencia tecnológica, todo lo cual revela la total ausencia de una verdadera política científica de estado, transparente, independiente y democrática.

Este extenso artículo, en realidad casi un libro, también está referido a otros capítulos del citado Tomo I, de la Obra existente desde hace siete meses en la web, para cuya redacción me fue necesario deconstruir hacia el pasado más remoto los orígenes y las raíces de esta estructura de poder, y volver nuevamente hacia el presente, en un doble viaje de ida y de vuelta, que desnuda los orígenes históricos de la triple disociación entre el poder y el saber, entre la ciencia y la investigación, y entre la investigación y la docencia, que diferentes escuelas de pensamiento concuerdan en atribuir a previas estructuras culturales, tales como: 1) la sumisión en la estratificación geopolítica y socio-tecnológica del conocimiento; 2) el conocimiento institucionalizado excluyente; 3) el fraccionamiento de los poderes educativos y académicos; 4) la crónica conversión del conocimiento en ocupaciones rentables y en profesiones liberales; 5) el imperialismo cultural; y 6) otras patologías convergentes como la endogamia, el prebendarismo, el faccionalismo, el patrimonialismo, y el elitismo.

Específicamente, dicho artículo remite a cinco diferentes capítulos del citado tomo I, que salvo el del capítulo 6 los desarrollé dentro del bienio 2003-2004: al capítulo 5, titulado “Organización de la Cultura Nacional (1800-1930). Un Siglo de Lucha y Modernización”; al capítulo 6, titulado “La Educación como espacio de lucha política. Los Rectorados y las cátedras de los Colegios Nacionales en las provincias Argentinas” (publicado en el Anuario de Historia de la Educación [San Juan, Argentina: Sociedad Argentina de Historia de la Educación, Universidad Nacional de San Juan, Departamento de Educación], n.1, 1996-97,); al capítulo 7, titulado “Las comunicaciones como campo de competencia conflictiva. El caso del periodismo en las provincias de la Argentina decimonónica”; al capítulo 8, titulado “Persistencias, sumisiones y rupturas en la estratificación geopolítica del conocimiento. El caso de la cultura, la investigación y la docencia Rioplatenses (1930-1989)”; y al capítulo 10, titulado “Tragedia, deshonra y profilaxis moral en la cultura Argentina”, cuatro de los cuales fueron redactados en este último bienio.

II-B-3. Restricciones en los Planes de Investigación Propuestos.

La Comisión Asesora sostiene en sus Comentarios, que para que un trabajo presentado en un Informe pueda ser calificado como “aceptable” debe estar previa y necesariamente enunciado en un conciso y detallado plan de investigación”. Sin embargo, debe acordarse conmigo que el curso de una investigación científica está lleno de incertidumbres e incógnitas pues permanentemente surgen nuevas vetas temáticas a explotar, y nuevas formas de interpretar los comportamientos humanos, dado que la investigación científica no es un camino lineal, sino que tiene la mayor parte de las veces numerosos meandros, marchas y contramarchas; y en algunos pocos casos se producen rupturas epistemológicas, que se logran merced al pleno ejercicio de la libertad de investigación, pero que es muy difícil vaticinar con antelación cual huella uno va a ir rastreando en el curso de la misma. Es pues justamente, en el transcurso del 2001, cuando estuve inmerso en la producción de la Guía Electrónica sobre Historia Mundial, titulada A Unitary Process of Big-World History. A Transcendental and Constructivist Perspective in History, que se desató en mi discurrir una suerte de ruptura epistemológica, identificando a la cultura como una nueva y crucial dimensión a desarrollar en forma independiente, pero como una esfera paralela a las otras esferas, política, social y económica.

II-C. IRRAZONABLE INCRIMINACION sobre la FORMACIÓN de RECURSOS HUMANOS.

Los Comentarios que fundamentan la Resolución del Directorio alegan que en el Informe “…no se menciona formación de recursos humanos en ninguna categoría, ni otra actividad académica a las ya enunciadas”. Este juicio –falto de toda razonabilidad-- evidencia primero animosidad hacia mi persona, pues pretende descalificarme; y luego una voluntad discriminadora, pues alimenta el estereotipo de la culpabilidad de la víctima, al ignorar o presumir ignorar que mi persona se encuentra involuntaria e injustamente marginada de la docencia superior y de la conducción de los órganos científicos desde hace casi dos décadas, más precisamente desde que en 1986 fui arbitraria e injustamente desplazado de la Dirección del Instituto de Historia Argentina y Americana “Dr. Emilio Ravignani”, por una Comisión Evaluadora de Institutos de la Facultad de Filosofía y Letras de la UBA, integrada por los Dres. Enrique N. Tandeter e Hilda Sábato, la cual cuestionó exclusivamente el Instituto que yo dirigía perdonando a aquellos otros Institutos dirigidos por conspícuos Procesistas.

Esta marginación obedece también a que mis impugnaciones a un Jurado de concurso fueron postergadas por mas de un año, para finalmente renunciar sus integrantes (José Carlos Chiaramonte y Gregorio Weimberg), y desde entonces cajonear la convocatoria del mismo; y a que con motivo de la inauguración del Ciclo Básico Común (CBC), en 1986, se eliminó la cátedra de Introducción a la Historia, que mi persona venía detentando interinamente desde 1984. Cabe aclarar, que en mis Informes anteriores, todos ellos aceptados, nunca se me objetó carecer de becarios o tesistas bajo mi dirección. Recurrir judicialmente, como lo hice en una oportunidad con relación a un subsidio de UBACYT, es totalmente inconducente y gravoso, pues en una oportunidad un juez denegó la demanda y debí pagar las costas y los honorarios del abogado de la UBA.

Al haberme marginado injustamente de la docencia y de la dirección de un instituto en la UBA, las autoridades universitarias de entonces me impidieron tener discípulos y la posibilidad de dirigir tesistas --condición a la que siempre estuve y estoy dispuesto-- convirtiéndome en una suerte de paria o descastado académico, condición que se propagó incluso al ámbito de las universidades privadas y de las públicas del conurbano. Más aún, habría que añadir que como en la sociedad toda se ha instalado una cultura del poder donde “lo que no está en la pantalla no existe” y donde no tiene cabida aquel que inocentemente revela que “El Rey está desnudo”, no sólo son pocos o más bien ninguno los estudiantes o graduados que se arriesgan a elegir como director de beca o de tesis a un investigador o docente que no integra la mediática pléyade de bestsellers o que saben que no pertenece a los círculos dominantes, sino que también los propios colegas toman distancia y evitan invitarlo a las Mesas de Trabajo de los Congresos o evaluarle sus manuscritos en las revistas que editan. Debo asimismo señalar que dicha marginación se extiende también a escala internacional, pues para la publicación de mi último artículo en Archivos Analíticos de Políticas Educativas (AAPE, v.12, n.6) tuve que recusar al evaluador asignado debido a su activa sociedad con un académico local.

Lo llamativo del caso es que la Comisión Asesora que tan negativamente califica mi contribución a la formación de recursos humanos no haya requerido informes a la Facultad donde presuntamente el suscripto revistó como docente, investigador y director de instituto, ni tampoco demandó aquellos antecedentes vinculados con la previa actuación de la propia Comisión en litigios o sumarios análogos (ver caso Enrique Noé Tandeter en oportunidad de la publicación de su libro sobre “LA MINERIA DE LA PLATA EN EL POTOSI COLONIAL”), que la Gerente Rosa Losito necesariamente debería haber consultado e investigado, y mediante el cual podría haber llegado a otras conclusiones. Pero lo increíble del caso fue que esta marginación se extendió al propio CONICET, pues éste tampoco me requirió colaboración alguna en materia de asesoramientos o dictámenes en relación con sus becarios, a pesar de revistar en la categoría de Investigador Independiente. La marginación también se propagó a otras instituciones públicas, tales como la CONEAU y la Agencia o ANPCYT, que nunca me invitaron a integrar sus respectivos bancos de expertos evaluadores.

Como constancia de mi involuntaria marginación, recientemente el Consejo Superior de la UBA, ocho (8) años después de haberme presentado formalmente a un concurso en la Facultad de Ciencias Sociales, para una cátedra de Historia Latinoamericana del Departamento de Sociología (1996), se dignó formarme un Jurado, pues dicha cátedra venía siendo ilegítimamente detentada. Como se supondrá, pedí explicaciones por la inaudita y ultrajante demora, por Carta Documento y en Mesa de Entradas, tanto al actual Decano de Ciencias Sociales como al actual Rector de la UBA, sin haber logrado hasta el presente llamado telefónico ni respuesta alguna. Consultar: http://boards2.melodysoft.com/app?ID=manifiestto&msg=1457

II-D.- FALSEDAD IDEOLÓGICA del DICTAMEN

Cuando el 6 de agosto de 2004 los miembros de la Comisión Asesora de Historia y Antropología evaluaron mi Informe 2002/03, la Obra en él anunciada ya estaba en la web desde hacia más de tres (3) meses, y estaba siendo notificada y divulgada electrónicamente por diversas instituciones y foros. A mediados del mes de Mayo fue divulgada por la Lista de Discusión de Política Científica, titulada Pol-Cien, a todos los investigadores del CONICET; y por el Equipo NAyA (Noticias de Antropología y Arqueología, galardonada por Yahoo con un Premio Internacional) a todos los arqueólogos y antropólogos dos meses después de aparecida y más de un mes previo a la fecha del Dictamen denegatorio, el sábado 26 de Junio a las 15.40 horas. También fue divulgada por H-LATAM (Foro internacional para la discusión académica de la historia latinoamericana, administrado por Hnet, una organización internacional interdisciplinaria), tres meses después y dos semanas antes del Dictamen, el 22 de Julio, a los académicos y profesores del mundo dedicados al desarrollo del potencial educativo de Internet; y por el Foro de Noticias del Instituto de Historia “Emilio Ravignani” denominado Clío, el 23 de Julio, a todos los historiadores locales, días en los cuales de acuerdo al contador del servidor se produjeron los records de visitas en mi sitio electrónico (105 visitas el 22 de Julio).

Los diferentes organismos y las mismas comisiones del propio CONICET (entre ellos la Sra. Rosa Losito, Directora de Evaluación y Acreditación), también están suscriptos a estos Foros y Listas de Discusión, pues mi persona comunicó en el mes de Junio por correo electrónico la existencia de mi Página web al Consejo Argentino de Información Científica y Técnica (CAICYT), que depende del CONICET, con la frustrada aspiración de que fuera incluida como link. Las informaciones o reportes de estos Foros y Listas de Discusión electrónica puede que hayan sido archivadas por dicho CAICYT o en su defecto por las Comisiones, las cuales deben operar como una suerte de Boletín Oficial con todo el poder comunicacional, el patrón legitimador, y el seguimiento permanente del trabajo de los investigadores que ello debiera significar, muy superior a la impronta que pudiera ofrecer una notificación personal fuera de término, presentada en Mesa de Entradas, procedimiento por otro lado inhibido por los artículos 30, inciso f) y 33 inciso c) del Estatuto de la Carrera de Investigador del CONICET, o Ley No. 20.464, pues el Estatuto reserva dicha potestad sólo al requerimiento discrecional del CONICET.

Dichas notificaciones no pudieron haber escapado al conocimiento de la totalidad de los veinticuatro (24) miembros de la Comisión Asesora, a la Directora de Evaluación Sra. Rosa Losito, y a la propia Gerente Cynthia Jeppesen. Más específicamente, la notificación producida por el Equipo NAyA no le pudo pasar inadvertida al Presidente de la Comisión Dr. Eduardo E. Berberian ni al Dr. Francisco Raúl Carnese, pues ambos figuran como Asesores Científicos de dicho Equipo NAyA; y tampoco a sus miembros Cristina Bellelli, Lidia R. Nacuzzi y Roberto Bárcena, pues los tres son antiguos miembros de dicho Equipo. En cuanto a los otros miembros de la Comisión firmantes del despacho cuestionado, tales como los historiadores María Silvia Ospital, Daniel Campi, Mabel Cernadas de Bulnes, Ana Inés Ferreyra, Ariel Omar Guiance, Darío Macor, Nidia S. Tadeo, y Silvia B. Lázzaro, tampoco pueden alegar desconocimiento, pues están suscriptos a los foros Clío y H-LATAM.

Es decir, para cuando los miembros de la Comisión Asesora se reunieron para firmar el despacho aquí cuestionado, que ocurrió el 6 de agosto del corriente año, la Directora de Evaluación Rosa Losito debió haber recibido la información de dichos Foros y Listas de Discusión; y los trece (13) miembros mencionados, o el 60% de un total de veinticuatro (24) miembros, necesaria y personalmente debían conocer desde hacía más de un mes de la existencia de la Página web del suscripto, y pese a ello con una indiferencia y una celeridad sin precedentes (pues suelen tomarse casi un año para evaluarlos) declararon que “…resulta imposible identificar las hipótesis que guían tal estudio, sus objetivos y metodologías de análisis”, así como “…imposible determinar qué grado de avance tiene la labor desarrollada en el último bienio”, por lo que calificaron a dicho Informe como “No Aceptable”.

Al alegar falta de conocimiento de la existencia de mi Obra electrónica, de sus “hipótesis, objetivos y metodologías”, y de su “grado de avance”, los integrantes de la Comisión Asesora del CONICET habrían incurrido en el delito encuadrado bajo la figura de la falsedad ideológica, castigado por los artículos 292 y 293 del Código Penal con prisión de un mes a seis años, por lo que de comprobarse el ilícito se debería producir de oficio la nulidad automática de todo lo actuado en sede administrativa. Probar este tipo de delito significa tener que construir la prueba que acredita la comisión del ilícito. Esto último se lograría si se prueba en forma fehaciente que alguna autoridad del CONICET conocía mi Página desde antes del 6 de Agosto. Es decir habría que confirmar si los organismos del CONICET y/o los integrantes de la Comisión Asesora de Historia y Antropología están suscriptos a los sitios electrónicos Pol-Cien, NAyA, H-LATAM y Clio, a los efectos de detectar si efectivamente estaban o no al tanto de la existencia de dicha Página Web.

II-E.-COLABORACIONISMO ACADÉMICO con INSTITUCIONES VINCULADAS a las DICTADURAS.

El miembro del Directorio del CONICET Dra. Noemí Girbal de Blacha fue una asidua beneficiaria de organismos e instituciones vinculados a las diversas dictaduras que asolaron nuestro país, valiéndose de los mismos para prosperar en su rauda carrera académica, y cuyos pormenores paso a detallar:

1.- La Dra. Girbal de Blacha comenzó su carrera colaborando con el Prof. Horacio Juan Cuccorese en la Universidad Nacional de La Plata, durante la Dictadura de la autodenominada Revolución Argentina (1966-72), publicando sus primeros trabajos en la revista Trabajos y Comunicaciones, perteneciente a dicha Universidad. A diferencia de la Universidad de Buenos Aires, en la Universidad Nacional de La Plata el cuerpo docente no renunció con motivo de la Noche de los Bastones Largos, permaneciendo en sus cargos ininterrumpidamente. Más luego, cuando con el Lopezreguismo y el Proceso se desató nuevamente la represión dicha Universidad de La Plata fue la Universidad que más sufrió el embate genocida y donde pese a ello muchos otros docentes permanecieron también en sus cargos.

2.- La Dra. Girbal lleva publicados medio centenar de artículos, de los cuales una veintena o la tercera parte fueron publicados por la Academia Nacional de la Historia, ocho (8) de los mismos en separatas de Congresos de Historia patrocinados por dicha Academia (1977, 1979, 1981, 1982, 1996), dos en su propio Boletín (1989), y siete en su publicación anual titulada Investigaciones y Ensayos (1977, 1979, 1986, 1987, 1991, 1994, 2000). Las cuatro primeras ponencias y los dos primeros artículos fueron publicados en oportunidad en que la Academia colaboraba asidua y públicamente en el emperifollado mediático de la Dictadura.

3.- La Dra. Girbal fue galardonada por dicha Academia en plena dictadura (1976), en su Concurso de Obras Inéditas --donde revistaban como jurados los Dres. José M. Mariluz Urquijo y Daisy Rípodas Ardanaz de Mariluz Urquijo-- con un 2º. Premio, por su tesis doctoral aprobada en la Universidad Nacional de La Plata en 1972, titulada “Historia de la Agricultura Argentina a fines del siglo XIX”.

4.- Diez años después, en 1982, su tesis doctoral fue publicada por la Fundación para la Educación, la Ciencia y la Cultura (FECIC), institución judicialmente incriminada en el Fuero Contencioso Administrativo por malversación de caudales públicos, y donde también revistaban como miembros integrantes los dos académicos anteriormente citados.

5.- Cuando la mayoría de los colegas de nuestra generación sobrevivíamos en el exilio interior o exterior, la Dra. Girbal revistaba ininterrumpidamente en el CONICET, primero como Becaria y luego como Investigadora, y en la carrera docente en la Universidad Nacional de La Plata (UNLP). Asimismo, dicha doctora fue incorporada a la Academia Nacional de la Historia como miembro correspondiente en 1989; ingresó en la Universidad Nacional de Quilmes (UNQ) donde acaba de publicar un libro sobre el Peronismo y donde coordina su Editorial e integra el Consejo Editorial de la Revista Theomai (Universidad Nacional de Quilmes); y dirige el Centro de Estudios Histórico-Rurales (CEHR) de la Universidad Nacional de La Plata (en co-dirección con la Prof. Silvia B. Lázzaro, actual miembro de la Comisión Asesora de Historia y Antropología), desde donde a su vez conduce la revista Mundo Agrario.

6.- La Dra. Girbal fue elegida en el 2001, a los 53 años de edad, por los Investigadores de Carrera del CONICET como miembro del Directorio, en representación del Área de Ciencias Humanas y Sociales, una de las cinco (5) áreas en que esta distribuido el conocimiento en el CONICET, y desde donde coordina entre otras la Comisión de Historia y Antropología, alcanzando por ese sólo motivo el ascenso a la jerarquía máxima de Investigadora Superior del CONICET.

7.- Una vez consagrada como miembro del Directorio del CONICET dicha Dra. Girbal se agravió en Carta de Lectores de Página 12, del 23 de Julio de 2002, por las penurias de los Investigadores y la parálisis de varios Institutos del CONICET.

8.- El día siguiente, 24 de Julio, a las 9.22 AM, contesté por intermedio de Pol-Cien, que “…la Dra. Girbal, ex Investigadora durante el Proceso del Instituto Bibliográfico “Antonio Zinny”, (IBIZI) se agravia en Carta de Lectores del 23 de Julio de 2002, por no poder financiar sus publicaciones y sus viáticos para asistir a congresos científicos, cuando a todos los investigadores nos consta que el daño más cruel que en la era cibernética se nos puede infligir no es la falta de impresión de nuestras obras (que debiera ser exclusiva responsabilidad de editores públicos o privados, nacionales o extranjeros), o la incomunicación física con el resto del mundo, sino esencialmente la incomunicación electrónica a la cual nos vemos sometidos por la negligencia e indiferencias dolosas de este Directorio”.

9.- El día posterior, 25 de Julio, la Dra. Girbal envió a Pol-Cien un breve desmentido, aclarando que nunca perteneció al Instituto Bibliográfico “Antonio Zinny” (IBIZI);

10.- El día subsiguiente, 26 de Julio, contesté en Pol-Cien, que la identificación de la Dra. Girbal con el Instituto Bibliográfico “Antonio Zinny” (IBIZI) “…proviene de una publicación oficial de dicho Instituto (Réplica al Informe de la Comisión Evaluadora del CONICET, Buenos Aires, 1986, pp.30-31), donde se revelan las actividades en las que participó la Dra. Girbal, colaboraciones que dicha profesora nunca pudo desmentir [artículo publicado en su revista Historiografía Rioplatense, n.1, 1978, 57-74, bajo el título “Saladeros y frigoríficos 1880-1885”]”. Esta colaboración revelaba su identificación con un Instituto de activa participación durante el Proceso --al extremo de haberse beneficiado con considerables subsidios que le permitieron adquirir un extenso inmueble que al presente sigue detentando.

II-F.- OPORTUNISMO TRANSGRESOR con INSTITUCIONES que MALVERSARON CAUDALES PÚBLICOS durante el PROCESO GENOCIDA.

Numerosos académicos publicaron sus obras a través de Fundaciones que resultaron finalmente acusadas de malversar caudales públicos. En una de esas Fundaciones, la Fundación FECIC, que había sido fundada en 1972 por el Investigador neurobiólogo Dr. Juan Humberto Tramezzani, publicó su tesis doctoral en plena dictadura (1982) la Dra. Girbal de Blacha.

La FECIC estuvo integrada entre otros muchos investigadores por Ricardo Bruera, Juan Llerena Amadeo, Ángel Molero, Jorge Brieux, Álvaro Gimeno y diversos miembros activos de la Armada Nacional; fue subsidiada durante el Proceso fundamentalmente con fondos del CONICET y también con fondos del Instituto Nacional del Crédito Educativo (INCE); tiene sede en la calle Moreno 429/33 de esta Capital; y en 1984 fue sumariada e incriminada judicialmente en el Fuero Contencioso Administrativo, conjuntamente con otras instituciones supuestamente científicas (FADES, dirigido por la familia Brie; SENOC, dirigido por Mario Califano; OIKOS, dirigido por Patricio Randle; APRODECE, con sede en Rosario y vinculado a Ricardo Bruera; FUNDANORD, con sede en Resistencia y dirigido por Ernesto Maeder), por malversación de caudales públicos (Informe sobre Investigaciones de Hechos Ocurridos en el CONICET, período 1976-1983, pp.73-82). Finalmente, dichas instituciones resultaron en 1990 paradójicamente sobreseídas por la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo.

Llama entonces poderosamente la atención que la Dra. Girbal haya aceptado en 1982 publicar su tesis doctoral en dicha Fundación FECIC, pese a las notorias sospechas que existían en la opinión pública académica y universitaria de la época. Es legítimo entonces deducir que el haber publicado su tesis doctoral en una institución sospechada de cometer delitos de orden público --aún cuando luego fuera extrañamente sobreseída-- supone para quien incurre en dicha falta de escrúpulos cierto grado de identificación política con la misma.

II-G.- OPORTUNISMO CORPORATIVO con la DICTADURA PROCESISTA.

Cuando a mediados de la década del 80, conjuntamente con otros colegas, acusamos a la Academia Nacional de la Historia por su complicidad con el Proceso, nos ganamos la animosidad de un sinnúmero de académicos y aspirantes a académicos, entre ellos la Dra. Girbal de Blacha. En ocasión en que la Dra. Girbal era premiada por la Academia Nacional de la Historia y publicaba su primera media docena de trabajos en la revista del Instituto Bibliográfico “Antonio Zinny” (IBIZI) y en las publicaciones de dicha Academia, y su primer libro era editado por la Fundación para la Educación, la Ciencia y la Cultura (FECIC), la Academia emitía en mayo de 1980 --a pedido del entonces Ministro de Educación e integrante del FECIC Dr. Juan Llerena Amadeo-- un dictamen acerca de cómo debe ser la enseñanza de la historia en la educación argentina (La Nación, 4 de Junio de 1980), y simultáneamente le ofrecía tribuna pública a diferentes personajes de la Dictadura, a saber:

a) al Comandante en Jefe de la Armada Almirante Eduardo Emilio Massera, para inaugurar una exposición histórica en su propia sede central (IX-1977);

b) al Ministro del Interior Gral. Albano Harguindeguy para pronunciar el discurso inaugural del Congreso Nacional de la Historia de la Conquista del Desierto celebrado en Gral. Roca (Río Negro) en Noviembre de 1979;

y c) al Intendente Municipal Brigadier Osvaldo Cacciatore, para presidir la inauguración del VI Congreso Internacional de Historia de América (13 de octubre de 1980).

No conformes con estas comprometedoras invitaciones, la Mesa Directiva de la Academia Nacional de la Historia, su Presidente Enrique Barba y numerosos académicos de número decidieron visitar en persona en octubre de 1980 al Presidente de facto Gral. Jorge Rafael Videla, con la excusa de acompañar a los invitados extranjeros pertenecientes a distintas Academias Nacionales de Historia del continente, besamanos profusamente publicitado por la prensa diaria. Todos estos acontecimientos fueron públicamente denunciados por el que suscribe y otros muchos colegas a su retorno del exilio en diferentes oportunidades (La Nación, Domingo 4 de agosto de 1985; Clarín, Sábado 17 de agosto de 1985; y La Razón, miércoles 14 de agosto de 1985).
Por último, la animosidad de las autoridades del CONICET hacia el suscripto y su consiguiente discriminación habrían aparecido a raíz de la publicación de mi artículo en la revista electrónica Archivos Analíticos de Políticas Educativas (Arizona State University, v.12, n.6, de febrero de 2004); y habrían culminado por manifestarse con la Resolución del Directorio firmada en Septiembre pasado.

II-H.- CORPORATIVISMO ENDÓGENO y REFERATOS PRIVILEGIADOS.

Estos datos históricos, institucionales y personales, revelan –más allá de la evaluación del contenido de su obra-- que dicha Doctora Girbal de Blacha se ha beneficiado desaforadamente, para la publicación de su tesis doctoral y sus otros trabajos científicos, con el privilegiado referato y el preferencial patrocinio de instituciones públicas nacionales, tales como el CONICET (a través de la Fundación FECIC), y la propia Academia Nacional de la Historia, institución esta última que ha venido practicando en forma desembozada e impune una combinación de corporativismo autocentrado o endógeno y de colaboracionismo autoritario, durante las sucesivas dictaduras y los consecutivos regímenes neoliberales (EPAA, v.12, n.6). La manipulación del CONICET, a través de los subsidios con que fue dotada la Fundación FECIC, y mediante los cuales fue publicada la tesis de la Dra. Girbal, violó palmariamente el principio de igualdad ante la ley.

Revertir estas oprobiosas realidades debería ser responsabilidad de una política cultural --de las Secretarías de Cultura y de Ciencia y Técnica de la Nación-- que se proponga movilizar la inteligencia y fomentar la conformación de transparentes redes intelectuales a escala nacional y continental. Sin embargo, el Ing. Torcuato Di Tella, actual Secretario de Cultura y propietario de la Universidad Torcuato Di Tella (UTDT), en cuya órbita se encuentran las Academias Nacionales, ha manifestado públicamente que para su criterio personal y para su gobierno la cultura no es de prioridad alguna. Por otro lado, el Secretario de Ciencia y Técnica de la Nación Ing. Tulio del Bono, se ha propuesto inmiscuirse en el contenido de las investigaciones a través de la denominada “pertinencia” disciplinaria.

II-I.- PROSELITISMO ACADÉMICO IMPOSTOR.

A partir de la restauración de la democracia en 1983, y de la normalización de las Universidades Públicas, se infiltraron en los cargos electivos universitarios multitud de elementos que habían colaborado con el Proceso. Así ocurrió en la Facultad de Filosofía y Letras de la UBA, cuando el Lic. Luis Yanes fue electo Decano, y luego Presidente de EUDEBA, sin que sus antecedentes fueran suficientemente corroborados.
En el CONICET, pareciera que también ocurrió algo semejante cuando se inauguró el régimen electivo para la integración de su Directorio. En efecto, en oportunidad de ser electa la Dra. Girbal de Blacha, ésta habría ocultado aquellos datos biográficos que la comprometían con los organismos e instituciones académicas vinculados al denominado Proceso de Reorganización Nacional, y se ignora si ha existido de su parte una autocrítica que reniegue de su actuación pasada. De acuerdo a la Ley de Ética Pública No.25.188, aquellos individuos que tuvieron una conducta objetable durante el Proceso y que han omitido la mención de los mismos a los efectos de captar votos incautos y ser así electos en cargos públicos, haciéndose pasar por lo que no son, no deberían ocupar puesto directivo alguno en organismos oficiales. En otras palabras, la condición de miembro electo no puede ni debe blanquear las claudicaciones del pasado, ni tampoco puede dar pie a un ascenso automático en la carrera científica. Su promoción a la jerarquía máxima del CONICET adolecería entonces de un vicio insanable consistente en una impostura que debería ser perentoriamente revisado.

II-J.- PREBENDARISMO ENCUBIERTO durante la DEMOCRACIA

En el artículo que publiqué en el mes de febrero del corriente año en la revista electrónica Archivos Analíticos de Políticas Educativas (AAPE), vol. 12, n.6, http://epaa.asu.edu/epaa/v12n6/ titulado “Prebendarismo y Faccionalismo en la Institucionlización del Conocimiento: El caso de la Investigación y la Docencia Argentinas (1989-2003)” denunciaba la apropiación privada del espacio público acontecido en la Universidad Nacional del Litoral simulada en los denominados “convenios de transferencia tecnológica”, así como la proliferación de sinecuras disfrazadas de contratos de asesoría o consultoría, que atentan contra la necesaria igualdad y equidad en la remuneración de los investigadores.
En dicho artículo afirmo que el Directorio del CONICET, “…autorizó en 1999 a casi doscientos (200) Investigadores [incluido el actual Presidente del CONICET Dr. Eduardo H. Charreau] a blanquear múltiples contratos de asesoría o consultoría que concertaron por fuera de la dedicación exclusiva a que están obligados. En estas actividades ilícitas estaría implicado por encubrimiento el Directorio del CONICET, encabezado a partir del Pacto de Olivos (1994) por el Lic. Armando Bazán, verdadero mentor de esta facción de poder. Esta facción sería la vocera representativa de los institutos propios del CONICET, y constituida por la representación corporativa de la Unión Industrial y la Sociedad Rural y por los residuos del Materismo y el Liottismo, e integrada por los doctores Luis Beauge, Estéban Brignoli, Norberto Ras, y Juan Tirao, el Lic. Marcelo Gustavo Daelli (actualmente sustituido en el Directorio por el Rector de la Universidad del Litoral Ing. Mario Domingo Barletta), el actual Rector de la Universidad de Quilmes Ing. Julio Manuel Villar (que renunció estentoreamente en vísperas de las elecciones de 1999), y el actual Secretario de Ciencia y Técnica de la Nación Ing. Julio Alberto Luna, bajo la Presidencia del Ing. Armando Bertranou, quien a su vez integraba paralelamente el Directorio de la Fundación Innova-T.”

A propósito de esta denuncia sobre las asesorías y consultorías se inició en el CONICET un sumario administrativo donde se me citó a declarar y donde tuve oportunidad de ratificar mis dichos y hacer mías las acusaciones del ex Presidente del CONICET Dr. Enrico Stefani (en su renuncia pública al cargo), acerca de la existencia en el CONICET de un tráfico de influencias alrededor de los ingresos y las promociones entre los Institutos pertenecientes al mismo y las Comisiones Asesoras de Becas e Ingreso a Carrera y la Junta de Calificaciones (Exp. No.003361/02), justamente los mismos Institutos que la Dra. Girbal de Blacha confesó en Julio de 2002 que se hayan “paralizados” (Página 12, Carta de Lectores, 23-VII-2002).

II-K.- FACCIONALISMO CULTURAL y DISCURSO OCULTO de REPRESALIAS.

Este sistema comunicacional cerrado y este contubernio oportunista y prebendario, vigente en las estructuras científicas argentinas –que demuestra la liviandad estructural que padece el control parlamentario de las instituciones-- ha sido la fuente originaria de un enquistado y creciente faccionalismo cultural, y de un discurso oculto de represalias, o más específicamente, de un complot de funcionarios conjurados, destinado a amilanar y escarmentar las opiniones críticas, discriminando a éstas últimas, y a disciplinar o domesticar la planta de investigadores, un verdadero resabio autoritario heredado del Proceso Genocida y potenciado por los Regímenes Neoliberales. Estas repugnantes reminiscencias han venido contaminando toda la estrategia investigadora, editorial, comunicacional y docente, en materia científica, humanística y universitaria, y se han ido reproduciendo en mortal menoscabo de una competitiva gestión del conocimiento, de una imprescindible sinergia intelectual, y de un transparente liderazgo académico democrático (Sange, 1990; Prahalad y Hamel, 1999).

II-L.- CORPORATIVISMO CLIENTELAR y ASCENSOS VERTIGINOSOS de parte de la JUNTA de CALIFICACIONES.

Las nocivas estrategias de patrocinio corporativo alimentaron a su vez la vigencia de un repulsivo tráfico de influencias, una proliferación de evaluaciones bajo condiciones de reciprocidad clientelística, o favoritismo endógeno, y un vertiginoso, desproporcionado e inescrupuloso patrón de promociones, en beneficio de una pequeña minoría de investigadores, que fueron instrumentales para su raudo escalar por las jerarquías académicas, en perjuicio de otros colegas con mas méritos pero de talante más humilde (los ascensos es preciso solicitarlos pues no se otorgan de oficio), lo cual ha generado un enrarecido clima de escepticismo, simulación e incredulidad intelectual y la consiguiente parálisis de una sana competitividad científica.
Estos acelerados mecanismos de ascenso, entre los que figura la promoción automática a quienes son electos miembros del Directorio, sirvieron –en el caso del CONICET-- para que algunos pocos alcanzaran los niveles más encumbrados de la carrera científica. También las elecciones de claustro en las distintas universidades públicas ha servido para promover en las filas de las Comisiones Asesoras y de la Junta de Calificaciones del CONICET a quienes transitoriamente triunfaron en las lides electorales universitarias, revelando así la ausencia de una verdadera política de estado en materia de ciencia y técnica. Sin embargo, la condición de electo como miembro del Directorio o como directivo de cualquier institución académica no puede ni debe dar pie al ascenso en la carrera científica pues se trata de una designación puramente política, es decir de política científica. Estos ascensos “políticos” deben entonces merecer una revisión de los criterios empleados por la Junta de Calificaciones y por las Comisiones Asesoras de Becas e Ingreso a Carrera, tal como infructuosamente lo sugirió hace años en su histórica renuncia el ex Presidente del CONICET Dr. Enrico Stefani.
Finalmente, aquellos que experimentaron en la carrera de Investigador acelerados procesos de promoción deberían ser acreedores --por parte de un Comité alternativo a la Junta de Calificaciones del CONICET-- de particulares estudios de caso que revean y eventualmente revoquen sus supuestos derechos adquiridos a la máxima jerarquía del CONICET.

III.- DERECHO

III-A.- Derecho. Agotamiento de las Instancias y Discriminación.

Al momento de una evaluación y previo a una Resolución administrativa que lesione derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional, la doctrina jurídica y la jurisprudencia han acordado que debe actuarse bajo la vigencia de los valores de independencia, objetividad, equidad o buena fe, e imparcialidad o neutralidad (Dworkin, 1997). La violación de la neutralidad o imparcialidad deriva necesariamente en actos discriminatorios e injustos.

Dentro del imperio de estos valores, se supone que previo a cualquier Resolución las autoridades administrativas --fundadas en el debido proceso garantizado por el art.18 de la Constitución Nacional y por la Ley 19.549 del Régimen de Procedimientos Administrativos— deben en forma razonable:

1) recabar todos los elementos existentes referidos al caso en cuestión (antecedentes, datos, documentos, publicaciones e informes), incluidos por cierto todos los elementos electrónicos;

2) requerir todos los testimonios a las instituciones involucradas donde el evaluado revistó como docente y funcionario científico o aspiró a la docencia (ver sección II-D-1 del Recurso de Reconsideración);

3) agotar todas las instancias y no prescindir de los procedimientos que sus propios Estatutos establecen y brindan (art.33, inc. c, del Estatuto de la Carrera del Investigador);

4) escuchar --previo a cualquier Resolución-- los descargos del Investigador en uso de su derecho a la defensa;

De ocurrir lo contrario, las potestades discrecionales del poder administrador –en cuyo seno no pueden ni deben existir zonas de inmunidad jurídica ni espacios o áreas “liberadas” o desprovistas de criterios de racionalidad, razonabilidad y proporcionalidad-- se vuelven necesariamente arbitrarias, y como tales discriminatorias. (ver acápite II.C-1 del Recurso de Reconsideración).

III-B.- Derecho Procesal Administrativo. Causales de Recusación

La Ley 19.549 de Procedimientos Administrativos establece asimismo en su art. 6º que " los funcionarios y empleados pueden ser recusados por las causales y en las oportunidades previstas en los artículos 17 y 18 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, etc...".

III-C.- Derecho. Ética Pública y Excusaciones

La Ley de Ética Publica No. 25.188 ordena a todo funcionario en su Capítulo de Incompatibilidades (art.2, inc.i), “…abstenerse de intervenir en todo asunto respecto al cual se encuentre comprendido en alguna de las causas de excusación previstas en la Ley Procesal Civil”.

III-D. Derecho. Falsedad Ideológica del Dictamen.

Los integrantes de la Comisión Asesora habrían incurrido en el presunto delito de falsedad ideológica --encuadrado en el Título XII del Código Penal Argentino, tipificado como delito contra la fe pública, y penado por los artículos 292 y 293, con prisión de un mes a seis años-- al simular ignorar una producción intelectual publicada en la web y paralelamente desechar en su accionar evaluador la necesaria y obligada consulta del sitio electrónico en donde se encuentra localizada mi Página web (ver sección II-B-1 del Recurso de Reconsideración).

Demostrar la existencia de este delito significa tener que construir la prueba que acredita la comisión del ilícito. Esto último se logra si se prueba fehacientemente que alguna autoridad del CONICET o de su Comisión Asesora de Historia y Antropología conoció la existencia de mi Página antes del día 6 de Agosto. Es decir, habría que verificar si los organismos del CONICET y/o los integrantes citados de la Comisión Asesora de Historia y Antropología estaban o no –a la fecha del Dictamen-- suscriptos a aquellos sitios electrónicos que habían publicado la invitación a visitar mi Página, tales como Pol-Cien, NAyA, H-LATAM o Clio, a los efectos de detectar si efectivamente estaban o no al tanto de la existencia de dicha Página Web.

El citado artículo 293 del Código Penal dice: “Las penas previstas en el artículo anterior [292] son aplicables al que insertare o hiciere insertar en un documento público o auténtico declaraciones falsas, concernientes a un hecho que el documento deba probar, de modo que pueda resultar perjuicio”. El delito tiene según la doctrina dos objetos alternativos, el documento público que es el realizado por un funcionario público, como es en este caso una Comisión Asesora del CONICET; y el documento auténtico “…realizado por quien, en razón de su profesión, oficio u ocupación, consigna en él declaraciones que se presumen ciertas, aceptadas como verdaderas ante los demás salvo prueba en contrario”.

La falsedad ideológica, a la que algunos autores han propuesto denominar falsedad histórica, se refiere a hechos del pasado y “...consiste en hacer aparecer como reales hechos que no han ocurrido, o en hacerlos aparecer como ocurridos de un modo determinado cuando sucedieron de una manera diferent


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